Las leyes sobre la violencia de género y doméstica en España y Reino Unido y la emoción: un estudio léxico del discurso jurídico desde el análisis del sentimiento

AutorMaría Ángeles Orts Llopis
CargoDoctora en Filología Moderna (inglés) por la Universidad de Murcia
Páginas171-192
LAS LEYES SOBRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y DOMÉSTICA EN ESPAÑA Y REINO
UNIDO Y LA EMOCIÓN: UN ESTUDIO LÉXICO DEL DISCURSO JURÍDICO DESDE EL
ANÁLISIS DEL SENTIMIENTO
María Ángeles Orts Llopis*
Resumen
El objetivo último de este trabajo es realizar un estudio cuantitativo y cualitativo que evidencie que la forma en la
que están verbalizadas las dos leyes que regulan la violencia de género y doméstica en España e Inglaterra desde el
punto de vista léxico tiene mucho que ver con los objetivos políticos o sociológicos que la ley se propone abordar. El
artículo analiza lo que Garofalo (2017: 56) denomina “ítems axiológicos” o unidades léxicas valorativas que expresan
la involucración emocional en las leyes y cómo se dan de diferente manera dependiendo de la cultura jurídica de que
se trate. El corpus analizado se compone de la Ley Orgánica española 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra
la Violencia de Género, y la Ley de 2004 sobre Violencia Doméstica, Delitos en el Hogar y sus Víctimas, de Inglaterra
y Gales. El análisis consta de dos fases: la primera lleva a cabo un procesamiento automático por medio de Antconc
2.0 (Anthony, 2014), con el n de obtener una lista de palabras clave indicadoras de la relevancia y frecuencia en
cada corpus de los términos que pertenecen al ámbito del lenguaje jurídico y de aquellos que conceptualizan el marco
conceptual de la violencia doméstica y de género, respectivamente. En la segunda fase se ha utilizado la perspectiva
del análisis del sentimiento y, más especícamente, el programa Lingmotif v.1.0 (Moreno Ortiz, 2017), con el n de
estudiar la polaridad (positiva, negativa o neutra) y la intensidad de sentimiento de estos textos legislativos, a través de
un análisis léxico pormenorizado llevado a cabo por dicho programa.
Palabras clave: análisis de sentimiento; violencia doméstica; violencia de género; léxico jurídico; Lingmotif.
Laws on gender and domestic vioLence in spain and the United
Kingdom and emotion: a sentiment anaLysis-based LexicaL stUdy of
LegaL discoUrse
The ultimate goal of this paper is to perform a quantitative and qualitative analysis to show how the ways in which laws
on gender and domestic violence in Spain and the UK are verbalised from a lexical standpoint are closely related to the
political or sociological goals sought by the law in question. It examines what Garofalo (2017: 56) dubs “axiological
items” or evaluative lexical units that express emotional engagement in laws and how differences arise due to the
particular legal culture involved. The corpus analysed is made up of Spain’s Organic Law 1/2004, on Integral Protection
Measures against Gender Violence and the Domestic Violence, Crime and Victims Act 2004 of England and Wales. A
two-stage analysis is provided. Stage One performs automated processing using Antconc 2.0 (Anthony, 2014) to obtain
a listing of keywords indicative of importance and frequency in each law of the terms belonging to the legal sphere and
those fashioning the conceptual framework for domestic and gender violence, respectively. The second stage examines
them from the perspective of sentiment analysis, specically using the Lingmotif v.1.0 software package (Moreno Ortiz,
2017) in order to study the polarity (positive, negative or neutral) and the intensity of sentiment in these two legislative
texts, by means of a detailed lexical analysis carried out by said application.
Keywords: sentiment analysis; domestic violence; gender violence; legal lexicon; Lingmotif.
* María Ángeles Orts Llopis, doctora en Filología Moderna (inglés) por la Universidad de Murcia. mageorts@um.es
Artículo recibido: 06.09.2018. Avaluación ciega: 08.10.2018 y 29.10.2018. Fecha de aceptación de la versión nal: 12.03.2019.
Citación recomendada: Orts Llopis, María Ángeles. (2019). Las leyes sobre la violencia de género y doméstica en España y Reino
Unido y la emoción: un estudio léxico del discurso jurídico desde el análisis del sentimiento. Revista de Llengua i Dret, Journal of
Language and Law, 71, 171-192. https://doi.org/10.2436/rld.i71.2019.3214
María Ángeles Orts Llopis
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Sumario
1 Introducción
2 La violencia de género y doméstica en España y Reino Unido: descripción del corpus
3 El léxico de las leyes inglesa y española: léxico especializado y campo conceptual
4 Estudio de las leyes inglesa y española a la luz del análisis del sentimiento (SA)
5 Conclusiones
Referencias bibliográcas
María Ángeles Orts Llopis
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1 Introducción
El ascenso de medios de comunicación social abiertos a la expresión de población ajena a las grandes
cadenas y no necesariamente profesionales del periodismo, como blogs y redes sociales, ha provocado que se
focalice la atención de un sector de las ciencias sociales y humanas en el llamado “análisis del sentimiento”
(sentiment analysis, de aquí en adelante SA) o “minería de opinión” (Bielenia-Grajewska, 2014). El tipo
de corpus que aquí presentamos, el género jurídico ley, no constituye el objeto privilegiado de análisis de
este paradigma, por cuanto hasta la fecha se ha aplicado a otros ámbitos, como son los textos de Twitter y
Facebook (Ceron, Curini, Iacus y Porro, 2013; Bielenia-Grajewska, 2014, solo como ejemplos), o es germen
de un amplio número de estudios especializados destinados a la descripción de distintos diseños de programa
para la lingüística computacional y el análisis automático de textos (Taboada, 2016). Tampoco, con algunas
excepciones (Garofalo, 2017; Orts, 2018a y 2018b), es habitual que se traten los textos jurídicos desde
el prisma de la emoción. Sin embargo, y pese a su carácter prescriptivo y fosilizado (Alcaraz y Hughes,
2002), el texto jurídico no es puramente neutro ni imparcial, como apuntan algunos estudios sobre el tema
(Garofalo, 2017; Miller, 2002 y 2004; Orts, 2018a y 2018b).
Es verdad que parte del interés que suscitan las aplicaciones del SA al lenguaje estriba en los diagnósticos
valorativos que las empresas utilizan para conocer el posicionamiento de sus clientes y en el hecho de que las
instituciones públicas las emplean también para monitorizar la información y la opinión de los ciudadanos.
También es verdad que la visión más ortodoxa del discurso legislativo lo calica de altamente impersonal
(Tiersma, 1999: 67), y da por sentado que la interpersonalidad, o diálogo entre el emisor (la ley) y el receptor
(sus sujetos) parece estar ausente en él (Hiltunen, 1990; Bhatia, 1982). Salmi-Tolonen (2014), por ejemplo,
señala que el lenguaje de la ley es característicamente normativo, funcional e institucional, en tanto en
cuanto procede del derecho y a la vez lo sustenta como fuente de autoridad. Por añadidura, las diferentes
corrientes del análisis crítico del discurso (Foucault, 1981; Fairclough, 1995; Van Dijk, 2008) arman que
el lenguaje del poder ejercido por las instituciones no es sino un constructo establecido socialmente por las
mismas para asentar y propagar la posición dominante de unos hablantes sobre otros. En este sentido, los
estudios de la lingüística crítica hacen imperativo que en el discurso jurídico se dé el proceso de validación
—que Simpson y Mayr llaman de “legitimación” (2010) y que Gramsci (1971) explica como la “hegemonía”
o consentimiento que dan los receptores del mensaje del poder—, a través del cual el ciudadano, como
identidad al que se impone una normativa dada, sienta que es ese propio ciudadano, y no una autoridad
ciega y arbitraria, quien tiene el poder de decidir sobre dicha norma. Por eso mismo, el derecho hoy en
día no puede mantenerse aislado del diálogo que parecen querer entablar dichos ciudadanos con la ley. En
el caso concreto de España, no hay más que ver el reguero de respuestas en redes sociales a que han dado
pie las resoluciones judiciales en el caso de La Manada, la réplica política y ciudadana a la sentencia de la
trama Gürtel o las disputas constitucionales que mantienen los independentistas catalanes con las distintas
instancias judiciales del Estado español.
