La firma Digital

AutorFernando Ramos Suárez
CargoAbogado. Responsable del Departamento de Derecho Informático LEGALIA

La evolución tecnológica a la que estamos asistiendo en nuestra actual Sociedad está influyendo de manera decisiva en nuestra forma de comportamiento social. Todos los sujetos sociales se ven influenciados de alguna u otra forma por las nuevas tecnologías. Para nosotros los abogados se nos hace todavía más cuesta arriba, pues nos tenemos que subir a un tren que hace tiempo que ha salido. Si ya de por sí el legislador va por detrás de las conductas sociales, imaginemos como tiene que ir cuando la evolución tecnológica supera con mucho cualquier previsión o expectativa de futuro. Por poner un ejemplo, pensemos en aquellos programas de software que se realizaron en los años 80 con los dos primeros dígitos del campo fecha fijos, ¿como iba a saber el pobre desarrollador de software que iba dar los problemas que actualmente esta dando el famoso año 2000?. Entonces, un ordenador no tenía ni mucho menos la potencia que las computadoras de ahora, siendo por tanto imprescindible aprovechar el mayor espacio posible tanto de memoria como de disco. Efectivamente, no habían previsto el cambio brutal que se iba a experimentar y optaron por una solución que en su tiempo evitó muchos quebraderos de cabeza. Sin embargo, en la actualidad la empresa que no haya solucionado el problema del año 2000 tendrá problemas graves para poder continuar con su actividad empresarial, pues cuando sus sistemas informáticos se bloqueen será muy difícil encontrar a un programador que en pocos días solucione el problema, por no decir, que casi todos serán requeridos para la solución de dicho problema al mismo tiempo. Si a ello unimos la introducción del euro y la liberalización de las telecomunicaciones nos vemos ante un reto muy importante. ¡Hay que subirse al tren por muy rápido que sea¡, o te subes o te quedas atrás. Quizás aquí los abogados jóvenes tenemos más ventaja que otros que ya han visto pasar por sus ojos varias décadas. No obstante, creo que es necesario por parte de todos hacer un esfuerzo por adaptarse lo mejor posible a la nueva Sociedad de la Información.

Esta nueva Sociedad de la Información necesita de muchas regulaciones puesto que todo lo que esta saliendo es tan innovador que no existe siquiera una referencia legislativa. Difícil será entrar en dicha Sociedad si todavía no hemos podido encontrar la forma de proteger la información . Y es aquí donde nuestro legislador europeo se ha puesto manos a la obra para intentar consensuar entre todos los Estados europeos una política legislativa común. Son ya numerosas las directivas europeas dictadas sobre éste aspecto, como por ejemplo la Directiva sobre protección jurídica de los programas de ordenador, o sobre la protección jurídica de las bases de datos. En éste sentido cabe destacar la propuesta de directiva sobre Firma Electrónica y la propuesta de directiva sobre Comercio Electrónico. Países como Alemania, Italia Reino Unido etc. venían desarrollando sus propias legislaciones sobre Firma Digital, siendo por tanto imprescindible establecer una política común que nos sirviese a todos los europeos.

La Firma digital es justificable desde el momento en que los contratos, las transacciones económicas, las compras etc. se realizan on-line, es decir sin la presencia física de las partes. Surge de las tecnologías utilizadas para conseguir la confidencialidad en las comunicaciones, ante la proliferación de software que consigue "pinchar" las comunicaciones obteniendo la información deseada. Tal es el caso de un programa denominado "Satán", el cual puede recoger todo correo electrónico que lleve determinados contenidos (por ejemplo el número de una tarjeta de crédito) o determinado nombre (fulanito° servidor.es). Esto quiere decir, que nuestras comunicaciones por Internet están en peligro, siendo por tanto necesario realizar una previsiones de seguridad lo suficientemente buenas para evitar que un ciberdelincuente haga con nuestro número de tarjeta las compras que quiera.

Actualmente, la firma manuscrita permite certificar el reconocimiento, la conformidad o el acuerdo de...

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