Fiscalidad de la Unión Europea

LEGISLACIÓN

(Aplicación del Código Aduanero Comunitario)

Reglamento (CE) 837/2005 del Consejo, de 23 de mayo de 2005, que modifica el Reglamento (CEE) 2454/93 de la Comisión por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) 2913/92 del Consejo por el que se establece el código aduanero comunitario (DO L 139, 2-6-2005).

Se trata de modificaciones tendentes a que todas las declaraciones de tránsito se presenten mediante un procedimiento informático, de tal forma que la utilización de declaraciones de tránsito efectuadas por escrito deberá autorizarse únicamente en casos excepcionales.

JURISPRUDENCIA

(IVA - lugar de prestación de servicios)

IVA - Sexta Directiva - artículo 9, apartados 1 y 2 - máquinas tragaperras - actividades recreativas o similares - prestador de servicios establecido fuera del territorio comunitario - determinación del lugar de prestación de servicios. Asunto C-452/03. STJCCEE 12-5-2005.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha declarado en esta Sentencia que la prestación de servicios consistente en permitir al público utilizar a título oneroso máquinas tragaperras instaladas en salas de juego establecidas en el territorio de un Estado miembro de la Unión Europea debe considerarse una de las actividades recreativas o similares contempladas en el artículo 9, apartado 2, letra c), primer guión, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido, de modo que el lugar de prestación de los servicios será aquel en que dicha prestación se realice materialmente.

(IVA - emisión de acciones)

Sexta Directiva sobre el IVA - prestaciones a título oneroso - emisión de acciones - salida a Bolsa de una sociedad - deducibilidad del IVA. Asunto C-465/03. STJCCEE 26-5-2005.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha declarado en esta Sentencia que la emisión de nuevas acciones no constituye una operación incluida en el ámbito de aplicación del artículo 2, número 1, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido, en su versión modificada por la Directiva 95/7/CE del Consejo, de 10 de abril de 1995.

Añade el Tribunal en esta Sentencia que el artículo 17, apartados 1 y 2, de la...

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