Introducción

AutorIgor Minteguia Arregui
Páginas15-18

Page 15

Los distintos apartados del primer párrafo del artículo 20 de la Constitución española reconocen una serie de derechos fundamentales vinculados a la libertad de expresión e información, entre los que se incluye, concretamente en la letra b), la libertad de producción y creación artística y literaria1. La mención a esta libertad específica, relacionada con el ámbito del arte y la cultura, supuso una novedad aportada por el poder constituyente de 1978. A pesar de esta circunstancia, nuestros órganos jurisdiccionales, principalmente el Tribunal Constitucional, no han tenido en cuenta las particularidades de este artículo 20.1 b) del texto constitucional, por lo que, hasta el momento, no se ha realizado un examen en profundidad de sus principales elementos. A esta conclusión llegamos también al analizar los trabajos realizados en torno a este tema en la doctrina española; así, salvo contadas excepciones, esta libertad ha sido definida por la doctrina constitucionalista como una simple manifestación de la libertad de expresión cuya especificidad se sitúa en el soporte utilizado para su ejercicio.

La falta de un análisis pormenorizado de este precepto constitucional nos planteó la posibilidad de llevar a cabo un trabajo de investigación que tuviera como objeto estudiar las peculiaridades del derecho fundamental de libertad de producción y creación artística y literaria desde la perspectiva del Derecho Eclesiástico del Estado. Para ello, consideramos idóneo centrarnos en dos temas concretos en relación con esta libertad:

En primer lugar, este trabajo estudiará los elementos principales que configuran este novedoso derecho fundamental, en especial, las facultades que integran su contenido.

Los elementos que nos permitirán abordar de una manera adecuada este estudio los encontraremos, principalmente, en la Page 16discusión planteada en el Derecho privado en relación a la tutela constitucional del derecho de autor. Los argumentos expuestos por las diferentes posiciones teóricas en torno a este problema nos ofrecerán una serie de datos de gran importancia para elaborar nuestra propuesta en torno al sujeto, objeto y contenido de este derecho fundamental.

Una vez realizada nuestra propuesta sobre esta cuestión, pasaremos a analizar la relación existente entre esta libertad y el que consideramos el objeto formal de nuestra área de conocimiento, el derecho de libertad de conciencia.

En palabras de LLAMAZARES FERNÁNDEZ, la libertad de conciencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR