Real Decreto-ley 9/2011: pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, compensación de BIN, deducibilidad del fondo de comercio financiero y aplicación del tipo del 4% de IVA en la entrega de viviendas

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas12-13

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El Real Decreto-Ley 9/2011, de 19 de agosto, contiene una serie de medidas de carácter fiscal que afectan al Impuesto sobre Sociedades y al IVA en la entrega de viviendas.

Con ánimo enunciativo, ya que su contenido ha sido descrito en nuestro boletín de Novedades 4-2011, estas medidas, en lo referente al Impuesto sobre Sociedades, suponen, para los ejercicios que se inicien en 2011, 2012 y 2013, (i) un incremento en los tipos aplicables para calcular los pagos fraccionados; (ii) una reducción del importe deducible de la base imponible en concepto de fondo de comercio financiero resultante de la adquisición de participaciones en entidades extranjeras; y (iii) una limitación en la compensación de las bases imponibles negativas pendientes de compensar generadas en ejercicios anteriores.

En cuanto al IVA, se ha reducido al 4% el tipo aplicable en la entrega de viviendas a particulares hasta 31 de diciembre de 2011. En relación con esto, la AEAT ha publicado en su página web una serie de preguntas frecuentes y sus respuestas, de las que destacamos las siguientes conclusiones:

  1. La aplicación del nuevo tipo reducido requiere que la vivienda entregada sea apta para su utilización como vivienda, lo que implica contar con la correspondiente licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad y ser susceptible de ser utilizada como vivienda con independencia de la finalizad a que lo destine el adquirente. No se aplicará, por tanto, a:

    · La entrega de viviendas en construcción.

    · La entrega de viviendas que van a ser objeto de demolición.

  2. El tipo reducido se aplicará tanto a la entrega de viviendas como a la de plazas de garaje, con un máximo de dos, y...

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