La juridificación del derecho a decidir en España. La STC 42/2014 y el derecho a aspirar a un proceso de cambio político del orden constitucional

AutorJoan Ridao i Martín
CargoUniversitat de Barcelona, UB
Páginas91-136
LA JURIDIFICACIÓN DEL DERECHO
A DECIDIR EN ESPAÑA
La STC 42/2014 y el derecho a aspirar
a un proceso de cambio político del orden
constitucional
JOAN RIDAO I MARTÍN
SUMARIO
1. LA STC 42/2014, DE 25 DE MARZO, SOBRE LA «DECLARACIÓN DE
SOBERANÍA Y DEL DERECHO A DECIDIR DEL PUEBLO DE CATALU-
ÑA». 2. EL DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN Y LA JURIDIFI-
CACIÓN DEL DERECHO A DECIDIR EN LA ESFERA INTERNACIONAL.
3. EL ENCAJE DEL DERECHO A DECIDIR EN EL ORDEN CONSTITU-
CIONAL INTERNO ESPAÑOL. ANTECEDENTES. 3.1. El llamado «Plan
Ibarretxe». 3.2. El caso catalán: la denominada «Transición Nacional». 4. LOS
INSTRUMENTOS DE CONSULTA QUE NO SUPONEN EJERCITAR EL
DERECHO A LA AUTODETERMINACIÓN. 4.1. Consecuencias de la débil
normativización de los referéndums en España. 4.2. La posible territorialización
de los referéndums del artículo 92 CE. La eventual delegación de la competencia
estatal para autorizar referéndums ex artículo 150.2 CE. 5. LOS REFERÉN-
DUMS Y LAS CONSULTAS EN EL ÁMBITO AUTONÓMICO. 5.1. La le-
gislación catalana de consultas populares. 5.2. Un híbrido llamado consulta no
referendaria. CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA.
© UNED. Revista de Derecho Político
N.º 91, septiembre-diciembre 2014, págs. 91-136 93
LA JURIDIFICACIÓN DEL DERECHO
A DECIDIR EN ESPAÑA
La STC 42/2014 y el derecho a aspirar
a un proceso de cambio político del orden
constitucional
DR. JOAN RIDAO I MARTÍN
Universitat de Barcelona (UB)
jridao@ub.edu
1. LA STC 42/2014, DE 25 DE MARZO, SOBRE LA «DECLARACIÓN
DE SOBERANÍA Y DEL DERECHO A DECIDIR DEL PUEBLO
DE CATALUÑA»
La Sentencia del Tribunal Constitucional (TC) relativa a la «Resolución 5/X
del Parlamento de Cataluña, por la que se aprueba la Declaración de soberanía
y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña»,1 dejó sentado que «la cláusula
primera de la Declaración, que proclama el carácter de sujeto político y jurídico
soberano de Cataluña, debe ser considerada inconstitucional y nula».2 En dicha
Sentencia, el alto Tribunal entendió que el reconocimiento que dicha declaración
1 BOE núm. 87, de 10 de abril de 2014, pp. 77-99.
2 El Parlamento de Cataluña aprobó el 23 de enero de 2013 la referida Resolución, por la que
se acordaba iniciar un proceso para hacer efectivo el ejercicio del derecho a decidir [el futuro polí-
tico colectivo] de los ciudadanos de Cataluña en los siguientes términos: «[E]l pueblo de Catalu-
ña tiene, por razones de legitimidad democrática, el carácter de sujeto político y jurídico sobera-
no». Y añadía, «se facilitarán todas las herramientas necesarias para que el conjunto de la población
y la sociedad civil catalana tengan toda la información y el conocimiento adecuado para ejercer el
derecho a decidir y para que se promueva su participación en el proceso, además de que se dialo-
gará y se negociará con el Estado español, con las instituciones europeas y con el conjunto de la
comunidad internacional [...]». Fue aprobada con 85 votos favorables (50 CiU, 21 ERC, 13 ICV
y 1 CUP), 41 en contra (17 PP, 15 PSC y 9 Ciudadanos) y 2 abstenciones (CUP). Vid. Diario de
Fecha recepción: 23.05.2014
Fecha aceptación: 9.09.2014

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR