Freitag, Robert / Leible, Stefan / Sippel, Harald / Wanitzek, Ulrike: Internationales Familienrecht für das 21.

AutorSusana Navas Navarro.
Páginas1409-1411

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FREITAG, Robert / LEIBLE, Stefan / SIPPEL, Harald / WANITZEK, Ulrike: Internationales Familienrecht für das 21. Jahrhundert (Symposium zum 65. Geburstag von Ulrich Spellenberg), Sellier European Law Publishers, München, 2006, 230 pp. ISBN: 3-935808-57-7.

El volumen, objeto de nuestra recensión, recoge las diversas contribuciones al acto universitario que celebraba los 65 años del profesor Ulrich Spellenberg. El simposio, que fue organizado por algunos de sus discípulos (Robert Freitag/Stefan Leible/Harald Sippel/Ulrike Wanitzek), fue -como tienen que ser estos actos- eminentemente intelectual, donde además de destacar la trayectoria científica y universitaria del homenajeado, los participantes contribuyeron con sus ideas a que se reflexionara sobre el futuro del Derecho de familia internacional. Page 1410

En el simposio estuvieron presentes las tres facetas que el profesor Ulrich Spellenberg ha venido cultivando: el Derecho internacional privado y, concretamente, dentro de él, el Derecho de familia, el Derecho comparado y el estudio del Derecho africano. No en vano era miembro activo de la Sociedad por el Derecho africano.

En el primer ámbito citado, las intervenciones pusieron de relieve que el Derecho de familia desde la perspectiva internacional se encuentra inmerso en una etapa de cambios y, a buen seguro, de cambios profundos debido a múltiples factores de, entre los cuales, deben destacarse dos: en primer lugar, las grandes migraciones que están marcando el inicio del siglo xxi y, en segundo lugar, los intentos de unificar el Derecho tanto a escala europea como internacional.

a) En efecto, los importantes movimientos de la población mundial en busca de mejores oportunidades, conllevan no sólo una interculturalidad social sino también una interculturalidad legal, esto es, los jueces y magistrados ya no sólo deben conocer su Derecho sino que, muchas veces, se ven abocados por las normas de conflicto a aplicar -y por tanto conocer- un Derecho material que, en principio, les resulta extraño pero que inevitablemente cada vez lo será menos. La globalización también tiene su influencia en el Derecho y, sobre todo, en el Derecho internacional, donde debería significar, quizá, la elección del Derecho que las partes desean que sea aplicable a su relación y que no, necesariamente, ha de ser el Derecho que se deriva de su estatuto personal, es decir, la nacionalidad (Christian Kohler, «Der Einfluss der Globalisierung auf die Wahl der...

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