Tratamiento penal del espacio: el territorio, el suelo, la ciudad, ¿globalizacion o renovacion de lo local?

AutorMartin Bassols Coma

JAVIER SAENZ DE PIPAON Y MENGS, Tratamiento penal del espacio: el territorio, el suelo, la ciudad, ¿globalización o renovación de lo local?, Ed. COLEX, Madrid, 2003, 194 págs.

  1. Como es sabido, el Código Penal de 1995 incorporó la novedad de dedicar un Título -Título XVI- bajo la rúbrica de "Delitos relativos a la Ordenación del Territorio y la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente". De la serie de figuras comprendidas en esta rúbrica, al autor le interesa fundamentalmente el tema de la ordenación espacial o del territorio, interrogándose por las posibles razones justificativas de su tipificación, así como de su funcionalidad social desde distintas perspectivas de las que, a nuestro entender, merecen destacarse en especial las siguientes: la del legislador de 1995; la de la concepción del Derecho Penal de intervención que minimiza; y la de las relaciones entre el Derecho Penal y del Derecho Administrativo en la sociedad post-industrial del riesgo.

    El autor es particularmente crítico con la pretensión del legislador de 1995 en relación con la regulación de la problemática de la tipificación penal de los delitos de Ordenación del territorio, pues considera que ni su sistematización ni su tratamiento técnico-jurídico son satisfactorio. A mayor abundamiento, el concepto mismo de Ordenación del Territorio -al que el autor dedica nada menos que tres capítulos de la obra, con interesantes reflexiones e incursiones en la literatura especializada de carácter técnico, sociológico y jurídico-, que el Código Penal de 1995 asume lo considera inadecuado e inoportuno, "por ello es especialmente llamativa la posición del legislador de lo penal que no solamente introduce en el Código una noción con un contenido inabarcable, sino que, además, lo hace en un momento en el que ha quedado abandonada, y cuando tampoco merecen ya especial atención las políticas económicas desarrollistas en que la ordenación del territorio estuvo inmersa en la experiencia española" (pág. 61). Este reproche en modo alguno supone que el concepto de Ordenación del territorio deba abandonarse, sino al contrario reformularse y revitalizarse con vistas al actual proceso de globalización económico-financiero que precisamente hace renacer la idea de lo local y el protagonismo de ciudades y regiones en aras a una mejor articulación de los espacios urbanos y rurales.

  2. Ahora bien, desde la óptica del Derecho Penal los mandatos y prohibiciones impuestos bajo amenaza de una...

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