La posible interrupción de la prescripción como consecuencia de la presentación de determinados escritos. Comentario a la sentencia del TS de 26 febrero 2003

AutorJavier Lorite Martínez
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

Es bien conocido que la actuación de un contribuyente consistente en la presentación de un escrito es uno de los motivos que, en términos generales, produce la interrupción de la prescripción. El interés de la sentencia objeto de este breve comentario, radica en la diferenciación que formula entre escritos que interrumpen la prescripción frente a aquellos que no producen tal efecto.

La referida sentencia contempla los efectos sobre la prescripción de la presentación de escritos en el marco de actuaciones procedimentales de naturaleza administrativa. Una consideración previa que debe formularse es que, si bien la sentencia se ocupa de un supuesto fáctico acaecido en el ámbito de una reclamación económico-administrativa, consideramos que lo expuesto en ella es perfectamente extensible a otros recursos administrativos como el de reposición o el de devolución de ingresos indebidos, por citar dos ejemplos.

Debe tenerse presente a la hora de valorar esta sentencia que la LGT determina que la prescripción, entre otros motivos, se interrumpe por la interposición de reclamaciones o recursos de cualquier clase; dicho ello, el TS en la sentencia objeto de comentario confirma que no interrumpirá el plazo de prescripción la presentación de un escrito no tendente a impulsar un procedimiento y que no sea consecuencia de un acto reglado. En el caso de autos se trataba de un simple escrito no enmarcado en ningún trámite procesal de las reclamaciones económico-administrativas, dado que el reclamante sólo pretendía señalar la jurisprudencia aplicable al caso según su criterio, aportación llevada a cabo con posterioridad a la presentación del escrito de alegaciones, e instándose en su suplico que exclusivamente se tuviera por presentado el referido...

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