La práctica de la plusvalía, de Juan Arroyo García; Ginés Masía Buforn y José Enrique Rebés Solé.

AutorJosé Luis Benavides del Rey
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas490-491

    ARROYO GARCÍA, JUAN; MASÍA BUFORN, GINÉS, Y REBÉS SOLÉ, JOSÉ ENRIQUE: La práctica de la plusvalía. XXXVIII Seminario de Investigación. Instituto de Estudio de Administración Local. Madrid, 1975.

El Manual que hoy presentamos, es un compendio de las cuestiones planteadas en el seno del XXXVIII Seminario de Investigación promovido por el Instituto de Estudios de Administración Local, en torno al llamado «Arbitrio sobre el Incremento del valor de los Terrenos» o «Plusvalías», regulado fundamentalmente en los artículos 510 a 524 de la Ley de Régimen Local.

Concebido fundamentalmente, como un libro de consulta en el que destacan la sencillez de su estructura y la claridad de su contenido, lleva fácilmente de la mano al Jurista en particular y al no iniciado en general, resolviéndole una amplia gama de preguntas que hacen verdaderamente fructífero su manejo.

Así, en el capítulo I, es objeto de especial consideración, el hecho impositivo, consistente en «una transmisión de dominio que pone fin a un período de tiempo, que no podrá exceder de treinta años y durante el cual se ha producido un incremento de valor de un terreno no afectado a explotaciones agrícolas, forestales, ganaderas o mineras, o que estándolo, tiene la consideración legal de solar».

La definición de solar a la que hay que acudir a los efectos de este Arbitrio, es la contenida en la Ley de Régimen Local y no la que resulta de la Ley del Suelo.

A propósitos de las urbanizaciones particulares, se dice que éstas quedan sujetas al arbitrio, si bien las obras realizadas deben conceptuarse como mejoras, y, en consecuencia serán objeto de la correspondiente deducción.

Es opinión unánime la de que, los terrenos ocupados por casas de labor, como elementos integrantes de una explotación agrícola, no deben quedar sujetos al arbitrio, siendo evidente la sujeción, en cambio, de las fincas cuyo carácter suntuario o de recreo es indudable.

Finalmente, el Seminario pone de manifiesto, las dificultades que surgen para determinar en las subastas judiciales, la persona sobre la que debiera recaer el arbitrio, definiéndose posiciones contrarias a la solución legal y al criterio mantenido por la Jurisprudencia.

En el capítulo II. relativo a los sujetos pasivos y obligados al pago, se tratan cuestiones tales como, la irrelevancia de los posibles pactos entre adquirentes v enajenantes, en cuanto no vinculan a la Administración Municipal, y la exigibilidad del arbitrio en casos de expropiación...

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