El marcador del discurso en todo caso en los textos legislativos

AutorAssela Reig Alamillo
CargoUniversidad Autónoma de Madrid
Páginas9-22

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1. Introducción

Este estudio 1 versa sobre el uso que se hace en los textos legislativos2 del marcador del discurso en todo caso. En español actual, esta construcción pertenece a un grupo de locuciones que generalmente se denominan marcadores del discurso. Aunque a lo largo del artículo definiremos qué son los marcadores del discurso, adelantamos que, en pocas palabras, llamamos así a un grupo de unidades lingüísticas cuya función en la lengua es la de guiar la interpretación del discurso. El lector reconocerá este uso de en todo caso en la siguiente construcción:

(1) No está muy enfermo. En todo caso, tiene un ligero resfriado que podríamos parafrasear aproximadamente con: «No está muy enfermo. Como mucho, tiene un ligero resfriado».

Sin embargo, en el lenguaje legislativo es frecuente encontrar, además de este uso como marcador, otro más antiguo. En estas ocasiones en todo caso es un sintagma preposicional con el significado de 'en todos los casos' o 'en todo momento'. Este uso antiguo es el que encontramos en este ejemplo: Page 10

(2) La acusada deberá responder en todo caso.

Como vamos a intentar mostrar en este trabajo, el hecho de que ambos usos coincidan en los textos legislativos puede ocasionar incomprensión e, incluso, lecturas equivocadas de las normas.

Atenderemos en primer lugar al origen y la evolución del marcador del discurso en todo caso y a la distinción entre el marcador del discurso y el sintagma preposicional (§2). A continuación explicaremos el significado del marcador en todo caso (§3) y, en §4, describiremos el uso que se hace de esta forma en los textos legislativos y las ambigüedades a las que nos hemos referido.

2. Origen de en todo caso como marcador del discurso

En español actual la locución en todo caso pertenece al grupo de los marcadores del discurso. Con este nombre se designa a un grupo de unidades lingüísticas invariables que no tienen en la lengua significado conceptual, esto es, que no contribuyen a las condiciones de verdad del enunciado. El significado de estas unidades, frente al de palabras como cama o roble, no consiste en denotar objetos de una realidad, sino en otro tipo de significado. Este significado se conoce como significado de procesamiento (o significado procedimental o procedural).3 Esto quiere decir que los marcadores del discurso ofrecen información sobre qué proceso debe seguir el interlocutor para interpretar el discurso, esto es, los marcadores son «guías interpretativas» que indican al interlocutor cómo debe comprender el enunciado, relacionando lo dicho y el contexto. Veamos algún ejemplo para aclarar los términos significado conceptual y significado de procesamiento.

Tomemos los siguientes enunciados:

(3) Juan tiene contrato por un año. Todavía vive con sus padres.

Su significado conceptual se comprende fácilmente si se conoce la lengua española y las palabras que componen las oraciones. Observemos ahora las construcciones siguientes: Page 11

(4) a) Juan tiene un contrato por un año. Sin embargo, todavía vive con sus padres.

b) Juan tiene un contrato por un año. Por tanto, todavía vive con sus padres.

El significado conceptual de las dos oraciones no ha variado (seguimos interpretando igual que Juan tiene un contrato para trabajar durante un año y que vive en la misma casa que sus padres, y las condiciones de verdad de estos enunciados no varían), pero en (4a) y (4b) los marcadores discursivos sin embargo y por tanto fuerzan la interpretación que se debe obtener de estos enunciados. Con sin embargo comprendemos que el contrato de Juan es lo suficientemente largo como para haberse emancipado, aunque no lo haya hecho, y con por tanto que es tan corto que es razonable que continúe viviendo en el domicilio paterno. El significado de procesamiento de estos marcadores guía nuestra comprensión de los dos enunciados, si bien no cambia sus condiciones de verdad.

Es habitual que el origen de los marcadores del discurso sea un sintagma cuyos miembros habían tenido libertad de combinación. Para diferenciar los marcadores del discurso de los sintagmas libres, observaremos que estos últimos conservan posibilidades de flexión y pueden, además, recibir complementos y especificadores, mientras que los marcadores carecen de estas posibilidades por estar gramaticalmente fijados. Esta distinción se comprueba en los siguientes enunciados:

(5) a) No has estudiado suficiente. Por tanto, tendré que suspenderte. b) No has estudiado suficiente. Por este motivo, tendré que suspenderte.