Este trabajo, en la línea de otros trabajos recientes que exploran las relaciones de interpersonalidad en
el discurso jurídico (Breeze, Gotti y Sancho-Guinda, 2014) sostiene la hipótesis de que las leyes evocan
sentimientos (West, 2016); de que, hasta cierto punto, en los textos jurídicos —como procesos comunicativos
que el legislador (como emisor) entabla con los ciudadanos (como receptores)— hay un ejercicio de empatía,
un intento de sinergia, cuya expresión es distinta según la sociedad en la que nacen y en la cultura jurídica en
la que se imbrican esos textos. Como bien apunta West (2016: 341): “con toda probabilidad, la teoría jurídica
ha otorgado un papel demasiado grande a la racionalidad, y un papel insuciente a la emoción, al describir
el origen del estado de derecho”.1 No olvidemos que la ley prescribe; pero, al hacerlo, concede derechos
e impone obligaciones y castigos, lo que siempre lleva consigo una perspectiva evaluativa de la conducta
humana. Este extremo es, precisamente, lo que el trabajo que aquí se presenta pretende demostrar.
Tomando como punto de partida lo armado en las líneas anteriores, este trabajo constituye un estudio
cuantitativo y cualitativo de dos leyes sobre la violencia de género y doméstica en España y en el Reino
Unido, con el n de observar el grado de involucración emocional y la orientación semántica que existen
en ambos textos legislativos. Especícamente, los objetos de análisis son la Ley Orgánica española 1/2004
1 Traducción de la autora de “[..] legal theorists have likely accorded too great a role to rationality, and an insufcient
role to emotion, when describing the origin of the rule of law itself”.
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de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (de aquí en adelante mayoritariamente
abreviada como LOVI) y la Domestic Violence, Crime and Victims Act de 2004 (Ley de 2004 sobre Violencia
Doméstica, Delitos en el Hogar y sus Víctimas de Inglaterra y Gales), en vigor en todo el Reino Unido (de
aquí en adelante, mayoritariamente abreviada como DOVI). Este análisis consta de dos fases: la primera
lleva a cabo un procesamiento automático por medio de Antconc 2.0 (Anthony, 2016), un programa para la
extracción de datos de corpus textuales que permite hacer comparaciones entre frecuencias, colocaciones,
n-gramas (o secuencias verbales más o menos jas) y concordancias a gran escala. El objetivo de esta fase es
obtener una tipicación léxica de ambas leyes y una lista de palabras clave, o inusitadamente frecuentes, que
indiquen, precisamente, la relevancia y frecuencia en cada corpus de los términos que pertenecen al ámbito
del lenguaje jurídico y de aquellos que dan forma al frame o marco conceptual de la violencia doméstica y de
género. Esta exploración léxica puede dar bastantes indicios sobre el género en ambas culturas jurídicas, pues
indica hasta qué punto el texto legislativo se limita a describir la casuística y los procesos jurídicos aplicables
a la misma, o si, por el contrario, lleva a cabo una conceptualización de lo que es la violencia ejercida contra
las mujeres y sus implicaciones sociales. El programa ha permitido observar el comportamiento de dichas
palabras en su contexto, puesto que ofrece la forma en que se congregan en clusters o agrupaciones léxicas.
En la segunda fase, se ha utilizado la perspectiva del análisis del sentimiento y, más especícamente, el
programa Lingmotif v.1.0 (Moreno Ortiz, 2017), con el n de estudiar la polaridad (positiva, negativa
o neutra) y la intensidad de sentimiento de cada uno de estos textos legislativos a través de un análisis
léxico pormenorizado llevado a cabo por dicho programa, al que se le ha añadido un plugin o lexicón
complementario extraído únicamente a partir de lo que Garofalo (2017: 56) llama los “ítems axiológicos” o
unidades léxicas valorativas del discurso. De esta forma, se las ha seleccionado a) como términos jurídicos o
mecanismos lingüísticos que usa el derecho para regular este problema social, o b) como ítems axiológicos
que pertenecen intrínsecamente al marco conceptual de la violencia de género y doméstica. Así, la aplicación
de Lingmotif va a permitir observar los índices de involucración emocional que trasmiten los diferentes
segmentos más signicativos de los textos.
Según la hipótesis formulada, es esperable que, efectivamente, 1) existan unidades léxicas que correspondan
al propio funcionamiento del sistema jurídico, y otras que pertenezcan al aboutness, o conceptualización
de la temática en cuestión; y 2) haya distintas polaridades de sentimiento en ambos textos y sus diferentes
segmentos, así como distintas intensidades de emoción, de acuerdo con la carga social que el tema de la
violencia de género y doméstica suscita en España y el Reino Unido, respectivamente.
2 La violencia de género y doméstica en España y Reino Unido: descripción del corpus
En España, la que se ha dado en llamar “violencia machista” constituye un problema endémico en la sociedad
que no parece haber acabado. Tras el alarmante número de mujeres (se calcula unas trescientas) que murieron
a manos de sus compañeros (maridos, novios, exnovios) en los años anteriores a la ley, el Estado español
decidió tomar cartas en el asunto y atajar el fenómeno de una manera transversal, de forma que afectara a
todos los estamentos y ámbitos donde dicha violencia pudiese generarse, siendo esta reconocida como un
fenómeno no puntual y personal, sino sistemático, proveniente de un sistema patriarcal que subordina la
gura de la mujer en toda su dimensión. Como apunta Bracamontes (2016: 31):
“El Estado español introdujo la Ley Integral (LO 1/2004) como instrumento novedoso de solución contra
la violencia generada hacia las mujeres, por el simple hecho de ser mujeres, implementando una serie de
medidas integrales, multidisciplinares y con carácter transversal para atender, prevenir, sancionar y erradicar
la violencia de género […].”
Por ello, este instrumento legislativo se diseñó con una vocación integral y exhaustiva para, entre otras cosas:
a) la promoción del principio de igualdad;2 b) la superación del concepto de punibilidad dentro del ámbito
más estrecho de la violencia doméstica cuando esta se reconociese como sexual, es decir, de un hombre a
una mujer; c) el desarrollo de las necesarias medidas legales, asistenciales y de educación para atacar la raíz
del fenómeno, como manifestación cultural fundamentada en la desigualdad y la jerarquización social, tanto
2 La llamada “Ley de Igualdad” se aprobó en 2007, para hacer efectiva la igualdad entre hombres y mujeres en España.
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en el ámbito familiar como en el laboral; y d) el refuerzo de las medidas penales y procesales para arbitrar
la instrucción de procesos y la adopción de las medidas cautelares necesarias para proteger a las víctimas.
Es decir, la formulación del instrumento legislativo español, como trataré de demostrar, es holística y abarca
todo el espectro social, desde la raíz cultural y educativa hasta la proyección a la vida social. Este aspecto es
muy importante y es —como también trataré de demostrar—, lingüísticamente hablando, uno de los rasgos
que distinguen esta ley de la inglesa.
En el panorama del Reino Unido, la situación es muy distinta. No existe especícamente una ley contra
la violencia de género, sino que la regulación de esta se incluye implícitamente en la que supone el objeto
de nuestro estudio, DOVI, como el instrumento legislativo que regula la violencia doméstica en Inglaterra
y Gales. Como ya traté en estudios anteriores (Orts, 2017a y 2017b), la ley inglesa no es sino un conjunto
de enmiendas a otras leyes, como la Family Law Act de 1996 y varios artículos de la Criminal Law Act de
2003, y no proporciona una denición de aquello en lo que consiste la violencia doméstica, ni menciona la
violencia de género de forma especíca. Sin embargo, el Convenio de Estambul del Consejo de Europa de
2013 denuncia explícitamente la violencia de género “contra las mujeres y las niñas” como un problema de
primer orden en los países que a dicha Convención se acogen, entre los que se encuentra Reino Unido. Este
documento pone de relieve que dicha violencia no solo se aplica al terreno doméstico, sino que incluye, en
general, el maltrato a la mujer en forma de acoso sexual, violación, ablación y acoso psicológico, y que, en
el caso concreto de la violencia en el hogar, la mayoría de sus autores son hombres, que, a su vez, la sufren
con mucha menos frecuencia y gravedad. A su vez, ya el Comité de la Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer, o CETFDCM (también conocida por sus siglas en
inglés CEDAW), de las Naciones Unidas, en su informe de 2008 echaba de menos una reglamentación
amplia con aspectos jurídicos en el Reino Unido, educativos, nancieros y sociales; y recomendó a este país
que adoptase y pusiese en práctica una estrategia nacional unicada e integral para eliminar la violencia
contra las mujeres y las niñas de forma estricta. En cualquier caso, en el momento actual, el Ministerio del
Interior británico no facilita datos sobre las víctimas de la violencia de género, aunque sí de la doméstica,
y la investigación y publicación de resultados, así como los intentos para su erradicación, es llevada a cabo
por las asociaciones no gubernamentales que luchan contra la discriminación de la mujer en la sociedad. Por
ejemplo, según la asociación Women’s Aid, en Inglaterra y Gales solo en los doce meses de 2017 fallecieron
113 mujeres a manos de sus maridos o parejas, 65 de las cuales lo hicieron en su propio hogar. Con todo,
la ley inglesa que aquí se estudia es un instrumento técnico que, en principio, parece redactado para ser
entendido y utilizado por expertos, manteniendo el texto una clara reticencia a explicitar alusión alguna a la
violencia contra las mujeres ni a las consecuencias jurídicas de esta (Orts, 2017b).
