Impuesto sobre sucesiones y donaciones: exenciones

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Sentencias

1) Resulta incompatible la condición de sociedad agraria de transformación con la calificación como explotación familiar agraria, no procediendo por ello exención alguna. STSJ Aragón 12-4-00. P. Sr. Servera Garcías. JT 2000/1631.

Fundamento jurídico 6º.: … ha quedado probada la existencia de una Sociedad Agraria de Transformación, inscrita desde 1982 en el correspondiente Registro con el número 2356 y la denominación >, hasta su disolución aprobada por el Ministerio de Agricultura en resolución de 15-6-1995, de funcionamiento anterior y posterior, por tanto, al fallecimiento del causante, y cuyo régimen jurídico, bien diverso del de la explotación agraria invocada, se encuentra regulado en el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, del que la principal nota diferenciadora deriva de su artículo 1, conforme al cual las SAT son sociedades civiles de finalidad y económico-social en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos forestales que gozan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de su finalidad, siendo su patrimonio independiente del de sus socios, caracteres bien diversos e incompatibles con los propios de las Explotaciones familiares agrarias que derivan de los artículos 2 y 4 anteriormente transcritos de la Ley reguladora de su Estatuto .

2) No son aplicables los beneficios fiscales previsto para los seguros de vida, al no poderse calificar los contratos como tales. SAN 18-1-01. P. Sra. García García-Blanco. JT 2001/413.

Fundamento jurídico 3º.: … las operaciones incluidas en las libretas KD de La Caixa no pueden considerarse como seguro y en consecuencia no procede aplicarles las bonificaciones que contempla la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en su Disposición Transitoria Cuarta .

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