Por tanto es un marcador del discurso, una unidad lingüística invariable, mientras que por este motivo es un sintagma que puede recibir complementos y sus miembros tienen capacidad de flexión: por estos motivos, por todos estos motivos o por estos motivos concretos.

El proceso por el que construcciones libres se convierten en marcadores del discurso es un proceso de gramaticalización. En lingüística se admiten, al menos, dos posibilidades de gramaticalización: que unidades léxicas se conviertan en unidades gramaticales o que unidades menos gramaticalizadas se conviertan en unidades más gramaticalizadas. En este proceso la forma léxica, o el sintagma, experimenta cambios semánticos y morfosintácticos. La gramaticalización es un proceso gradual y, por tanto, podemos distinguir entre categorías más o menos gramaticalizadas, o entre periodos de mayor o menor gramaticalización de una forma lingüística.

Un ejemplo de gramaticalización es el de la preposición durante. Esta preposición procede del participio de presente del verbo durar, y esta for-Page 12 ma léxica, que originalmente mostraba concordancia con el sujeto (durantes las fiestas), se gramaticaliza en español y pasa a convertirse en una unidad gramatical, la preposición, sufriendo modificaciones semánticas y gramaticales (durante las fiestas).

Aunque el concepto de gramaticalización tiene sus orígenes a principios de siglo xx (Antoine Meillet introduce este término en su artículo «L'évolution des formes grammaticales», en 1912), ha vuelto a cobrar gran interés con el desarrollo de la lingüística cognitiva, especialmente a partir del artículo de Christian Lehmann «Grammaticalization: Synchronic and Diachronic Change» (Lehmann: 1985).

En el caso de los marcadores, es frecuente que las construcciones no gramaticalizadas convivan en la lengua actual con las locuciones gramaticalizadas. Veamos algún ejemplo:

(6) a) Por una parte, yo estaré pintando las ventanas y, por otra (parte), tú tendrás que pintar.

b) Yo estaré pintando las ventanas por una parte y tú tendrás que pintarlas por otra (parte)

(7) a) Por lo demás, no debes preocuparte. b) No debes preocuparte por (todo) lo demás.

(8) a) En cualquier caso, los bomberos tienen que estar preparados. b) Los bomberos tienen que estar preparados en cualquier caso (de alarma /que se les presente).

En estos ejemplos vemos que sólo en los enunciados a) encontramos la locución gramaticalizada, invariable, funcionando como marcador del discurso; en las construcciones correspondientes de b) aparecen sintagmas en combinación libre, que no están gramaticalizados y permiten modificaciones morfosintácticas como son la flexión o la posibilidad de recibir complementos.

El marcador en todo caso procede, como es evidente por la trasparencia de su forma, del sintagma preposicional formado por la preposición en, el cuantificador universal todo y el sustantivo caso. Su uso como sintagma preposicional, con el significado de 'en todos los casos' o 'en todo momento', se documenta con frecuencia hasta el siglo xv,4 y aún en el siglo xvi es relativamente frecuente. Prueba de que en esta época la forma no estaba todavía gramaticalizada es que permitía algunas operaciones sintácticas extrañas en la actualidad, como que se coordine el sustantivo caso con otro sustantivo, también determinado por todo: Page 13

(9) FR. En todas las cosas que pueden ser divididas o repartidas, puede hallarse lo poco, lo mucho y lo igual, y esto de dos maneras, o absolutamente o respecto de alguna cosa. Aquello que es absolutamente, en todo caso y tiempo es una cosa misma, de esta manera: si el número de diez fuese lo mucho y el número de dos fuese lo poco, el número de seis sería el punto medio de aquellos números considerados respecto de la propia cosa necesario que este medio donde está la virtud (Jiménez de Urrea, Diálogo de la verdadera honra militar, 1566.)

También se podía coordinar el sintagma con otro sintagma preposicional.

(10) La qual dicha prorrogacion les conceda con que por razon deste assiento que agora se toma no se ha visto alterarse ni mudarse en cosa alguna lo que su Merced suele hazer en pedir al reyno le sirua y socorra pa sus necessidades e al reyno de otorgarselo o negarselo como les paresciere que conviene al bien general destos reynos a la sazon que su Merced pidiere el seruicio y que en todo caso y de qualquier manera su magestad y el reyno sean obligados a cumplir y guardar esta prorrogacion y assiento. (Anónimo, Cortes de Madrid, 1551.)

