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Comunicación sobre soluciones admisibles en materia de control de concentraciones

La Comisión ha publicado la Comunicación relativa a las soluciones admisibles según los Reglamentos 139/2004 y 802/2004, actualizando así las Directrices de 2001.

Las soluciones admisibles son los compromisos que las empresas partícipes en una concentración proponen para disipar los riesgos para la competencia efectiva identificados por la Comisión (quien, a diferencia del caso español, no puede imponer unilateralmente condiciones que no hayan sido propuestas por las partes).

La Comunicación desarrolla con más detalle las condiciones que los compromisos deben reunir para ser aceptados, así como los requisitos de idoneidad que han de cumplir los compradores que intervengan en caso de desinversión de activos.

Cabe destacar la uniformización del procedimiento de aportación de la información necesaria que permita valorar la idoneidad de las medidas propuestas a través de un nuevo formulario (formulario RM), cuyo contenido se establece en el Reglamento nº 1033/2008.

Directrices sobre la recapitalización bancaria para incentivar la liquidez crediticia y autorización de las medidas españolas de apoyo al sector financiero

La Comisión publicó el 8/12/08 unas directrices sobre cómo los Estados pueden realizar inyecciones de capital en los bancos, evitando excesivos efectos distorsionadores de la competencia, de manera que los bancos que reciben la ayuda estatal no tengan una posición de ventaja competitiva artificial en comparación con otros bancos de la UE que no reciben ayudas, y sólo tengan por fin asegurar la vuelta al funcionamiento normal del mercado.

En particular, la nueva comunicación, que complemente la de 13 de octubre, distingue entre aquellas entidades que presentan una situación de solvencia y las...

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