Jurisprudencia básica en materia de extranjería

AutorPurificación Cremades García
CargoAbogada y Profesora Asociada de Derecho civil de la Universidad Miguel Hernández de Elche
Páginas1-5

    La presenta selección de jurisprudencia, que abarca el periodo 2003-2006, se ha realizado a tenor de la importancia de los temas, que consideramos más significativos en el marco del Derecho de extranjería.

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Sentencia de 14 de marzo de 2006 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Sala de lo Social

Ponente: Carlos Martínez Toral (NJBosch consultado 17-5-2006).

Al actor, de nacionalidad rumana, sin permiso de trabajo y sin alta en el Régimen General de la Seguridad Social, se le deniega la prestación por desempleo, por ser ciudadano extranjero sin residencia legal en España. Y ello a pesar de haber trabajado, para las empresas que después le despidieron e indemnizaron por el despido declarado improcedente.

“Según la L.O. 4/2000, en su artículo 33, en su párrafo 2, del número 3, establece que los empleadores que contraten a un trabajador extranjero deberán solicitar la autorización y obtener la misma del Ministerio de Asuntos Sociales y de trabajo. La carencia de la correspondiente autorización para contratos por parte del empleador, sin perjuicio de las responsabilidades a que dé lugar, no invalidará el contrato de trabajo respecto de los derechos del trabajador extranjero.

Por otro lado la normativa expuesta (L.O. 4/2000, de 11de Enero, L.O. 8/2000 de 22 de diciembre) ha de ser interpretada según los criterios hermenéuticos de las leyes que establece el artículo 3.11 del Código Civil. El elemento gramatical...De igual forma los antecedentes históricos y legislativos...Además ha de valorarse el elemento sociológico, la realidad social del tiempo en que ha de ser aplicada, y el elemento teleológico y finalidad, confirman la interpretación de la ley indicada, con la que se ha de proteger al trabajador extranjero como víctima y principal perjudicado de una realidad social que demuestra la frecuente contratación irregular de empresarios que aprovechan esta situación para imponer condiciones de trabajo abusivas, con el convencimiento de que el trabajador carece de posibilidad legal de exigir el cumplimiento de las obligaciones ordinarias de cualquier contrato de trabajo, a lo que se quiere poner término permitiendo al trabajador actuar contra este empresario también en el ámbito laboral, o reconociéndole los derechos inherentes a la actividad laboral, como es el desempleo”.

Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Melilla de 24 de Febrero de 2006

Ponente: Silvestre Martínez García. (La Ley de 21 de Abril de 2006).

Se impugna por diferentes asociaciones la devolución a Marruecos de 73 subsaharianos que entraron en España forzando la valla fronteriza de Melilla.

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Consideran los demandantes que enviar a los 73 inmigrantes a las autoridades marroquíes, vulnera el art. 15 de la CE, al ponerse en riesgo la integridad física y la vida de los mismos, pues según ellos el país vecino no respeta tales derechos. Al respecto se afirma en la sentencia:

“...hay que partir de la legislación en materia de extranjería, constituida por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero, sobre Derechos y Libertades de los...

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