Asimismo, el sustantivo podía recibir complementos.

(11) Las demás, que nacen de la dicazidad y murmuración y fealdad y torpeza de palabras, son malas, y ansí se guarde el cómico della en todo caso de acciones delante de reyes y príncipes grandes, los quales aborrecen naturalme[n]te a toda fealdad. (López de Pinciano, Filosofía antigua poética, 1596.)

Otra prueba de que este sintagma funcionaba como construcción libre tiene que ver con la negación. En español existen ciertos elementos lingüísticos (cuantificadores como todos, algún-alguno, los adverbios siempre, también o el pronombre invariable alguien) que, cuando se niegan, son sustituidos en la oración por las llamadas «palabras negativas». Se conoce con este término a palabras que son capaces de expresar negación por sí mismas (nadie, ningún, nunca, jamás...) y pueden aparecer como única negación en la oración. Cuando estas palabras negativas tienen posición posverbal, coinciden en la oración con el adverbio negativo no, cumpliendo lo que se conoce como concordancia negativa:

(12) a) Vendrá alguien a las ocho. ------ No vendrá nadie a las ocho. b) Hace lo correcto en todos los casos. --No hace lo correcto en ningún caso.

Así, como vemos en (12b), cuando el sintagma preposicional que contiene el cuantificador todos está negado, por necesidad de la concordancia negativa, el cuantificador que aparece es ningún.5 Page 14

Pues bien, cuando el sintagma preposicional se gramaticaliza, estas posibilidades se pierden y en todo caso pasa a ser una unidad gramatical invariable. En el siglo xvii tenemos ya ejemplos en los que se comprueba cómo este elemento no está afectado por la negación y no se convierte en en ningún caso cuando la oración es negativa:

(13) Para otra noche le mandó que no faltase en todo caso, y él se lo prometió, conque se fue a dormir. (Castillo Solórzano, Aventuras del bachiller Trapaza, 1637.)

En este texto en todo caso no tiene ya el significado conceptual que tenía en los ejemplos antes comentados, y presenta un significado de procesamiento que podría parafrasearse como «que no le faltase fuera como fuera, pasase lo que pasase».

Desde la primera mitad del siglo xvii ya es posible encontrar textos en los que la forma parece completamente gramaticalizada:

(14) No hubo ocasión en más de dos años de salir a campaña, ni de darme compañía, hasta que se revolvió lo de la Princesa de Condé, que el Rey de Francia, Enrique Cuarto, la quería (en todo caso, él sabe para qué), la cual se había venido a favorecer de la señora infanta y la tenía en su poder en Bruselas y a su marido también, que es el Príncipe de Condé. (Alonso de Contreras, Discurso de mi vida, 1630-1633.)

Nos encontramos aquí ya ante el marcador del discurso, tal y como lo utilizamos hoy. En el siglo xviii es muy frecuente hallar este marcador y ya bastante raro encontrar el uso como sintagma preposicional sin gramaticalizar que se conserva en los textos legislativos.

3. El marcador del discurso En todo caso

Los marcadores del discurso se han clasificado según su significado (esto es, atendiendo a las instrucciones de procesamiento que ofrecen) en diferentes grupos (Portolés 1998a).6 Uno de estos grupos, en el que se sitúa el marcador en todo caso, es el de los reformuladores. Los reformuladores son «marcadores que presentan el miembro del discurso en que se encuentran como la nueva formulación de lo que se pretendió decir con un miem Page 15 bro anterior» (Portolés 1998a: 141). Señalan que la nueva formulación es la fundamental, la que se ha de tener en cuenta para la prosecución del discurso. Explicaremos esto con el siguiente ejemplo del marcador en cualquier caso.

(15) Ya no tiene fiebre. En cualquier caso, conviene que la llevemos al médico.

Tenemos en este enunciado dos miembros del discurso relacionados mediante el marcador en cualquier caso. Este marcador ofrece al interlocutor la siguiente instrucción de procesamiento: es el segundo miembro (conviene que la llevemos al médico) el miembro pertinente para continuar el discurso. Así, en este caso concreto, no podríamos seguir afirmando «no la llevaremos al médico» porque el marcador en cualquier caso condiciona la prosecución del discurso según el segundo miembro: «la llevaremos al médico».

