Iniciación de un nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional de los Picos de Europa, en las Comunidades Autónomas de Cantabria, Castilla y León (provincia de León) y Principado de Asturias

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas111-112

Page 111

Fuente:

Acuerdo de 30 de abril de 2013, de la Comisión de Gestión del Consorcio Interautonómico Parque Nacional de los Picos de Europa, por el que se dispone la iniciación de un nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional de los Picos de Europa, en las Comunidades Autónomas de Cantabria, Castilla y León (provincia de León) y Principado de Asturias. (BOC EXT núm. 36, de 14 de agosto de 2013 y BOPA núm. 189, de 14 de agosto de 2013)

Temas Clave: Parque Nacional; Patrimonio Natural; Plan de Ordenación de Recursos Naturales; Espacios protegidos

Resumen:

La Ley 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, viene a modificar, por medio de su artículo 2.º, el contenido del apartado 2 del artículo 28 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, disponiendo que "si se solapan en un mismo lugar distintas figuras de espacios protegidos, las normas reguladoras de los mismos así como los mecanismos de planificación deberán ser coordinados para unificarse en un único documento integrado, al objeto de que los diferentes regímenes aplicables en función de cada categoría conformen un todo coherente".

Teniendo en cuenta este último mandato, así como que las competencias para el establecimiento de la planificación de los recursos naturales previa a la declaración de los espacios naturales protegidos, así como la de esta propia declaración y la planificación de la gestión de los mismos considerada gestión ordinaria y habitual, por lo que se refiere al Parque Nacional de los Picos de Europa, residen en las Comunidades Autónomas de Cantabria, Castilla y León, y Principado de Asturias, que han de...

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