Léxicamente, la Domestic Violence, Crime and Victims Act de 2004, el subcorpus llamado DOVI, queda
resumida de esta forma, según los datos proporcionados por Lingmotif —programa del que ya nos ocuparemos
más adelante— desde el punto de vista de su organización y tamaño:
Text Stats Sentences Words by Function Words by Form
Tokens Types T/T
Ratio
Lexical Grammatical Single
Words
Multiwords
16,731 1,348 8.06% 1,875 8,765 7,966 15,986 745
Tabla 1. Estructuración léxica de DOVI, según Lingmotif (Moreno Ortiz, 2017)
Así, vemos que el subcorpus consta de 16.731 palabras grácas —o tokens—, que proceden de 1.348 formas
—o types— y se estructuran en 1.875 oraciones, y de las cuales, funcionalmente hablando, se generan 8.765
elementos léxicos y 7966 gramaticales y, formalmente hablando, 15.986 monolexemas y 745 polilexemas.
Esta última estructuración en palabras monoléxicas y grupos léxicos va a ser importante más adelante, cuando
proceda a confeccionar un plugin o diccionario especíco para “pulir los resultados del análisis semántico
automatizado” (Garofalo, 2017: 68) que aquí se va a implementar a través de Lingmotif.
Por otro lado, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, el subcorpus LOVI, se estructura así:
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Text Stats Sentences Words by Function Words by Form
Tokens Types T/T Ra-
tio
Lexical Grammatical Single
Words
Multiwords
15,629 2,518 16.11% 842 8,182 7,447 14,912 717
Tabla 2. Estructuración léxica de LOVI, según Lingmotif (Moreno Ortiz, 2017)
Según muestra la tabla 2, este subcorpus es un poco más breve, con 15.629 palabras o tokens y 2.518 formas
o types. Es de resaltar que la riqueza léxica, es decir, la variedad de palabras es mucho mayor en el subcorpus
español que en el inglés, donde hay un número menor de palabras que se repiten con frecuencia. Esto se
puede observar en la ratio token/type: 16,1 % en LOVI y 8,06 %, la mitad, en DOVI; y ello constituye un
dato más revelador que la propia longitud verbal entre ambos corpus. El número de oraciones es bastante
menor en LOVI, lo que puede indicar una longitud oracional mayor en la ley española de casi del doble de
palabras por oración. Finalmente, la organización formal y funcional de las palabras son similares en ambas.
En otro orden de cosas, y simplemente para ilustrar un poco más el panorama de mi análisis, como ya expliqué
en otros trabajos (Orts, 2017a y 2017b), en lo que se reere a sus organizaciones macroestructurales, la ley
inglesa da la impresión de ser un instrumento legislativo muy técnico, como es frecuente en el common law
(Cao, 2007: 106), con frecuente intertextualidad, exhaustivas explicaciones de características del derecho y
sin ilustraciones ni glosas sobre el área sociopolítica que la ley pretende regular. La española, sin embargo,
tiene una macroestructura más extendida y reeja con mayor claridad la expresión del propósito y las
disposiciones de la ley. Según Dale (1977, citado en Cao, 2007: 106-107), las leyes del sistema continental
exponen de forma clara y uida los principios generales del área del derecho que se quiere legislar, y es así
como sucede en el ejemplo español. De otro lado, resulta pertinente señalar que la macroestructura de las
leyes españolas cuenta con un apartado inicial llamado “preámbulo” o “exposición de motivos”, que no
posee valor normativo, pero que expresa la voluntad del legislador al justicar la conveniencia o necesidad
de adoptar una ley y exponer su nalidad. Es aquí donde la carga persuasiva de la ley es mayor (Santaolalla,
1991) y, por tanto, también lo es su componente ideológico. En las leyes promulgadas (o statutes) de Inglaterra
y Gales, esa parte también existe, y con la misma justicación pragmática, pero está ahora cada vez más en
desuso (Winckel, 1999: 1; Alcaraz y Hughes, 2002: 106). Es, asimismo, importante recordar los diferentes
objetivos de ambas leyes: mientras que la española se centra en la violencia ejercida contra las mujeres en
cualquier ámbito, la inglesa se centra en el ámbito doméstico y no enuncia especícamente a las mujeres
como víctimas. Esta caracterización de ambas leyes puede aportar datos para interpretar y contextualizar el
análisis léxico y de minería de opinión que se intenta aplicar aquí.
3 El léxico de las leyes inglesa y española: léxico especializado y campo conceptual
El estudio del léxico jurídico que aborda esta sección es sustancialmente diferente al emprendido mucho más
supercialmente en estudios anteriores (Orts, 2017a y 2017b), de los que este quiere constituirse como una
considerable evolución. Está encaminado no solo a observar la textualización diferente de ambas leyes en
cuanto al uso en ellas de a) el léxico jurídico y b) los ítems conceptuales que pertenecen al frame, o marco
conceptual de la ley. También, mediante la detección de las palabras más frecuentes y, desde estas, de las
palabras clave de la ley, este trabajo de campo se dispone a preparar el terreno para la selección ulterior de
un plugin especíco, un léxico valorativo con diferente polaridad que tamice los resultados del programa
Lingmotif. La sosticación que permite la recogida de datos a través de Antconc 2.0 (Anthony, 2018), un
programa de análisis de textos que permite recopilar listas de palabras, sus frecuencias y las palabras clave
del corpus, permite ver, no solo un inventario abstracto de las palabras más frecuentes en las leyes, sino cómo
estas se asocian en orden de concordancias, colocaciones o agrupaciones o n-gramas. El método seguido para
el uso de este programa y para la obtención de resultados que ofreciesen una descripción del mapa léxico
en los subcorpus DOVI y MOVI fue, en primer lugar, la elaboración de una lista de stopwords, también
llamadas “palabras de parada”, que son aquellas con signicado gramatical, pero sin signicado léxico, que
se excluyen del análisis. Se elaboró una lista de estas palabras en inglés y una en español, con cada una de
ellas se ltró el subcorpus correspondiente, de manera que se eliminasen los elementos vacíos de lexicalidad.
Esta elección ha sido tomada al encaminarse este estudio, en último término, al análisis de la carga semántica
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de elementos léxicos a través del programa Lingmotif, quedando los elementos gramaticales fuera de dicho
análisis. Un estudio de estos últimos, pues, quedaría para un análisis más orientado al metadiscurso, ya
realizado en otros trabajos (Orts, 2017a y 2017b), o a un encuadre holístico del tipo evaluativo de la actitud,
desde la perspectiva de la teoría de la valoración. La tabla 3 nos permite acceder, en primer lugar, a los
resultados obtenidos por frecuencia de palabras para ambos subcorpus. Por la longitud del corpus y las
restricciones de espacio de este trabajo, me he avenido a seleccionar solo las 60 palabras más frecuentes,
algunas de las cuales comentaré a continuación. Se han calculado las frecuencias absolutas y las relativas,
dado que existe una diferencia de tamaño entre los subcorpus.
SubcorpuS
DOVI
FrecuencIa
absOluta (F)
frecuencia
relativa (f%)
subcOrpus
lOVI
FrecuencIa
absOluta (F)
frecuencia
relativa (f%)
section 305 1,82 violencia 210 1,34
act 229 1,37 mujer 166 1,06
person 193 1,15 artículo 160 1,02
order 190 1,14 ley 124 0,79
offence 165 0,99 género 93 0,60
victim 157 0,94 bloque 90 0,58
subsection 144 0,86 víctima 87 0,56
court 134 0,80 medida 76 0,49
criminal 116 0,69 derecho 67 0,43
board 93 0,56 juzgado 57 0,36
local 86 0,51 social 53 0,34
probation 84 0,50 penal 51 0,33
condition 75 0,45 protección 50 0,32
secretary 73 0,44 juez 49 0,31
state 73 0,44 delito 44 0,28
information 71 0,42 caso 41 0,26
applies 70 0,42 judicial 36 0,23
offender 64 0,38 apartado 35 0,22
hospital 58 0,35 scal 34 0,22
domestic 55 0,33 orgánica 34 0,22
violence 53 0,32 forma 33 0,21
respect 50 0,30 persona 33 0,21
subject 50 0,30 seguridad 33 0,21
convict 47 0,28 menor 32 0,20
representation 46 0,27 instrucción 29 0,19
specied 46 0,27 servicio 29 0,19
effect 44 0,26 código 28 0,18
matter 44 0,26 igualdad 28 0,18
appeal 43 0,26 siguiente 28 0,18
health 43 0,26 pena 27 0,17
purpose 43 0,26 trabajo 27 0,17
jury 42 0,25 BOE 25 0,16
case 39 0,23 materia 25 0,16
proceeding 39 0,23 ámbito 24 0,15
provision 39 0,23 integral 24 0,15
relation 38 0,23 procedimiento 24 0,15
justice 37 0,22 asistencia 23 0,15
mental 37 0,22 civil 22 0,14
direction 36 0,22 competencia 22 0,14
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schedule 36 0,22 general 22 0,14
restriction 34 0,20 capítulo 21 0,13
article 32 0,19 hombre 20 0,13
chapter 28 0,17 presente 20 0,13
trial 28 0,17 conocimiento 19 0,12
code 27 0,16 especial 19 0,12
commissioner 26 0,16 formación 19 0,12
meaning 26 0,16 libertad 19 0,12
discharge 25 0,15 orden 19 0,12
reference 25 0,15 suspensión 19 0,12
defendant 24 0,14 tutela 19 0,12
determined 24 0,14 atención 18 0,12
means 24 0,14 enjuiciamiento 18 0,12
paragraph 24 0,14 lugar 18 0,12
power 24 0,14 recurso 18 0,12
tribunal 24 0,14 guarda 17 0,11
application 23 0,14 mes 17 0,11
mentioned 23 0,14 ministerio 17 0,11
supervision 23 0,14 redacción 17 0,11
time 23 0,14 redactado 17 0,11
virtue 23 1,82 reere 17 1,34
54 térmInOs juríDIcOs 90 %
6 palabras cOnceptuales
(aboutness) 10 %
40 térmInOs juríDIcOs 66,6 %
20 palabras cOnceptuales (aboutness) 33,3 %
Tabla 3. Frecuencias de palabras en ambos subcorpus (wordlists), extraída con Antconc
Por otro lado, se ha procedido a resaltar en cursiva las palabras que pertenecen al campo conceptual que
ilustra la ley (lo llamado aboutness), que pueden volcar una carga afectiva al subcorpus en cuestión —como
más adelante trataré de demostrar— y que forman parte del escenario conceptual de la ley, que es diferente
en cada una de ellas, como también debatiré más adelante. Como puede observarse, entre las primeras 60
palabras de DOVI hay un 90 % de términos jurídicos, 54 de 60 types totales. Estos pertenecen al ámbito
léxico del subcorpus inglés como instrumento técnico del derecho, donde las dos palabras más frecuentes
son section y act, siendo las palabras más frecuentes del corpus en su totalidad, con f%3 1,82 y f% 1,34,
respectivamente, que se reeren a la forma en que está estructurada la ley y que dan indicio de la alta
actividad de referencia intratextual de la misma. En lo relativo al aboutness del subcorpus, solo aparecen
6 palabras conceptuales, el 10 % del total de 60. Estas son, por orden, person (f% 1,15), victim (f% 0,94),
hospital (f% 0,35), domestic (f% 0,33), violence (f% 0,32), health (f% 0,23) y mental (f% 0,22). Porque
la mayoría de las palabras son del ámbito jurídico, especialmente del procesal penal (offence, offender,
probation, criminal, convict, entre otras), las escasas palabras conceptuales apuntan al marco conceptual de
la ley de forma bastante abstracta, y parecen referirse a las cuestiones de salud que puedan repercutir sobre
las personas víctimas de la violencia doméstica y sobre los menores. No aparece referencia alguna, pues,
a ningún género en cuestión. En lo relativo al subcorpus español, las dos palabras más frecuentes son, sin
embargo, violencia y mujer (f% 1,34 y f% 1,66), respectivamente, seguidas no muy de lejos de género (f%
0,60) y víctima (f% 0,56), que son precedidas, a su vez, por dos palabras del ámbito jurídico, ley y artículo
(f% 1,02 y f% 0,79, respectivamente). En total, 40 términos jurídicos, 66,6 % frente a 20 conceptuales, 33,3
% —estos últimos con bastante mayor presencia, pues, que en el texto inglés—. El resto de los términos que
coneren el aboutness al subcorpus son los siguientes: protección (f% 0,34), persona (f% 0,21), seguridad
(f% 0,21), menor (f% 0,20), servicio (f% 0,19), igualdad (f% 0,16), integral (f% 0,15), asistencia (f% 0,15),
hombre (f% 0,13), presente (f% 0,13), conocimiento (f% 0,12) y formación (f% 0,12). El marco conceptual
sugerido por los resultados de este subcorpus nos remite a lo anteriormente descrito sobre la ley española: un
3 f % corresponde al porcentaje de frecuencia relativa, o tanto por ciento de las veces que se repite la palabra en el corpus.
María Ángeles Orts Llopis
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texto en el que las medidas integrales de reconstrucción del escenario en un contexto de violencia de género
y doméstica (protección, servicio, seguridad, igualdad, asistencia, conocimiento, formación en lo relativo a
las mujeres, a los menores, a las personas) predominan sobre otras cuestiones legales y procesales.
A continuación, se ha procedido a una extracción de las palabras clave del corpus, que son aquellas que se
reiteran inusualmente dentro de la norma (Garofalo, 2017: 69). Para ello se ha seleccionado un corpus de
referencia, que en otros estudios suele ser un corpus genérico, representativo del idioma en general, como el
Brown en inglés, o el Cumbre en español. Sin embargo, para los propósitos de nuestro estudio, que es poner
de relieve lo que la ley tiene de conceptualmente especíco y no su carácter técnico frente a otros tipos de
discursos como el divulgativo, he seguido los pasos de Garofalo (2017) y he decidido usar un corpus similar
al que se encuentra bajo análisis, con análoga potencialidad en cuanto a su carga social y afectiva. Se trata
de dos leyes de amparo al menor: la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, mayor en
extensión que LOVI (22.089 tokens, 3.129 types), y la llamada Children Act de 1989 (también mayor que
su contraparte inglesa, con 19.410 tokens y 1.373 types). La tabla 4 muestra los resultados por keyness, o
especicidad.
ValOr claVe subcOrpus
DOVI
FrecuencIa
relatIVa (f%)
subcOrpus lOVI FrecuencIa
relatIVa (f%)
1 offence 0,99 violencia 1,34
2victim 0,94 mujer 1,06
3criminal 0,69 artículo 1,02
4 act 1,37 ley 0,79
5 section 1,82 género 0,59
6 probation 0,50 bloque 0,58
7 board 0,56 pena 0,58
8 offender 0,38 víctima 0,56
9 information 0,42 medida 0,48
10 hospital 0,35 derecho 0,43
11 violence 0,32 juzgado 0,36
12 domestic 0,33 juez 0,31
13 convict 0,28 protección 0,31
14 representation 0,27 delito 0,28
15 appeal 0,26 caso 0,26
16 secretary 0,44 social 0,34
17 jury 0,25 apartado 0,22
18 state 0,44 previsto 0,22
19 proceeding 0,23 scal 0,22
20 condition 0,45 relación 0,22
21 restriction 0,20 forma 0,21
22 mental 0,22 materia 0,21
23 trial 0,17 orgánica 0,21
24 code 0,16 persona 0,21
25 matter 0,26 seguridad 0,21
26 justice 0,22 judicial 0,23
27 purpose 0,26 ámbito 0,20
28 commissioner 0,16 menor 0,20
29 article 0,19 instrucción 0,19
30 chapter 0,17 servicio 0,19
31 subsection 0,86 código 0,18
32 defendant 0,14 igualdad 0,18
33 tribunal 0,14 siguiente 0,18
María Ángeles Orts Llopis
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34 person 1,15 trabajo 0,17
35 applies 0,42 relación 0,17
36 health 0,26 administración 0,16
37 specied 0,27 BOE 0,16
38 supervision 0,14 proceso 0,16
39 patient 0,13 procedimiento 0,15
40 inform 0,13 tribunal 0,15
41 insanity 0,13 actuación 0,15
42 subject 0,30 asistencia 0,15
43 crown 0,12 integral 0,15
44 sentence 0,11 competencia 0,14
45 procedure 0,13 capítulo 0,13
46 scheme 0,11 orden 0,13
47 schedule 0,22 disposición 0,13
48 determination 0,12 hombre 0,13
49 court 0,80 presente 0,13
50 reference 0,15 principio 0,13
51 panel 0,10 conocimiento 0,12
52 licence 0,09 formación 0,12
53 surcharge 0,09 hecho 0,12
54 effect 0,26 libertad 0,12
55 determined 0,14 suspensión 0,12
56 guilty 0,08 tutela 0,12
57 evidence 0,13 atención 0,12
58 conduct 0,10 enjuiciamiento 0,12
59 charged 0,08 falta 0,12
60 Counts 0,99 guarda 1,34
50 térmInOs juríDIcOs (83,3 %)
10 palabras cOnceptuales (aboutness)
(16,7 %)
37 térmInOs juríDIcOs (61,6 %)
23 palabras cOnceptuales (aboutness)
(38,4 %)
Tabla 4. Palabras clave en ambos subcorpus (keywords), según Antconc y sus frecuencias relativas
Las dos primeras cosas que llaman la atención de la tabla 4 es que hay un aumento de conceptualización en
ambas leyes, en lo referente a sus palabras clave: de un 10 % en la wordlist a un 16,7 % en la keywordlist
de la ley inglesa, de un 33,3 % a un 38,4 % en lo referente a la española. Esto puede arrojar un poco más de
luz a la hora de ampliar nuestro conocimiento sobre el marco conceptual de ambas leyes. En este grupo de
60 ítems léxicos con especicidad no hay variaciones respecto de la lista de frecuencias, pues las palabras
conceptuales más frecuentes también se recogen en el listado de palabras clave, pero sí existen adiciones
interesantes. En la ley inglesa se destaca como clave la palabra victim (VC4 = 2), por encima de muchos otros
tecnicismos procesales y penales de la lista, pero también las palabras patient (VC = 39) o insanity (VC =
41), que no guran en la lista de las 60 palabras más frecuentes. Pese a todo, y a diferencia de la ordenación
en la lista de frecuencias, aquí se nota mucho más el carácter penal de la ley inglesa, pues las palabras
offence (la más especíca, a la cabeza de keyness, con VC = 1) y criminal (VC = 3) están por encima de
act o section, como también las palabras offender (VC = 8), probation (VC = 6) o convict (VC = 13) están
por encima de otras en especicidad, como article (VC = 29), chapter (VC = 30) o court (VC=49). En la
lista de especicidad de la ley española están, de nuevo, a la cabeza las palabras violencia (VC = 1 y mujer
(VC = 2), como las más clave, pero se añaden otras muchas que ayudan a entender el panorama de esta ley,
completando el marco conceptual del que antes hablábamos. Así, aparecen nuevas palabras en esta lista,
como trabajo (VC = 34), relación (VC = 34), actuación (VC = 23), libertad (VC = 19), tutela (VC = 19),
atención (VC = 18) y guarda (VC = 18), que no aparecían como las 60 más frecuentes, pero que sí tienen más
4 VC aquí signica “valor clave”.
María Ángeles Orts Llopis
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especicidad, y ayudan a completar el cuadro de positividad que rodea la ley española, explicitando otras
medidas de actuación/protección de la mujer y los menores a su cargo.
Como indicamos al principio del estudio, usaremos la totalidad de las palabras clave más adelante, a la hora
de construir un lexicón especíco o plugin que matice y enriquezca el análisis sobre polaridad e intensidad
de sentimiento que vamos a ejecutar con Lingmotif.
4 Estudio de las leyes inglesa y española a la luz del análisis del sentimiento (SA)
Como apunta Garofalo (2017: 57), el análisis del sentimiento aporta datos empíricos al estudio del discurso
que lo hacen muy útil para el investigador, porque ofrece claves computacionales y objetivables que dan fuerza
al estudio meramente cualitativo de los fenómenos observables. Como ya se ha apuntado anteriormente, este
trabajo utiliza el programa Lingmotif (Moreno Ortiz, 2017) para averiguar la polaridad y la intensidad de
sentimiento en las dos leyes bajo estudio. Concretamente, la diferencia entre Lingmotif —desarrollado por
el grupo Tecnolengua de la Universidad de Málaga— y otros métodos de minería de opinión estriba en que,
en primer lugar, el sistema admite el procesamiento de textos extensos, y no solo de mini-textos al estilo
de los tuits; y, en segundo lugar, que no se apoya, como otros procedimientos, en metodologías estadísticas
de aprendizaje automático, sino que lo hace por medio de un lexicón interno creado para incluir palabras
y frases con carga afectiva, de manera que estas se detecten en el texto a analizar al comparar las unidades
léxicas de entrada y las contenidas en el diccionario de la aplicación. Así, Lingmotif evalúa el texto a analizar
en una escala, de 0 a 100, que categoriza el texto desde “extremadamente negativo” a “extremadamente
positivo”, basándose en una orientación semántica del sentimiento contenido en dicho texto (text sentiment
score, o TSS). También ofrece una escala de valoración de la intensidad del sentimiento (text intensity score,
o TSI), calculada como una media entre las unidades valorativas y aquellas que están exentas de emoción,
asignando valencias a las unidades valorativas en una escala de –5 a +5, donde 0 es expresión de neutralidad.
Es importante señalar en este punto que, de un lado, el programa no detecta solo unidades simples, sino que
también localiza unidades sintagmáticas, de modo que al término medida se le asigna un valor neutral, pero
detecta que medida de seguridad tiene una polaridad positiva. Del mismo modo, por ejemplo, asigna mayor
polaridad a muchas deciencias que a deciencias, y lo mismo hace con el sintagma igualdad entre los
hombres y las mujeres y la palabra igualdad. Por otro lado, y esto resulta importante de señalar, los cambios
de sentimiento que aoran en el contexto los afronta el programa con el uso de unas reglas de contexto
(de inversión, intensicación y atenuación), para dar cabida a posibles modicadores del sentimiento
(Moreno Ortiz, 2017: 133). Estas reglas de contexto (CVS o contextual valence shifters) son el mecanismo
de Lingmotif para detectar palabras o frases que pueden aparecer en la proximidad inmediata de la unidad
valorativa identicada, modicando su valencia y aumentando, neutralizando o dándole un valor opuesto a
aquel otorgado originariamente a dicha unidad valorativa (Fernández-Cruz y Baixauli-Pérez, 2018: 45). De
este modo, el sistema asigna, por ejemplo, al término libertad, una polaridad positiva; pero concede un valor
negativo al sintagma libertad condicional. En otros casos donde existe una polaridad negativa y positiva en
el léxico de la misma oración (como más adelante vamos a ver qué ocurre en el subcorpus inglés), el sistema
respeta aquellos casos donde no existe contradicción.
Recordemos que el segundo objetivo de este trabajo es hallar las distintas polaridades de sentimiento en
las leyes sobre violencia doméstica y de género, y las distintas intensidades de emoción que estos textos
expresan. Como armaba al principio de este trabajo, la literatura clásica sobre el discurso jurídico (por
ejemplo, Goodrich, 1990; Gibbons, 1994; Tiersma, 1999) supone que este está teóricamente construido para
expresar imparcialidad y neutralidad y aumentar así el grado de solvencia de la autoridad legislativa y su
supremacía, transmitiendo la ilusión de que la ley existe por encima de los avatares humanos. Mi aplicación
del programa Lingmotif sigue la orientación contraria. Apoyándome en la tesis expuesta al principio de este
trabajo de que las leyes expresan y evocan sentimientos, pero que lo hacen de manera diferente según las
culturas jurídicas, me dispongo a ofrecer pistas sobre la carga afectiva inmersa en los textos que legislan la
violencia de género y doméstica en España y el Reino Unido, el papel de la emoción en ellos, el grado de
esta, así como la positividad, neutralidad o negatividad de su orientación respecto del tema. Como señalé
anteriormente, para la aplicación de Lingmotif también me he servido de los corpus de referencia utilizados
en nuestro análisis léxico, a saber, la Ley del Menor española y la Children Act inglesa, con el n de llevar a
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cabo una comparación que ofrezca similitudes y diferencias entre estas leyes y las de violencia de género y
doméstica. Estos dos textos son, comparados con los corpus bajo escrutinio, lo sucientemente similares en
su tipología —son leyes de regulación de ámbitos sociales que poseen carga afectiva, dado que normatizan
la protección de colectivos especialmente sensibles y potencialmente desprotegidos en ambos países— y,
al tiempo, lo sucientemente dispares en su temática como para que nos muestren algunas peculiaridades
entre los dos grupos de corpus, los originales (DOVI y LOVI) y los de referencia, ofreciendo datos sobre a)
las diferencias de formulación normativa de las relaciones afectivas y/o de convivencia entre países y b) las
diferencias entre las leyes de un mismo país en lo relativo a estos mismos aspectos.
A continuación, y tomando como base el estudio léxico descrito en la sección anterior, el plugin o diccionario
de referencia para cada subcorpus se ha confeccionado con el propósito de anar los resultados del análisis
al proporcionar unidades valorativas que están unidas al marco conceptual de cada una de las leyes, ya sea
en su orientación puramente jurídica (la ley como instrumento de regulación del proceso y del castigo) o
como ítems axiológicos pertenecientes al esquema de la violencia de género y doméstica (la violencia de
género y doméstica como un mal a combatir por la sociedad, a cuyas víctimas se ha de proteger). Este lexicón
adicional, preparado para anular o complementar el lexicón central de Lingmotif, ha sido elaborado, tal y
como lo hace Garofalo (2017: 56), teniendo en cuenta un criterio semántico-estadístico que, primeramente,
selecciona de forma exclusiva el conjunto de palabras clave arrojadas por Antconc (y no solo las 60 que, por
razones de espacio, guraban en la lista de la sección anterior). De estas, se han escrutado sus colocaciones y
n-gramas para generar un conjunto de unidades valorativas seleccionadas por su representatividad en lo que
se reere al “guion especíco” que se puede activar en la mente del receptor (Garofalo, 2017: 59), basándose
dicho guion en glosar sobre a) la ley como instrumento regulador (terminología jurídica, primordialmente del
ámbito penal) y b) el campo conceptual de la violencia de género y doméstica, y sus víctimas. Adicionalmente,
y para una última criba, las palabras clave y sus combinaciones se han ido identicando de forma manual en
los segmentos procesados por Lingmotif, tomando nota de aquellas que, de acuerdo con el marco conceptual
de la ley, quedaban fuera de la valoración asignada por defecto por el diccionario interno de la aplicación o
no tenían la valoración ajustada a la luz de nuestro estudio conceptual.
La tabla 5 nos muestra los plugins confeccionados para los respectivos corpus en inglés y en español:
PLUGIN INGLÉS PLUGIN ESPAÑOL
,ALL,-3 ,ALL, 4
,ALL,-5 _,ALL,4
_to_answer,ALL,-3 ,ALL,3
,ALL,-5 actuacion_sanitaria,ALL,4
,ALL,-5 actuacion_urgente,ALL,5
,ALL,-5 ,ALL,-4
,ALL,-5 ,ALL,4
,NN,-3 asesoramiento_juridico,ALL,4
,ALL,3 ,ALL,4
,ALL,-4 asistencia,ALL,4
,ALL,-2 asistencia_juridica,ALL,4
,ALL,-2 asistencia_letrada,ALL,4
tness_to_plead,ALL,1 atención_permanente_y_urgente,ALL,5
tness_to_ be_ tried,ALL,-2 autor_inductor_o_cooperador,ALL,-4
,ALL,-5 ,ALL,3
,ALL,-5 ,ALL,-4
,ALL,-5 -de-informacion,ALL,3
,ALL,-4 ,ALL,3
leave_of_absence,ALL,2 colectivo_prioritario,ALL,5
,ALL,-2 colectivos_prioritarios,ALL,5
mentally_disordered_,ALL,-4 ,ALL,-4
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mentally_disordered_people,ALL,-4 ,ALL,3
,ALL,-4 ,ALL,2
,ALL,-3 ,ALL,3
,ALL,3 daños_psiquicos_y_sicos,ALL,-5
,ALL,-2 _,ALL,-4
,ALL,3 ,ALL,5
,ALL,3 _,ALL,5
,ALL,-3 designacion_urgente,ALL,5
restriction_,ALL,-3 ,ALL,3
,ALL,3 ,ALL,-4
,NN,5 ,ALL,3
,NN,-2 ,ALL,3
,ALL,-2 ,ALL,3
,ALL,-3 eliminar_estereotipos_sexistas_y _discriminatorios,ALL,5
under_the_age,ALL,-3 ,ALL,3
,ALL,4
exclusion_social,ALL,-4
,NN,3
global_e_integral,ALL,4
,NN,3
,ALL,3
,ALL,3
,ALL,-2
,ALL,3
,ALL,3
integracion_social,ALL,5
integridad_sica_y_moral,ALL,5
,ALL,5
,ALL,3
,ALL,2
,ALL,2
_,ALL,-3
_,ALL,3
,ALL,-3
_,ALL,3
no_discriminacion,ALL,4
,ALL,-3
patria_ potestad,ALL,3
_

,ALL,3

,ALL,3
,ALL,3
,ALL,5
_,ALL,5
,ALL,3
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,ALL,3
_de_,ALL,3
relaciones_de_poder,ALL,-4
reordenacion,ALL,3
rehabilitacion,ALL,3
resolución_pacica,ALL,4
resolución_extrajudicial,ALL,4
sensibilización,ALL,3
_,ALL,3
,ALL,3
,ALL,-3
,ALL,3
,ALL,3
tenencia_porte_y_uso_de_armas,ALL,-4
,ALL,3
,ALL,3
,ALL,-5
Tabla 5. Plugins confeccionados para el corpus español y el inglés
Una vez seleccionadas las palabras clave a usar para el lexicón de cada una de las leyes, se procedió a
asignarles una valencia negativa o positiva, según su signicado, y el que adquirían en contexto. De este
modo, para el corpus DOVI se eligieron palabras clave únicamente del marco conceptual de “la ley como
instrumento de regulación del proceso y del castigo”, por no haber otra alternativa, y fue posible darles
una valencia negativa a ciertos ítems léxicos que se corresponden al ámbito de la terminología penal, no
detectados como negativos en el lexicón general. Así, adquirían una valencia negativa más baja (–5) los
delitos (harassment, crime, homicide) y las palabras procesales asociadas a la culpabilidad (arrest, charge,
convict). A las conductas, estados o sujetos de índole disruptiva se les asignó un –4 (disorder, insanity, non-
compliance, mentally-disordered person), mientras que otros lexemas y multilexemas que reejan el proceso
recibieron –3 (arraignment, defendant, indict, restriction direction, restriction order, try) o –2 (disqualify,
evidence, supervision, lesser sentence, probation), según su nivel de gravedad, de acuerdo al contexto. Solo
recibieron valencia positiva de 3 algunos lexemas y multilexemas como recover, discharge, revocation y
power of the court. La única unidad a la que se asigna un valor positivo de 5 es a right, siempre en su sema
de prerrogativa o derecho.
De otro lado, la mayor cantidad de unidades léxicas que componen el plugin de LOVI, expresada en la
tabla 5, se corresponde con la mayor riqueza léxica de este subcorpus y con su mayor conceptualización
del esquema “la violencia de género y doméstica como un mal a combatir por la sociedad, a cuyas víctimas
se ha de proteger”, según se ha expuesto en las secciones anteriores de este estudio. Este diccionario ad
hoc se apoya, precisamente, en el contenido afectivo que despliegan en el texto palabras con un signicado
potencialmente neutro, como actuación, reducción o reordenación, y que adquieren una valencia positiva en
los contextos siguientes (en cursiva):
“1. […] procedimientos que aseguren una actuación global e integral de las distintas administraciones y
servicios implicados […]
2. La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho a la reducción o a la reordenación de su
tiempo de trabajo.”
De este modo, se procedió a asignar el máximo valor positivo (5) a sintagmas donde quedaban inscritas
las medidas para afrontar el problema de manera perentoria y/o radical: atención permanente y urgente,
colectivo prioritario, derecho fundamental, actuación urgente, designación urgente, eliminar estereotipos
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sexistas y discriminatorios, integración social, integridad física y moral e intervención. A otras medidas o
actuaciones positivas dentro del esquema de la violencia de género y doméstica se les asignó valencia 4,
como: asistencia jurídica, asistencia letrada, asesoramiento jurídico, resolución pacíca, no discriminación
y resolución extrajudicial. Las medidas preventivas de violencia de género y doméstica recibieron un 3,
como: detección, educación, erradicación, docencia, investigación, política pública, indemnidad, guarda,
tutela, velar, inspección, socialización, convivencia, curatela y sensibilización. De las de polaridad negativa,
víctima y daños psíquicos y físicos recibieron la valencia más baja, –5. Otras conductas o guras negativas
recibieron un –4, como discriminación, exclusión social, relaciones de poder, tenencia y uso de armas,
delito invisible y autor inductor o cooperador.
Como también puede verse en la tabla 5, y siguiendo las instrucciones que provee el manual de la herramienta,
los componentes léxicos detectados como unidades valorativas quedaron encerrados entre comillas angulares,
susceptibles de captar el término en masculino, femenino, singular o plural; y, en los casos de multilexemas,
se insertó un guion bajo para conectar los componentes en un único ítem léxico. Asimismo, se los etiquetó
morfológicamente casi en todos los casos con ALL, que identica el ítem con cualquier parte del discurso.
El número nal es la valencia que se ha aplicado a cada unidad léxica del +5 al –5, según hace el propio
programa en su diccionario interno.
Así pues, en primer lugar, se llevó a cabo un procesamiento de las dos leyes inglesas, lo que se expresa en
las guras 1 y 2.
Figura 1: Análisis de las leyes inglesas con un lexicón general
Figura 2. Comparativa de TSS y TSI en las leyes inglesas
A la luz de los resultados que arroja la gura 1, podemos observar que ambas leyes en conjunto poseen una
polaridad ligeramente negativa y una leve intensidad de sentimiento, lo que revela un índice de emotividad
de los textos legislativos un poco por encima del 50, o valor neutral. Si nos jamos en la gura 2, sin
embargo, podemos observar que la Children Act tiene una polaridad positiva mayor (TSS = 53) que DOVI
(TSS = 39), y que esta última, sin embargo, muestra una intensidad de sentimiento bastante mayor que la
Ley del Menor (TSI = 74 y TSI = 42, respectivamente), que se explica por la gran diferencia que existe en el
número de ítems léxicos negativos (824) y positivos (428) en DOVI. La negatividad es mucho más leve en
la Children Act (320 ítems léxicos negativos, frente a 449 positivos).
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En la gura 3 expuesta más abajo se analiza adicionalmente la ley de la violencia doméstica inglesa, ltrada
a través de nuestro plugin especíco, aplicación que arroja unos resultados muy distintos, como ya anotaba
Garofalo en su estudio (2017: 59). Recordemos que el plugin añadido a DOVI está formado, en su mayoría,
de elementos negativos relativos a conductas penales y su castigo, tal y como vimos en la tabla 5. Así, vemos
como la polaridad negativa es aún mayor (TSS = 30), como también lo es la intensidad de sentimiento (TSI
= 88). Esto indica que, efectivamente, existían en el primer análisis, desprovisto del diccionario especíco,
ítems léxicos que el diccionario interno del programa no había valorado y que adquieren un valor a la luz
de la conceptualización del corpus: son ahora 1.039, los ítems léxicos negativos, casi el 20 % más que en el
recuento anterior:
Figura 3. Análisis de DOVI con un lexicón especíco y perl de sentimiento textual
Además, si se observa el gráco al pie de la gura 3, se puede ver que el eje horizontal expresa la longitud
del texto, según Lingmotif. En el eje vertical, por contraste, puede verse que los picos de polaridad del texto
son más negativos que positivos, alcanzando el valor más negativo en el segmento 10 y los más positivos
en el 79 y el 93. El primer segmento, el 10, es la parte 1 de la ley, una esquemática exposición de motivos,
donde se expresa de forma somera lo que se concibe como la violencia doméstica, y se trata de las víctimas
y de ciertos aspectos penales. Como ejemplo de secuencia de ítems negativos (en negrita) al comienzo de la
ley se ofrecen los casos siguientes:
“3. A person who, without reasonable excuse, does anything that he is prohibited from doing by a non-
molestation order is guilty of an offence.
4. A person guilty of an offence under this section […] is liable on conviction on indictment, to
imprisonment […].”
Los segmentos más positivos (en cursiva), que apenas superan la neutralidad, exponen partes de la ley en
las que se habla de los remedios previstos por esta y los mecanismos de Estado que han de administrarlos,
como en:
“5. The relevant local probation board must take all reasonable steps […].
6. […] the grant of leave of absence to the person in respect of whom the determination has been made would
threaten the safety, or otherwise adversely affect the well-being of […] the actual victim of the offence
[…].”
Así, en estos segmentos, los ítems positivos, no muy numerosos, pero más numerosos que en otras partes
del texto, se alternan con alguno negativo. Lingmotif nos muestra que en ninguno de estos casos hay
contradicción en la existencia de polaridades contrarias: threaten (–) the safety (+) enuncia aquello que a la
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ley le preocupa: la seguridad, como valor positivo y digno de preservación, y el que esta quede amenazada,
como valor negativo y susceptible de erradicación.
En contraste, vemos los resultados sobre las leyes españolas en la gura 4, a continuación:
Figura 4. Análisis de las leyes españolas con un lexicón general
A través de Lingmotif podemos ver que los valores de las leyes españolas procesadas en conjunto, en lo que
se reere a la polaridad de sentimiento, expresan que estos son marginalmente más negativos que los de
las leyes inglesas (TSS = 45, frente al TSS = 46 del corpus inglés, que veíamos arriba), así como algo más
intensos en la actividad emocional, con un TSI de 65 de las leyes españolas, frente al 58 de las inglesas. Esto
apunta a que, efectivamente, ninguna de las leyes analizadas es totalmente neutra, y a que existen marcas de
emotividad en todas, en mayor o menor medida.
Figura 5. Comparativa de TSS y TSI en las leyes españolas
Si miramos con más detenimiento los resultados, tal y como los expresa la gura 5, podemos ver,
adicionalmente, que LOVI, la ley española de la violencia de género, es, en principio, comparativa-
mente más negativa que la de su subcorpus de referencia, la Ley del Menor (TSS = 45, TSS = 46)
y que, sin embargo, este subcorpus de referencia muestra más índices de intensidad de sentimiento,
con casi el doble de actividad emocional: 1.622 unidades valorativas en la Ley del Menor y 991 en
LOVI. Estos resultados son, recordemos, similares en los subcorpus ingleses, donde DOVI, antes
de incorporarle el plugin especíco, ofrecía más negatividad y más intensidad que la Children Act,
lo que nos lleva a apuntar que, en general, las leyes del menor se formulan más positivamente en
ambos países que las de violencia de género y doméstica. Sin embargo, la gura 6 expresa los re-
sultados obtenidos tras la aplicación del lexicón especíco y, como ocurría en el caso de DOVI, esta
aplicación cambia mucho el panorama analítico, pero con opuesto resultado, como podemos ver a
continuación:
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Figura 6. Análisis de LOVI con un lexicón especíco y perl de sentimiento textual
Atendiendo a estos resultados, podemos ver la radical diferencia. LOVI, que, antes de aplicarle el plugin,
podía parecer una ley con una leve polaridad negativa, ahora tiene una polaridad bastante positiva: de tener
462 ítems positivos ha pasado a tener 781, aunque ha aumentado en negatividad también ligeramente, de
529 a 644 ítems negativos (recordemos que solo la palabra víctima, incluida en el lexicón como negativa,
tiene una gran frecuencia y especicidad en el subcorpus español). El resultado de esta actividad emocional
es un valor de intensidad del sentimiento de 97, lo que la hace, además de la más positiva, la más intensa
de todas las leyes analizadas con Lingmotif. En concreto el segmento 5, que coincide con el momento en
que la ley, en su parte expositiva, expresa su preámbulo o exposición de motivos5 tiene una valencia de 85,
lo que hace este segmento asaz positivo, junto con el segmento 7 en esta misma parte, con una valencia de
79. Es aquí precisamente, en estos segmentos, donde se expone el propósito de la ley o las razones que han
llevado a su promulgación, y en los que la carga ideológica es mayor, con la utilización de palabras como
igualdad, dignidad humana, libertad, sensibilización, derechos, respeto, socialización, a través de las cuales
el legislador apunta a los altos objetivos que la ley se marca. Así, por ejemplo:
“7. La conquista de la igualdad y el respeto a la dignidad de las personas tienen que ser un objetivo prioritario
en todos los niveles de socialización.