Este marcador, igual que en todo caso, pertenece al grupo de los reformuladores de distanciamiento (Portolés 1998a: 142). Todos estos reformuladores marcan como no pertinente el miembro del discurso anterior e indican que es el miembro del discurso que introducen el que condiciona la continuación discursiva. Esta es la instrucción de procesamiento que los marcadores de este grupo comparten, aunque entre ellos no sean exactamente equivalentes.

En todo caso tiene dos usos diferentes.7 Uno de ellos coincide aproximadamente con el significado de en cualquier caso: con él se niega la pertinencia del miembro del discurso anterior -con frecuencia, aunque no necesariamente, un miembro del discurso complejo- y se presenta el nuevo elemento como la conclusión necesaria, determinante para la prosecución del discurso.

(16) Parece que sólo tiene la voz tomada. En todo caso, debería ir al médico.

El segundo uso de este reformulador, que no comparte con en cualquier caso, se caracteriza porque, además de presentar el nuevo enunciado como el elemento que condicionará la prosecución del discurso, el miembro introducido sustituye o reemplaza al primero, que queda así anulado.

(17) Juan no está muy enfermo. En todo caso, tiene un ligero resfriado. Page 16

El primer miembro del discurso puede estar implícito, de forma que sea la presencia del reformulador en todo caso lo que obligue a inferir un miembro del discurso anterior, que quedaría sustituido:

(18) Juan, en todo caso, tiene un ligero resfriado.

Los enunciados en los que aparece este uso de en todo caso pueden parafrasearse utilizando la construcción como mucho: «Juan no está muy enfermo. Como mucho, tiene un ligero resfriado».

4. En todo caso en los textos legislativos

En todo caso posee usos característicos dentro del lenguaje legislativo que no recogen los estudios que se ocupan de este tipo de textos.

En estos textos aparecen con frecuencia dos unidades diferentes: el sintagma libre que, como hemos señalado en §2, es un uso anticuado en la lengua estándar y el reformulador que hemos descrito en §4. Puesto que la forma es la misma, para discernir ante cuál de las dos construcciones nos encontramos, se debe, como en los demás casos de polisemia, acudir al contexto. En ocasiones el lector puede discernir fácilmente cuál de las dos construcciones ha encontrado. Existen algunos enunciados en los que sólo una de las dos construcciones es pertinente en un contexto determinado y otros en las que la propia sintaxis indica ante cuál de las formas estamos. Sin embargo, esto no siempre sucede y el lector puede encontrarse ante un difícil caso de ambigüedad.

4.1. Sintagma preposicional

Veamos, en primer lugar, ejemplos en los que, por el contexto, el lector interpreta en todo caso como un sintagma preposicional no gramaticalizado. Esta interpretación puede estar condicionada por las características sintácticas del enunciado, como ocurre cuando el sintagma aparece coordinado con otro sintagma preposicional:

(19) a) Ley 29/1985, de 2 de agosto de 1985, de aguas Artículo 1

  1. Corresponde al Estado, en todo caso y en los términos que se establecen en esta Ley, la planificación hidrológica a la que deberá someterse toda actuación sobre el dominio público hidráulico. Page 17

b) Ley 25/1998, de modificación de tasas estatales i locales Artículo 24 Cuando se trate de tasas por utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, en favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario, el importe de aquéllas consistirá, en todo caso y sin excepción alguna, en el 1,5 por 100 de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en cada término municipal las referidas empresas.

Puede ocurrir también que sea pertinente en un contexto determinado la interpretación de en todo caso como sintagma preposicional y se haga imposible comprenderlo como marcador. En estos enunciados, el lector no encuentra un contexto en el que pudieran seguirse las instrucciones de procesamiento que hemos atribuido al reformulador y, en cambio, el significado conceptual del sintagma preposicional se interpreta fácilmente:

(20) Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos. Artículo 36. Competencia Las resoluciones sancionadoras a que se refiere el párrafo anterior pondrán fin a la vía administrativa en todo caso.

Es decir, podrán fin a la vía administrativa en todos los casos.

