Modificaciones en el modelo 347 de operaciones con terceros, en el modelo 340 de Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro y en relación con los supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la AEAT

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas17-18

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El 26 de noviembre de 2011 se publicó en el BOE el Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre.

Este Real Decreto regula, en primer lugar, los denominados "días de cortesía". En concreto, los obligados tributarios podrán señalar, a efectos de las comunicaciones y notificaciones por vía electrónica de la AEAT, un máximo de treinta días de cada año en los que la AEAT no les podrá efectuar notificaciones en su dirección electrónica.

Se introduce en este sentido un nuevo supuesto de dilación no imputable a la Administración cuando las notificaciones pudieron realizarse durante los "días de cortesía" pero no se hicieron en atención a su señalamiento como tales "días de cortesía" por el obligado tributario.

Por otro lado, entre otras modificaciones:

· Se revisa el modelo de declaración de operaciones con terceros (modelo 347):

· Se exonera de la obligación de presentación del modelo 347 a quienes estuvieran obligados a la presentación de la declaración de operaciones en libros registro del IVA (modelo 340).

· Se modifica la declaración con el objeto de que los datos queden desglosados por trimestres.

· Para aquellas personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas (que tributen en el IRPF por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los regímenes especiales simplificado o de la

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agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia) se establece que únicamente se deberá presentar el modelo 347 por las operaciones por las que se haya expedido factura.

· Por lo que respecta a los criterios de...

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