Navarra

AutorInigo Lamarca Iturbe
Páginas276-279

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Dado que la producción normativa y administrativa referente al euskara es notablemente mas baja que en la Comunidad Autònoma Vasca, agruparemos la misma en cuatro apartados.

  1. En primer lugar, veamos qué novedades se han producido en el primer semestre del aüo 1990 en lo relativo a la funció» pública y àrganos de euskaldunización, La Orden foral 127/1990 de 13 de marzo del Conse-jero de Educación (hon n.° 41, de 4 de abril) crea los Negociades de Glo-todidàctica y Ensenanza de Adultos en el Servicio de Euskara, adscrito a la Dirección General de Educación. De entre las funciones asignadas al Negociado de Glotodidàctica destacaremos éstas: a) evaluación y segui-miento de los modelos lingüísticos; b)) creación y supervisión de materia-les didàcticos complementarios para egb y eemm; c) normalización lingüística de la administrarien educativa. En cuanto al segundo de los negociados atenderà, entre otras, a las siguientes tareas: a) organización, coordinación o ejecución de las pruebas para la emisión de títulos de euskara (eGA, iga y otros); b) creación y supervisión de materiales didàcticos para adultos; c) coordinación de los centros de adultos.

    El Decreto foral 102/1990, de 2 de mayo (bon n.° 68, de 6 de junio)

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    modifica la plantilla orgànica provisional de la Administración foral na-varra. Esta disposición amortiza unos cuantos puestos y crea otros. En la relación de puestos nuevos se incluyen algunos para los que se exige el conocimiento del euskara; hemos contabilizado 4 de un total de 417. El Decreto foral 103/1990 de 2 de mayo (bon n.° 68, de 6 de jurdo) aprueba la oferta pública de empleo de la Administración foral para 1990. De un total de 479 puestos que se ofertan, son 6 los que se reservan explícita-mente para desempenar el trabajo en euskara.

    Por ultimo cabé resenar la convocatòria puntual de plazas para las que se valora o se exige el conocimiento del euskara. Por Resolución de 19 de diciembre de 1989 (bon n.° 8, del 17 de enero) se convoca una plaza de asesor jurídíco del Gobierno de Navarra a cubrir por concurso-oposi-ción. En la fase de oposición se incluye un ejercicio de caràcter voiuntario para acreditar el grado de conocimiento del euskara, ejercicio al que se le adjudica un màximo de 5 puntos sobre un total posible de 85. La Resolución de 12 de enero de 1990 (bon n.° 14, de 31 de enero) convoca una plaza de administrativo para la Càmara de Comptos de Navarra; en la oposición se prevé la realización de un ejercicio optativo para valorar los conocimientos de euskara. Los puntos asignados son un màximo de 8 sobre un total de 98.

  2. En el apartado correspondiente a la euskaldunización podemos citar las siguientes disposiciones y resoluciones. El Decreto foral 9/1990 de 25 de enero (bon n.°16, de 5 de febrero) regula la concesión de ayudas a las entidades locales para financiar proyectos para la protección y fomento del euskara elaborados por las entidades locales o agrupaciones de las mismas. Se especifican las actividades que podran ser objeto de ayu-das: cursos de formación y reciclaje del personal, traducción de la docu-mentación, rotulación bilingüe etc.

    Por Resolución de 28 de febrero de 1990 del Secretario General de Presidència (bon n.° 28 de 5 de marzo) se dispone la contratación de la impresión del Bolettn Oficial de Navarra en castellano y en euskara.

    La Orden foral 152/90 de 16 de marzo (bon n.° 40, de 2 de abril) encotnienda a la Escuela de Idiomas de Navarra ias tareas técnicas relati-vas a la preparación, ejecución y corrección de las pruebas para la obten-ción del titulo EGA (acreditativo de una aptitud suficiente en el conoci-meinto y uso del euskara) y aprueba la primera convocatòria para su obtención. Por ultimo, la orden foral 294/90 de 30 de abril (bon n.° 58, de 14 de mayo) realiza la primera convocatòria de 1990 para la concesión del Certificado de habilitación para la docència en euskara iga, certifica-

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    do éste destinado específicamente al profesorado que carezca del titulo EGA.

  3. En el capitulo de educación, haremos referència, en primer lugar, a la Orden foral 170/90 de 30 de marzo (bon n.° 43, de 9 de abril) por la que se aprueba la 10a convocatòria del Plan de formación en euskara del profesorado bilingüe y del personal no docente con destino en los cen-tros no universitarios. En virtud de este plan, cuya vigència data de 1983, se organizan cursos de euskaldunización de dos modalidades: cursos in-tensivos con liberación de tareas docentes o laborales y cursos extensivos sin liberación laboral.