4.2. Marcador del discurso

Del mismo modo, encontramos ejemplos en los que, acudiendo al contexto, el lector interpreta la construcción en todo caso como marcador del discurso, bien porque la sintaxis del enunciado elimine la posibilidad de que se trate de la forma no gramaticalizada, como ocurre con los enunciados negativos, donde sin gramaticalización nos encontraríamos con en ningún caso:

(21) a) Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid Artículo 16. Suelo no urbanizable de protección

  1. Si como consecuencia de incendio o agresión ambiental, sean cuales fueran sus causas, quedasen dañados el suelo, la vegetación y la fauna o sus hábitats, y los terrenos perdieran el valor que dio lugar a su protección, quedarán sujetos desde el mismo momento de la producción del daño a restitución medio ambiental. En todo caso, no podrá incluirse este suelo en ninguna otra clase, dentro de los 30 años siguientes al daño sufrido, salvo su previa autorización por Ley aprobada por la Asamblea de Madrid, en la que quede justificada la imposibilidad de dicha restitución medio ambiental. Page 18

    b) Ley foral 14/2001, de 20 de junio, de modificación de la Ley foral 11/2000, de 16 de noviembre, de sanidad animal. La utilización de proteínas animales transformadas para la elaboración de alimentos destinados al consumo animal se sujetará a las normas sanitarias comunitaria y nacional básica.

    En todo caso, los cadáveres, y las proteínas derivadas de éstos, de animales que no hayan sido sacrificados para el consumo humano, no podrán utilizarse para la elaboración de cualquier tipo de subproducto ni para la alimentación de otros animales, incluidos los de compañía, quedando su uso y aprovechamiento totalmente prohibido, salvo como combustible.

    bien porque se comprenda fácilmente el significado de procesamiento que hemos descrito. En los siguientes ejemplos su aparición en una oración disyuntiva favorece esta lectura:

    (22) a) Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid Artículo 18. Derechos y deberes de la propiedad en suelo urbano no consolidado

    c) Llevar a cabo la actividad de ejecución o, en todo caso, intervenir y participar en ella con arreglo al principio de distribución equitativa de beneficios y cargas, y en los términos y condiciones determinados en el Título III de la presente Ley, salvo en los casos en que aquélla deba realizarse por un sistema público de ejecución.

    b) Artículo 28. Derechos y deberes de la propiedad en suelo no urbanizable de protección

  2. En el suelo no urbanizable de protección los derechos de la propiedad comprenden, además de los generales, los siguientes:

    a) La realización de los actos precisos para la utilización y explotación agrícola, ganadera, forestal, cinegética o análoga a la que estén efectivamente destinados, conforme a su naturaleza y mediante el empleo de medios técnicos e instalaciones, compatibles con la preservación de los valores que motivan su inclusión en esta clasificación de suelo. Esta facultad comprende sólo los trabajos y las instalaciones que sean indispensables y estén permitidos o, en todo caso, no prohibidos por las ordenaciones territorial y urbanística.

4.3. Casos ambiguos

En los ejemplos que aquí vamos a mostrar, el lector no encuentra con facilidad un contexto pertinente para elegir la lectura adecuada de esta unidad. Se trata de enunciados ambiguos y la interpretación de la construcción en todo caso como uno u otro elemento puede ocasionar una incorrecta comprensión de la ley y, por tanto, su mala aplicación. Nos referimos a ejemplos como: Page 19

(23) Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. Artículo Cuarenta y ocho

  1. Tendrán preferencia para acogerse al régimen de conciertos aquellos centros que satisfagan necesidades de escolarización, que atiendan a poblaciones escolares de condiciones socioeconómicas desfavorables o que, cumpliendo alguno de los requisitos anteriores, realicen experiencias de interés pedagógico para el sistema educativo. En todo caso, tendrán preferencia aquellos centros que en régimen de cooperativa cumplan con las finalidades anteriormente señaladas.

