La incidencia de la falta de fe de los contrayentes en la validez del consentimiento matrimonial,

AutorLuis María de Ruschi
Páginas131-149
LA INCIDENCIA DE LA FALTA DE FE
DE LOS CONTRAYENTES EN LA VALIDEZ
DEL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL
Luis María DE RUSCHI
Ministerio de Relaciones Exteriores de la Argentina
Tribunal Interdiocesano Bonaerense
1. PRESENTACIÓN
Una gravísima crisis sacude desde sus cimientos al matrimonio y a la fa-
milia. Que esta crisis es una manifestación parcial de una crisis más amplia
que conmueve los restos que aún perduran de la vieja civilización cristiana
no es una consideración que requiera de un análisis muy profundo. Ya en
el año 2003 el pontífice JUAN PABLO II, dirigiéndose a los jueces de la Rota
Romana, advertía: «El nexo entre la secularización y la crisis del matrimo-
nio y la familia es muy evidente. La crisis sobre el sentido de Dios y sobre
el sentido del bien y del mal moral ha llegado a ofuscar el conocimiento de
los principios básicos del matrimonio y de la familia que en él se funda» 1.
El dilema candente, como ha sido una constante en la historia frente
a este tipo de embates, es saber cuál es el camino a seguir: ¿acomoda-
1 «Il nesso tra la secolarizzazione e la crisi del matrimonio e della famiglia è fin troppo
evidente. La crisi sul senso di Dio e sul senso del bene e del male morale è arrivata ad oscura-
re la conoscenza dei capisaldi dello stesso matrimonio e della famiglia che in esso si fonda»,
AAS, vol. 95 (2003), p. 394.
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miento a las circunstancias o resistencia razonada en defensa de las ins-
tituciones?
Estos problemas han sido tratados durante el desarrollo de la Tercera
Asamblea Extraordinaria del Sínodo de los Obispos convocado bajo el
lema «Desafíos pastorales de la familia en el contexto de la nueva evan-
gelización», cuya continuación tendrá lugar el próximo mes de octubre
con la celebración de la XIV Asamblea General Ordinaria que tratará
acerca de «La vocación y misión de la familia en la Iglesia y en el mundo
contemporáneo».
Dentro de las diversas cuestiones relativas al matrimonio que han
sido debatidas por los padres sinodales el pasado año, centraremos la
atención en la referida a la consideración de la falta de fe personal de
los contrayentes y su eventual incidencia en la validez del consenti-
miento matrimonial, un tema que recién en los años setenta del siglo
pasado comenzó a ser tratado por teólogos y canonistas respecto de los
llamados «católicos sin fe». Nuestra intención es presentar de modo
simple y sistemático una cuestión que ha sido abordada ampliamente
en ámbitos académicos y judiciales canónicos, pero que ha sido poco
divulgada entre la feligresía, incluida aquélla más ilustrada en los con-
tenidos de la fe.
2. TRATAMIENTO DE LA CUESTIÓN EN EL AULA SINODAL
En la «Relatio ante disceptationem» presentada en fecha 6 de octubre
del pasado año por el relator general cardenal P. ERDÖ 2, se puso a con-
sideración de los padres sinodales la siguiente propuesta: «Haría falta
valorar la relevancia de la intención de la fe de los novios prometidos en
orden a la validez del matrimonio sacramento, según el principio general
que para la validez de un sacramento es necesario que haya la intención
de hacer lo que hace la Iglesia», lo que equivale decir que, además de la
intención requerida ordinariamente para la celebración válida del sacra-
mento del matrimonio —es decir, una verdadera intención matrimonial
que podríamos llamar natural—, se requeriría de los contrayentes un de-
terminado grado de fe subjetiva, incluida la relativa a la naturaleza sacra-
mental del matrimonio, necesario para tener una intención sacramental
específica añadida a la intención matrimonial.
2 https://press.vatican.va/content/salastampa/es/bollettino/pubblico/2014/10/06/
0712/03003.html.
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