El plan de reforma de la Justicia y su estado actual

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(Discurso del Excmo. Sr. Ministro de Justicia con ocasión de la solemne apertura de Tribunales del presente año)

Especial relevancia ha tenido este año el tradicional discurso de apertura de los Tribunales por concurrir la doble circunstancia excepcional de persona y tema. El cometido que normalmente asume el Presidente del Tribunal Supremo lo ha cubierto este año el propio Ministro de Justicia para abordar el tema candente de la reforma judicial.

Exponemos seguidamente los puntos esenciales del contenido del discurso siguiendo en lo posible sus propios epígrafes:

I -Estado actual de la reforma de la Justicia

Hace cuatro años, y en la misma solemne ocasión, el entonces Ministro de Justicia, don Antonio Iturmendi Báñales, señaló que la reforma proyectada había de ser total y tenia que articularse sobre estos ejes fundamentales:

  1. Ley Orgánica de la Justicia.

  2. Nuevos Códigos Procesales Civil y Penal.

  3. Modernización y perfeccionamiento de la mecánica de los servicios judiciales.

En lo que se refiere a la Ley Orgánica de la Justicia, un primer Anteproyecto de Ley de Bases elaborado por la ponencia ha sidoPage 1254 remitido a información de diversos Organismos, colegios profesionales y destacados juristas. Cuando se reciba esta información, la Comisión de Códigos procederá a su estudio, con el fin de redactar el Anteproyecto definitivo que ha de ser elevado al Gobierno previo dictamen de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo.

En cuanto a los Códigos procesales civil y penal, se hallan ambos en fase de Anteproyecto, que una vez revisado e intormado será también remitido al Gobierno.

Finalmente, la modernización y perfeccionamiento de la mecánica de los servicios judiciales requiere realizar los estudios correspondientes para que la Administración de Justicia se incorpore al movimiento renovador de la tecnificación de los servicios públicos. Hay que desechar el viejo prejuicio de que la actividad de los Tribunales difiere radicalmente de la actividad de la Administración y que no pueden aplicarse a la Justicia las técnicas que tan excelentes resultados han producido en la función administrativa.

II -Criterios informadores de los anteproyectos

La reforma ha de ser general, total y coordinada. Esto es hoy opinión común, hasta el extremo de que las reformas parciales de carácter coyuntural realizadas hasta las fecha han sido objeto de vivas críticas. No se trata de conseguir mejoras parciales, sino de instaurar nuevos sistemas de...

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