Fiscalidad de la Unión Europea

Páginas191-192

Page 191

Legislación
(Impuesto sobre el Valor Añadido)

Directiva 2010/45/UE del Consejo, de 13 de julio de 2010, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, en lo que respecta a las normas de facturación (DO L 189, de 22-7-2010).

Reglamento (UE) 904/2010 del Consejo, de 7 de octubre de 2010, relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido (DO L 268, de 12-10-2010).

Jurisprudencia
(Impuestos indirectos que gravan la concentración de capitales)

Impuestos indirectos - impuesto sobre el aumento del capital social - artículo 4, apartado 1, letra c), de la Directiva 69/335/CEE - normativa nacional que exige la inscripción del acto de aumento de capital social de una sociedad - obligación solidaria de pago del impuesto que recae sobre la sociedad beneficiaria y el notario - inexistencia de aportación efectiva de capital - limitación de los medios de prueba. Asunto C-35/09. STJUE 1-7-2010.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado en esta Sentencia que los artículos 4, apartado 1, letra c), y 5, apartado 1, letra a), de la Directiva 69/335/CEE del Consejo, de 17 de julio de 1969, relativa a los impuestos indirectos que gravan la concentración de capitales, en su versión modificada por la Directiva 85/303/CEE del Consejo, de 10 de junio de 1985, debían interpretarse en el sentido de que no se oponen a que un Estado miembro señale la inscripción del acto de aumento del capital de una sociedad como el momento en que se produce el hecho

Page 192

imponible del impuesto sobre las aportaciones, siempre que se mantenga la relación entre la percepción de este impuesto y la aportación efectiva de los bienes a la sociedad beneficiaria.

Señala el Tribunal que si, en el momento en que se formaliza dicho acto, no se ha realizado aún la aportación efectiva de los bienes y si no existe certeza de que ésta tendrá lugar, el Estado miembro interesado no puede exigir el pago del impuesto sobre las aportaciones hasta que dicha aportación adquiera carácter cierto.

Se declara en la Sentencia que el principio de efectividad debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que únicamente admita, como medio de prueba para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR