Pierre Reynaud y Gabriel Marty: Droit civil, tome II

AutorJ. Poveda Díaz
Páginas249-250

Pierre Reynaud y Gabriel Marty: Droit civil, tome II. 2.º. volume: Les biens. Ed. Sirey. París, 1965.

Page 249

Se refiere este volumen a los derechos reales principales, dejando de lado los accesorios o de garantia.

La obra se divide en tres partes, referentes, respectivamente, a la "Teoría general" (titulo I). "Cuestiones relativas a los bienes inmuebles" (título II) y "Cuestiones relativas a los bienes muebles" (título III).

Título I. "Teoría general".-Comienza con un capítulo preliminar, referente a las relaciones de derecho, y, de hecho, concernientes a los bienes. Estiman los autores que la teoría clásica de los Derechos reales, realizada, sobre todo, refiriéndose a las cosas corporales y al derecho de propiedad, tropieza hoy día con dificultades, debidas, en primer lugar, a la extensión de las cosas corporales (gases, ondas, energías, etcétera); en segundo lugar, a la intelectualización de la noción de bien, haciéndola equivalente a la de valor, y, en tercero, a la despersonalización de las obligaciones. Por estas causas se produce una aproximación entre los conceptos de Derecho real y Derecho de crédito, como consecuencia de la cual, algunos autores han negado la distinción.

En cuanto al problema de si se debe dejar a la iniciativa de los particulares la creación de nuevas figuras con el carácter de Derecho real, se inclinan por la negativa, afirmando, además, que, en realidad, la jurisprudencia francesa no ha ido en contra del principio de numerus clausus, puesto que, al calificar como reales determinados derechos, no se ha salido del ámbito de los Derechos reales reconocidos, ya que los declarados como tales no son sino limitaciones de Derechos reales existentes o complemento de los mismos.

Conceden los autores gran importancia, en materia de Derechos reales, a las relaciones de hecho; importancia que ya se dio a tales relaciones en Derecho romano, con la teoría de la posesión,1 y en Derecho germánico, con la de la Gewere.

La posesión (capítulo I) se considera como una situación, de hecho, que el Derecho toma en consideración para otorgarle determinados efectos jurídicos. Al lado del concepto de posesión se estudia el concepto clásico de detentación y los modernos de explotación y ccupación.

La propiedad es estudiada en el capítulo II. Es aquel Derecho real que se distingue de los demás, por una parte, por su plenitud y exclusivismo: por otra, por su perpetuidad; se estudian cada una de estas características, así como sus...

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