Impuesto sobre el patrimonio: base imponible

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Normas

1) Orden de 13 de febrero de 2001, del Ministerio de Hacienda, por la que se aprueba la relación de valores negociados en mercados organizados, con su valor de negociación media correspondiente al cuarto trimestre de 2000, a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2000 (BOE núm. 39, de 14-2-01).

Los artículos 13 y 15 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, establecen que el Ministerio de Economía y Hacienda publicará anualmente una relación de los valores que se hayan negociado en mercados organizados, incluyendo los representativos de la cesión a terceros de capitales propios y los valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, con su cotización media correspondiente al cuarto trimestre de cada año.

A tal efecto se hace necesario publicar la mencionada información, para lo cual se ha contado con la colaboración técnica de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que, como Agencia Nacional de Codificación, ha procedido a la consolidación de los datos provenientes de cada una de las cuatro Bolsas de Valores, incorporando el correspondiente código ISIN y denominación para facilitar la labor de los Bancos y demás Entidades depositarias.

Se incorporan a dicha información, como en ejercicios anteriores, las cotizaciones medias de los valores negociados en el mercado oficial de la Deuda Pública anotada, cuya relación se ha elaborado con los datos suministrados por el Banco de España, en su condición de Central de Anotaciones del sistema, y con la colaboración técnica de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Además, se incluyen las cotizaciones medias del último trimestre de los valores de renta fija privada negociados en el mercado de la Asociación de Intermediarios de Activos Financieros (AIAF), con lo que se completa la totalidad de los valores negociados en los mercados organizados, que actualmente funcionan en nuestro país. Por último, resaltar que se recogen las cotizaciones dinerarias en pesetas, pero con su correspondiente valor en euros.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

Se aprueba la...

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