    Un Acuerdo de la Comisión Delegada de la Junta de Gobierno del Organismo Autónomo «Instituto de Formación Profesional», de 12 de marzo de 1990 (bon n.° 56 de 9 de mayo), convoca la provisión mediante oposi-ción de 2 plazas de auxiliar administrativo en euskara para el citado instituto; se pide como requisito estar en posesión del titulo oficial EGA o equi-valente o, en su defecto, aprobar las pruebas de capacitación lingüística correspondientes. Por Providencia del Vicepresidente de la Junta de Go-bierno del Instituto de Formación Profesional de Navarra (bon n.° 57, de 11 de mayo) se convoca concurso-oposicíón para la provisión de 26 puestos de trabajo en dicho centro. De ellos, en 10 se exige el titulo oficial de euskara por tratarse de plazas destinadas a la zona vascófona de Navarra.

    La Resolución de 23 de mayo de 1990 (bon n.° 66 de 1 de junio) del Director General de Educación aprueba las bases de la convocatòria de ayudas para Grupos de Trabajo entre profesores y personal de progra-mas de ensenanzas no universitarias para el curso 1990-91 con el objeto de investigar sobre cuestiones docentes o elaborar materiales. Se especifica que los proyectos podran presentarse tanto en casteílano como en euskara, sin que se dé prioridad a ninguna de las lenguas. Otro tanto se dis-pone en la convocatòria para la selección de proyectos de formación dei profesorado en centros de ensenanza realizada por resolución de 15 de mayo de 1990 del Director General de Educación (bon n.° 67 de 4 de junio).

    La Orden foral 365/90 de 24 de mayo (bon n.° 68, de 6 de junio) contiene la convocatòria para la concesión de subvenciones a centros escolares para la adquisición de material escolar en euskara.

    1. Para finalizar, veamos cuales han sido las actuaciones reglamenta-rias y administrativas del Gobierno navarro en el campo de la cultura y los medios de comunicación. La Orden foral 17/1990 de 16 de enero (bon n.° 23, de 21 de febrero) aprueba el Programa «Juventud y Cultura 1990»

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    en el que se incluyen varias convocatorias en otras tantas manifestaciones culturales. No existe prioridad alguna del euskara sobre el casteUano; en algunas de ellas se explicita que las obras o los trabajos que han de presen-tarse podran emplear ambas lenguas, debiéndose entender por analogia que en los casos en que no se hace constar tal extremo puede utilizarse el euskara como vehículo de comunicación.

    El Decreto foral 37/1990 de 15 de febrero (bon n.° 28 de 5 de marzo) determina el régimen para la concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia. En el articulo don-de se recogen los criterios de selección se dice que «se valoraran positiva-mente los proyectos que asuman el compromiso de fomentar y potenciar los valores históricos, culturales y lingüísticos de Navarra en sus distintas manifestaciones», sin que lamentablemente esta disposición haya servido para nada pues en fecha reciente se han concedido las licencias correspon-dientes no habiéndose dado ninguna a los proyectos radiofónicos que pro-ponían el euskara como idioma de transmisión, de forma exclusiva o compartida.

    La Resolución de 10 de mayo de 1990 (bon n.° 63, de 25 de mayo) del Director General de Política Lingüística aprueba la convocatòria de ayudas para la producción literària en euskara destinadas a editoriales na-varras o autores que editen directamente sus obras en Navarra. Por otra parte, otra resolución de la misma fecha de aprobación y publicación regula las ayudas para la utilización del euskara en la prensa escrita y en la radio de Navarra. El objeto es «subvencionar la producción y difusión en Navarra de espacios informativos, culturales, didàcticos o de ocio, así como la publicación de revistas, separatas, suplementos y periódicos ex-clusivamente en vascuence».

    Por ultimo, por Orden foral 359/1990 de 24 de mayo (bon n.° 67 de 4 de junio) se aprueba la convocatòria de ayudas a proyectos de investigación de interès especial para Navarra. En la relación de areas que se definen como prioritarias figuran éstas: la ensenanza bilingüe y el aprendizaje del euskara, los estudiós dialectológicos sobre el euskara, los estudiós sociolingüísticos sobre el bilingüismo y los estudiós lingüísticos sobre el euskara.

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