Decreto 60/2012, de 5 de abril, del Consell, por el que se regula el régimen especial de evaluación y de aprobación, autorización o conformidad de planes, programas y proyectos que puedan afectar a la Red Natura 2000 (DOGV núm. 6750 de 10 de abril)

AutorCelia Gonzalo Miguel
CargoPersonal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Páginas39-41

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Temas clave: Evaluaciones ambientales, Evaluación ambiental estratégica; Evaluación de impacto ambiental, Red natura

Resumen:

El objeto del presente Decreto es por un lado, regular el régimen especial de evaluación y aprobación, autorización o conformidad de los planes, programas y proyectos que puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000 y que vayan a desarrollarse en el territorio de la Comunidad Valenciana; y por otro, el establecimiento de un procedimiento coordinado y conjunto con el de evaluación ambiental estratégica de planes y programas y de evaluación de impacto ambiental de proyectos, que simplifique los procedimientos administrativos existentes desde la perspectiva de la reducción de las cargas administrativas.

En cuanto a las Disposiciones Generales del Capítulo I destacar que el Decreto será de aplicación a todos los planes, programas y proyectos que pretendan realizarse en el territorio de la Comunitat Valenciana, con inclusión de los espacios marítimo-terrestres y de los espacios marinos en los que la Generalidad establezca competencias siempre que cumplan los siguientes requisitos de localización: que se localicen en el interior de los espacios Red Natura 2000 o en sus zonas periféricas de protección; que se localicen en las áreas de conectividad previstas en las normas de gestión de los espacios Red Natura 2000; que se localicen en el dominio público hidráulico o zonas de servidumbre de cuencas fluviales que atraviesen o desemboquen en espacios Red Natura 2000; o que se localicen en los ámbitos territoriales distintos de los anteriores expresamente indicados en las normas de gestión (artículo 3).

En relación al ámbito material de aplicación (artículo 4), quedarán sometidos a lo establecido en el presente Decreto todos los planes y programas, incluidos los de reducido ámbito territorial, así como sus modificaciones, menores o no, que se elaboren o aprueben por una Administración Pública que dicha elaboración o aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Ministros, del Consell o del pleno de una corporación local.

El órgano competente para realizar la evaluación Red Natura 2000 será el órgano gestor de ésta, entendiéndose por tal, aquella dirección general que dentro de la consellería competente en materia de medio ambiente tenga encomendadas las funciones en esta

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materia, y sin perjuicio de las competencias evaluatorias concurrentes que tenga el...

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