    En este artículo, el contexto no ayuda al lector a decidir cuál de los dos significados debe atribuir a en todo caso. Puede interpretarse como el sintagma libre, y comprender que 'siempre, en todos los casos, tendrán preferencia aquellos centros que en régimen de cooperativa...'. Sin embargo, si el lector interpreta en todo caso como el reformulador, y no hay nada que impida que así lo haga, la comprensión del artículo no es exactamente la misma. Con esta interpretación, como hemos explicado, se marca como pertinente el miembro del discurso que se introduce. La interpretación de este miembro es prácticamente la misma que si se considera en todo caso como sintagma preposicional. Pero hemos expuesto que, además, el reformulador señala como no pertinente para la prosecución del discurso lo antes dicho: el miembro anterior pierde su importancia. Así pues, en (23), cuando el lector interpreta en todo caso como reformulador, se comprende que los centros que realmente tendrán preferencia son aquellos que cumplan las finalidades señaladas pero estén, además, en régimen de cooperativa. Así, la preferencia de la que gozaban los centros descritos en el primer miembro queda anulada o, al menos, atenuada, mientras que la preferencia de los centros en régimen de cooperativa queda asegurada. La misma ambigüedad existe en:

    (24) a) Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. Artículo dieciocho

    Artículo 2

    La administración educativa competente y, en todo caso, los órganos de Gobierno del centro docente velarán por la efectiva realización de los fines de la actividad educativa, la mejora de la calidad de la enseñanza y el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior de este artículo.

    b) Ley 1/1998, de 2 de marzo, de fundaciones de la Comunidad de Madrid. Artículo 2. Normas rectoras Las fundaciones objeto de la presente Ley se regirán por la voluntad de su fundador, por sus estatutos, y, en todo caso, al amparo de lo previsto en el artículo 149.1 de la Constitución por los preceptos de la legislación estatal de fundaciones que sean de aplicación general así como por la presente Ley.

    c) Ley 48/1998, sobre contratación en los sectores del agua, energía, transportes y telecomunicaciones Page 20

    Artículo 10. Principios de la contratación

  2. Los contratos que se adjudiquen en virtud de la presente Ley se ajustarán a los principios de publicidad y concurrencia, salvo las excepciones en ella previstas y, en todo caso, a los de igualdad y no discriminación.

    Al interpretar en todo caso como reformulador y señalar como pertinente el miembro del discurso que introduce, lo anterior se marca como no pertinente y queda debilitado. Con esta interpretación de en todo caso parece que se resta obligatoriedad al primer miembro discursivo. Así, en (24a) puede ocurrir que la administración educativa competente no vele por la realización de los fines de la actividad educativa, pero queda claro que quien sí debe hacerlo son los órganos de gobierno del centro. El primer enunciado queda debilitado. Del mismo modo, en (24b) la interpretación de en todo caso como reformulador nos indicaría que las fundaciones han de regirse obligatoriamente por los preceptos de la legislación estatal de fundaciones y marcaría como menos obligatorio, o prescindible, que se rijan por la voluntad de su fundador y por sus estatutos. En (24c) la interpretación es similar. Se comprende una concesión respecto al cumplimiento del primer miembro: puede entenderse que no se ajusten a los principios de publicidad y concurrencia, pero lo pertinente es que deben ajustarse a los principios de igualdad y discriminación.

    Estas interpretaciones son, evidentemente, diferentes de las que se obtienen si se interpreta en todo caso como un sintagma preposicional, pues éste no resta pertinencia al miembro del discurso anterior. Volvamos, por ejemplo, a (24a): como sintagma preposicional tanto la administración educativa competente como los órganos de gobierno del centro serán los que deberán velar por la realización de los fines educativos.

5. Conclusión

En numerosas ocasiones se ha criticado el estilo empleado en los textos legislativos y administrativos y se ha defendido la necesidad de mejorarlo para asegurar la comprensión de estos textos. Entre las propuestas de mejora es frecuente la de intentar evitar, en la medida de lo posible, los casos de ambigüedad.8

Creemos haber mostrado en estas páginas que el uso que se hace de la forma en todo caso en los textos legislativos ocasiona enunciados ambiguos Page 21 que pueden provocar la incomprensión de la norma. Esta ambigüedad está causada por el uso anticuado de la forma en todo caso como sintagma preposicional y parece, pues, que se podría evitar si en la redacción de los documentos legislativos se sustituyese en todo caso por los sintagmas preposicionales en todos los casos o en todo momento.

Por otra parte, el uso de en todo caso como reformulador debería desaparecer, en nuestra opinión, en este tipo de textos. Esta unidad se utiliza para marcar como no pertinente lo dicho anteriormente e, incluso, anularlo y sustituirlo por otro nuevo miembro del discurso. Se supone que en un texto legal todo lo dicho es pertinente para el ciudadano que lo ha de leer y que no debe haber dudas sobre la aplicación o no de aquello que se afirma en el miembro del discurso inmediatamente anterior a en todo caso. Esta ambigüedad la hemos comprobado con demasiada frecuencia a lo largo de nuestro estudio.

6. Referencias bibliográficas

Blakemore, D. (1992): Understanding Utterances. A introduction to Pragmatics, Oxford, Blackwell.

Fuentes Rodríguez, C. (1995-1996): «El lexema caso y su rendimiento en el ámbito de la conexión», Pragmalingüística, 3-4, pp. 311-328. Garachana, M. (1998): «La evolución de los conectores contraargumentativos: la gramaticalización de no obstante y sin embargo», en A. Martín Zorraquino y E. Montolío Durán (coords.) Los conectores del discurso: teoría y análisis, Madrid, Arco Libros, pp. 190-210.

Hopper, P. J. (1991): «On some principles of grammaticalization», en E.

Traugott y B. Heine, Approaches to grammaticalization, Amsterdam, Benjamins, vol. I, pp. 17-35.

Lehmann, C. (1985): «Grammaticalization: Synchronic Variation and

Diachronic Change», Lingua e stile, XX/3, pp. 303-318. Martín Zorraquino, M. A. y J. Portolés (1999): «Los marcadores del discurso», en I. Bosque y V. Demonte, Gramática descriptiva de la lengua española, III, Madrid, Espasa Calpe, pp. 4049-4213.

Meillet, A. (1912): «L'évolution des formes grammaticales», Linguistique Historique et Linguistique Générale, París, H. Champion, 1965, pp. 130-148.

Montolío Durán, E. (1998): «La teoría de la relevancia y el estudio de los marcadores discursivos», en M. A. Martín Zorraquino y E. Montolío Durán (coords.), pp. 93-119. Page 22

- (2001): Conectores de la lengua escrita, Barcelona, Ariel. Portolés, J. (1998a): Marcadores del discurso, Barcelona, Ariel. - (1998b): «Dos pares de marcadores del discurso: en cambio y por el contrario, en cualquier caso y en todo caso», en M. A. Marín Zorraquino y E. Montolío Durán (coords.), pp. 243-264. Rossari, C. (1994): Les opérations de reformulation, Berna, Peter Lang. Sánchez, C. (1999): «La negación», en I. Bosque y V. Demonte (1999): Gramática descriptiva de la lengua española, II, Madrid, Espasa Calpe, pp. 2561-2634.

Sperber, D. y D. Wilson (1986): La relevancia, Madrid, Visor, 1994. VVAA (1993): Manual de estilo del lenguaje administrativo, Madrid, Ministerio para las Administraciones Públicas (MAP).

- (1994): Manual de documentos administrativos, Madrid, Tecnos, 1995.

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[1] Este artículo ha sido elaborado gracias a la Beca de Formación de Personal Investigador concedida por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, financiada por ésta y por el Fondo Social Europeo.

[2] Utilizaremos el término textos legislativos en su sentido más amplio, para referirnos no sólo a las leyes sino también a otras disposiciones como normas, decretos u órdenes.

[3] Sobre el concepto de significado de procesamiento, Sperber y Wilson (1986), Blakemore (1992) y, en español, Montolío (1998 y 2001), Martín Zorraquino y Portolés (1999) y Portolés (1998a).

[4] Nos hemos servido para obtener esta información del Corpus diacrónico del español (CORDE) de la Real Academia Española, disponible en la página .

[5] Puede mantenerse el cuantificador todos: No hace lo correcto en todos los casos, con el significado de no en todos los casos, sólo en algunos, pero esta construcción no permite obtener el significado negativo del sintagma nominal cuantificado. Sobre la negación, véase Cristina Sánchez (1999).

[6] Según esta clasificación, los marcadores se dividen en reformuladores, estructuradores de la información, conectores y operadores discursivos.

[7] Para una explicación más amplia de este marcador, ver Fuentes 1995-96 y Portolés 1998b.

[8] Propuestas concretas en este sentido se recogen en el Manual de estilo del lenguaje administrativo (1993) y en el Manual de documentos administrativos (1994).

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