Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas104-107
Recopilación mensual n. 84, Noviembre 2018
104
Autonómica
Andalucía
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 14 de noviembre de 2018
Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la
transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 199, de 15 de octubre de 2018
Temas Clave: Cambio climático; Gases de efecto invernadero; Emisiones; Sumideros de
carbono; Energía; Competencias; Plan Andaluz de Acción por el Clima; Programas; Planes
municipales; Huella hídrica; Participación pública; Red de Observatorios; Información;
Convenios de colaboración; Contratación pública; Transporte; Movilidad; Proyectos de
compensación y de autocompensación de emisiones; Espacios Naturales Protegidos;
Municipio de baja emisión de carbono; Registro; Sistema Andaluz de Compensación de
Emisiones; Huella de carbono de productos y servicios; Sanciones
Resumen:
En el marco del cumplimiento de los compromisos alcanzados en el Acuerdo de París, la
Comunidad Autónoma de Andalucía (CA) considera que hay que movilizar al sector
público, a las empresas y a la sociedad civil. Y es que la nada desdeñable reducción de
emisiones a alcanzar en 2050 incidirá intensamente en la vida de la ciudadanía europea y de
todas las empresas, sin olvidar el papel de las administraciones; por lo que resulta
imprescindible abordar los problemas cuanto antes.
En este contexto, la CA apuesta por una ley cuya finalidad es establecer los objetivos y
medidas de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero e incrementar la
capacidad de los sumideros de CO2. Asimismo, se pretende impulsar una transición
energética justa hacia un futuro modelo social, económico y ambiental en el que el
consumo de combustibles fósiles tienda a ser nulo. Todo ello, a través de una promoción
de fuentes de energía renovables preferentemente de proximidad. En definitiva, se
establece un marco normativo para estructurar y organizar la lucha contra el cambio
climático en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
La presente ley se estructura en un título preliminar y siete títulos. El título preliminar
contiene las disposiciones de carácter general relativas al objeto de la ley, su ámbito de
aplicación y los principios rectores en los que se basa.
En el título I se regulan los aspectos competenciales y organizativos. Se crea la Comisión
Interdepartamental de Cambio Climático como órgano colegiado de coordinación y
colaboración entre las Consejerías de la Junta de Andalucía para la preparación del Plan
Andaluz de Acción por el Clima, y asimismo, se crea la Oficina Andaluza de Cambio

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