8. En particular, se desarrollarán programas de sensibilización y formación continua del personal sanitario
con el n de mejorar e impulsar el diagnostico precoz, la asistencia y la rehabilitación de la mujer.”
Este factor, la existencia de una parte inicial en la ley española donde se demuestran las razones para la
introducción de una nueva disposición en el mundo jurídico (Santaolalla, 1991: 49), contrasta con la ausencia
de dicha justicación en la ley inglesa, en la que, como veíamos, la exposición de motivos es un mero
encuadre de la ley en un contexto legislativo dado; en este caso, el de constituirse como un instrumento de
consolidación y/o actualización de otras leyes.
Más tarde, en los segmentos 30, 32 y 35, también con valencias muy altas, por encima de 70, la ley se
ocupa de articular los mecanismos de subsanación, intervención y protección con los que esos objetivos
van a conseguirse. En contraste, las depresiones en la gráca que indican una polaridad negativa (segmento
12, valencia 26; 51, valencia 29; 84, valencia 31) es donde este instrumento legislativo se reere a los
perpetradores de la violencia de género y elabora sus castigos o medidas cautelares a tener en cuenta para la
protección de mujeres y menores (en negrita):
“9. En las actuaciones previstas […] las mujeres que […] puedan tener mayor riesgo de sufrir la violencia
de género o mayores dicultades para acceder a los servicios […], las pertenecientes a minorías, las
5 Ambos, preámbulo y exposición de motivos, tienen a todos los efectos la misma nalidad, en el caso de las leyes españolas: la parte
expositiva de la ley, la introducción sin valor normativo (Santaolalla, 1991:47-48)
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inmigrantes, las que se encuentran en situación de exclusión social o las mujeres con discapacidad.
10. Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión
de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido.”
Adicionalmente, y como vemos, existe mucha más homogeneidad en los segmentos valorativos de LOVI que
en DOVI: en la ley inglesa, los ítems axiológicos positivos siempre van acompañados de ítems negativos,
como se corresponde con el carácter terminológicamente determinado por el discurso penal de esta ley. Y
así, en LOVI predominan de forma considerable los conceptos positivos; pero, cuando se tipica el delito y
su castigo, la tendencia es homogéneamente negativa.
5 Conclusiones
Este estudio ha intentado poner de maniesto que la forma en la que están verbalizadas las dos leyes que
regulan la violencia de género y doméstica en España e Inglaterra desde el punto de vista léxico tiene mucho
que ver con los objetivos políticos o sociológicos que la ley se propone abordar. Al mismo tiempo, se ha
querido demostrar que esos mismos objetivos, junto con la tradición jurídica de la que emanan las leyes en
cuestión, están relacionados con la carga emotiva que está impresa en las mismas. Como se apuntó al principio
de este trabajo y al formular las hipótesis de este, se ha querido demostrar que existen diferentes grados de
emotividad en la redacción de las cuatro leyes escrutadas en este trabajo: los dos subcorpus principales
y los de referencia. En este sentido, la polaridad e intensidad de sentimiento aumenta al procesar los dos
subcorpus principales, las leyes de violencia, a través de un diccionario especíco, construido sobre el marco
conceptual que sustenta dichas leyes. Dicha polaridad se intensica negativa o positivamente en algunos
segmentos de las leyes más que en otros. Se observa especialmente cómo, en la exposición de motivos de la
ley española, la carga ideológica es mayor, precisamente porque esta sección, muy característica del derecho
hispánico, carece de valor normativo, pero establece los objetivos políticos o sociológicos que la ley se
propone abordar.
De este modo, el instrumento legislativo inglés, DOVI, se nos presenta como una herramienta técnica que
se limita a arbitrar ciertas enmiendas a otras leyes y a regular de forma más estricta algunas conductas
punibles como el acoso o el homicidio en el seno del hogar. Esto se ha podido ver léxicamente, donde el
margen de conceptualización queda restringido por la terminología jurídica y donde el relato de la ley se
limita a nombrar sujetos en neutro (person, victim, the accused) y a relatar tipicaciones penales (murder,
homicide, manslaughter, harassment) y sus consecuencias (arraignment, conviction, indictment, probation).
La polaridad negativa de la ley, así como su intensidad de sentimiento, han aumentado considerablemente al
aplicar el lexicón especíco y procesarlas con el programa del SA aquí utilizado.
En contraste, LOVI es un instrumento legislativo con un propósito muy denido, que es la erradicación integral
de un comportamiento violento que “se pone en relación con las jerarquías de género que habitualmente la
sustentan, como forma de organización social que subordina a las mujeres respecto a los hombres” (Salvador,
2015), y que pretende involucrar todos los aspectos de la sociedad: doméstico, cultural, político, psicológico,
educativo e incluso económico. Al analizar la ley desde el punto de vista léxico, se ha visto que existe, de
hecho, una gran conceptualización de los principios generales que sustentan su argumentario. Por otra parte,
si bien, en los dos países, las leyes de violencia han mostrado más negatividad en su redacción que las del
menor, al someter a la ley española, LOVI, al procesamiento con el diccionario especíco, se ha descubierto
que, en realidad, esta es una ley con una polaridad bastante positiva y una gran intensidad de sentimiento. Ya
nos hemos referido, al principio de esta sección, al hecho de que precisamente la exposición de motivos de
la ley alberga mayor carga ideológica por la nalidad comunicativa no normativa que posee en el texto. Esta
carga ideológica está bastante ausente en la ley inglesa, donde el preámbulo es una mera exposición de las
leyes que esta ley en concreto enmienda o consolida.
Concluyendo, se puede armar, a consecuencia de este estudio y como ya se apuntaba al principio, que,
efectivamente, el empleo de un abanico de unidades léxicas con carga valorativa en los textos legislativos
tiene la potencialidad de expresar y provocar emociones en el receptor de la ley. Asimismo, la cultura jurídica,
la situación social concreta en que la ley se enmarca y cómo se percibe la dimensión del problema que esta se
aviene a solucionar en la sociedad son factores que inuyen en esa emotividad, en su polaridad e intensidad.
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Así, y al hilo de los resultados de nuestro estudio, la ley ejecuta valoraciones y evalúa conductas: hemos
visto, según nos ilustraba Lingmotif, que, en la medida en que una sección de la ley está más orientada a
castigar que a conceder derechos, su polaridad es más negativa; en la medida en que esta proporción se
invierte, su polaridad positiva aumenta. Este estudio ha querido demostrar que la expresión polarizada de la
positividad o de la negatividad está imbricada en la forma en que la legislación afronta un problema como
la violencia de género y doméstica en ambos países, y en el papel que dicha legislación tiene en la cultura
jurídica desde la que se emite y donde se redacta y aplica.
Finalmente, hay que señalar que este estudio ha querido constituirse como un acercamiento al ámbito léxico
de las leyes, de forma exclusiva, y constituye un paso más en la aplicación del análisis del sentimiento
en los textos legislativos. Será objeto de trabajos posteriores el estudio de los elementos gramaticales
(fundamentalmente, los verbos deónticos y epistémicos) y su función pragmática en un marco más amplio
que, teniendo en cuenta algunos de los resultados aquí mostrados, contemple los datos desde el paradigma
de la teoría de la valoración, por ejemplo. Esto ofrecería una dimensión más holística e integral de lo que
signica la verbalización de la interpersonalidad en las leyes de la violencia de género y doméstica de estas
dos culturas jurídicas.
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