Naturaleza jurídica del delito de asesinato

AutorJuan Antonio Martos Núñez
Páginas23-32
CAPÍTULO III
23
Naturaleza jurídica del delito de asesinato
El delito de asesinato, no obstante constituir con arreglo a su texto
un delito especíco, no es en realidad más que un homicidio agravado
por la concurrencia de alguna de las circunstancias que el art. 139 CP
menciona, de tal suerte que, basta con que una sola de ellas concurra en
un homicidio para que este delito se transforme en el de asesinato.17 Sin
embargo, aun admitiendo que el asesinato es primordialmente un homi-
cidio no lo es de forma libre y abierta, sino vinculado a presupuestos jos
que lo desnaturalizan y justican sobradamente su tratamiento aparte.
Pero es que además, conforme a las consideraciones «criminológicas»
existen realidades biopsíquicas y sociológicas de asesinos perfectamente
diferenciadas de las de simples homicidas, generalmente con más acu-
sados perles que las de éstos. En suma, como subraya QUINTANO
RIPOLLES18, no es oportuno rechazar de plano la vieja terminología de
«asesinato», ya que posee hondísimas raíces psicológicas y morales que el
Derecho Penal no debe desconocer por un prurito de sistematización a
ultranza. En este sentido, el Tribunal Supremo, desde el pasado siglo, ha
declarado la sustantividad autónoma del tipo de asesinato, entre otras, en
su Sentencia de 23 de noviembre de 1934, que censuró como quebranta-
17 Vid. CUELLO CALON, «Derecho Penal». Tomo II, (Parte Especial), Volu-
men Segundo, op. cit., p. 504.
18 QUINTANO RIPOLLES, ANTONIO. «Comentarios al Código Penal». Se-
gunda edición renovada por el autor y puesta al día por ENRIQUE GIMBER-
NAT ORDEIG. Editorial de Derecho Privado, 1966, pp. 733 y s.

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