III. Ética formal y fundamento material de la culpabilidad

AutorPaz M. de la Cuesta Aguado
Cargo del AutorProfesora Titular de Universidad de Derecho Penal. Universidad de Cádiz

III. ÉTICA FORMAL Y FUNDAMENTO MATERIAL DE LA CULPABILIDAD

De lo visto anteriormente cabe concluir que el Derecho es un medio de control social (10) formalizado, naturaleza que comparte con Ética y Moral, como conjunto de normas de comportamiento, que imponen sanciones –en el contenido de estas se diferencian– a quienes infringen las pautas de conducta. Como hemos visto el Derecho penal es también un conjunto de normas de conducta, ordenadas en función de unos valores o fines (11) , al igual que la Ética o la Moral. La diferencia vendrá dada por el ámbito de actuación de los distintos sistemas normativos así como por la dependencia de la validez de la norma del reconocimiento subjetivo o no.

En cuanto a los valores protegidos el Derecho penal ha de recoger – criterio de política criminal– como máximo los bienes jurídicos comunes mínimos a los grupos sociales tan mayoritarios que puedan entenderse "consensuados". Cuándo sea así, podrá ser calificado de "ético o justo" la norma jurídica o el sistema penal.

  1. Esta toma de posición implica ya la necesidad de asumir un margen de error y de reconocer lo criticable de la misma, pues el relativismo es un principio consustancial a los sistemas normativo-valorativos. Efectivamente, cuando de valores se trata, si no se parte de unos mismos principios o si los fines que se persiguen son distintos, las consecuencias han de ser distintas. Y puesto que se trata de cuestiones no empíricas ni objetivas, sino valorativas, de creencia, ideológicas (cuestión de fe, metafísica) no cabe la discusión, pues no pueden ser constatadas empíricamente. Pero aún partiendo de los mismos principios y los mismos fines, si la escala de valores no es la misma, las consecuencias para el sistema de pensamiento serán también distintas.

    Este planteamiento no era en absoluto extraño a KANT quien construye buena parte de su filosofía en la descripción y crítica de los sistemas "morales" o "éticos" a los que califica de materiales. Ética material será toda aquélla en la que la bondad o maldad de la conducta humana dependa de algo que se considera "bien para el hombre". Desde este criterio teleológico, las conductas o los actos serán buenos cuando nos acerquen al fin y serán malos cuando nos aparten del mismo. WITTGENSTEIN pone también de manifiesto la relatividad de los valores pretendidamente absolutos como son "lo bueno" "lo malo", etc. (12) . Los valores absolutos no existen sino que todo juicio de valor es relativo, esto es, con relación a otra circunstancia o proposición.

    Como alternativa a este modelo de ética material...

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