Aspectos económicos y financieros que demandan la reforma de los planes de pensiones de empleo: causas, efectos y propuestas

AutorRosa María Ahumada Carazo
CargoProfesora Titular de la E.U. de Relaciones Laborales UPV/EHU
Páginas03
  1. Los Planes de Pensiones de Empleo en el universo de los Planes y Fondos de Pensiones en España 1

    Los Planes y Fondos de Pensiones son el instrumento específico que la legislación española ha creado recientemente en el campo de la protección social voluntaria y privada de las contingencias de jubilación, invalidez y fallecimiento.

    Inicialmente, los Planes y Fondos de Pensiones se intentaron asimilar a las Instituciones de Inversión Colectiva. Así, en el Proyecto de Ley de Instituciones de Inversión Colectiva de 19822 se alude por primera vez a los Fondos de Pensiones como una forma de Seguridad Social complementaria de carácter privado. En este contexto se presentaban como una Institución de Inversión Colectiva de carácter financiero al citar: «Los Fondos de Pensiones son patrimonios integrados por aportaciones de los asociados, cuya propiedad corresponde a los mismos o a los beneficiarios de acuerdo con los términos del contrato de su constitución, administrados por una Sociedad Gestora a quien se atribuyen las facultades de dominio sin ser propietaria del Fondo, con el concurso de un Depositario, creados con la finalidad de cubrir contingencias derivadas de la vida humana y de las circunstancias familiares o personales mediante planes preestablecidos, invirtiendo para ello sus activos en la forma prevista en esta Ley»3. No obstante, en el intento por unificar aspectos tales como la constitución, gestión de las inversiones, actividades y cometidos de la Entidad Gestora y Depositaria, etc., de los Fondos de Pensiones y de las Instituciones de Inversión Colectiva, se encontraron diversos obstáculos, lo cual derivó en la falta de un acuerdo unánime en el Congreso. Esto, unido al contenido crítico de los diversos informes administrativos4 a que en este sentido dio lugar el Proyecto, motivó la consideración y el consiguiente desgajamiento de los Fondos de Pensiones del tronco legal común de las Instituciones de Inversión Colectiva5.

    De esa forma, no fue hasta 1987 cuando los Planes y Fondos de Pensiones se regularon de forma específica como un instrumento de previsión social complementario a la Seguridad Social. Así, los Planes y Fondos de Pensiones surgieron en España a tenor de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones6, desarrollada por el Real Decreto 1307/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprobó el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones7. Esta normativa básica ha sido objeto de ulteriores modificaciones y ampliaciones, con el fin de adecuarla a las demandas de sociedad y del entorno económico-financiero.

    Un Plan de Pensiones es un contrato privado y voluntario por el que el partícipe y, si es el caso, el promotor, se comprometen a aportar unas cantidades a cambio de unas prestaciones a la jubilación, invalidez o fallecimiento del partícipe o, en su caso del beneficiario, tal y como se ilustra en la Figura 1, en la forma definida en el reglamento de especificaciones del Plan. De la realización de las obligaciones y derechos que se desprenden de este contrato, surgen aportaciones y prestaciones, es decir, flujos económicos que necesariamente se deberán canalizar a través de un Fondo de Pensiones8. De esta forma, el Fondo de Pensiones es un patrimonio9 cuyo objetivo principal es dar cumplimiento a las obligaciones de los Planes de Pensiones en él integrados.

    [NO SE INCLUYE LA TABLA]

    Los Planes de Pensiones pueden clasificarse en Asociados, Individuales y de Empleo, según quien los cree o los pueda suscribir. Los Planes Asociados son promovidos por una asociación, sindicato, gremio o colectivo10 y los partícipes son los asociados, miembros o afiliados. Según la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, en adelante Inverco, esta modalidad de Planes de Pensiones habían canalizado a finales de junio de 2001 un total de 0,78 millones de euros que correspondían a 71.458 partícipes. De esta forma, el importe del derecho económico medio de cada partícipe en esta modalidad de Planes era de apenas 11 euros.

    Los Planes Individuales son los protagonistas del sistema si tenemos en cuenta el patrimonio que acumulan y el número de partícipes que los han suscrito. Así, a finales de junio alcanzaban una cifra de 21.868 millones de euros con 4.658.417 partícipes, lo que supone un derecho consolidado medio por partícipe de 4.694 euros. La popularidad e importancia de esta modalidad de Planes se justifica, principalmente, por tres causas:

  2. El mercado potencial al que se dirige el producto: el promotor de esta modalidad de Planes puede ser cualquier Entidad, Corporación o Sociedad y los partícipes son cualquier persona física11.

  3. La publicación durante los últimos años de diversos informes que apuntan un posible debilitamiento de los sistemas públicos de pensiones y, consiguientemente, la conveniencia de suscribir sistemas complementarios de previsión social, para poder mantener el nivel de vida de la renta de actividad al devengo de la renta de sustitución.

  4. El atractivo fiscal de los Planes de Pensiones en relación a otras alternativas de inversión, por ejemplo, las acciones, Fondos de Inversión, seguros, etc.

    Los Planes de Pensiones de Empleo, por su lado, son aquellos que surgen en el seno de las relaciones laborales: el promotor del Plan es una entidad, corporación, sociedad o empresa y los partícipes son los empleados. Según Inverco, a finales de junio, el volumen de activos de esta modalidad de Planes alcanzaba la cifra de 16.885 millones de euros y contaban con 509.285 partícipes. Esto supone que el importe del derecho consolidado medio de cada trabajador era de 33.154 euros. Es por ello que, si bien los Planes de Pensiones Individuales acumulan un mayor patrimonio y número de partícipes, es en los Planes de Pensiones de Empleo donde el partícipe-trabajador cuenta con un mayor patrimonio individualmente.

    La evolución del patrimonio y de los partícipes de los Planes de Pensiones en España se ilustra en la siguiente Figura, en la que también se desglosa la trayectoria seguida por cada modalidad de Plan desde 1992.

    [NO SE INCLUYE LA TABLA]

    La Figura anterior muestra que el patrimonio y el número de partícipes de los Planes de Pensiones en España ha seguido en conjunto una tendencia alcista durante estos años. No obstante, en un análisis más detallado por modalidad de Plan observamos un especial dinamismo en los Planes de Pensiones de Empleo durante los últimos años. De hecho, esta modalidad de Planes registra una tasa de crecimiento superior a la de los Individuales y Asociados12, sobre todo desde 1996. La causa de esta sobre-actividad se encuentra, principalmente, en el proceso que actualmente ocupa a las empresas españolas, en especial a aquéllas que optaron en su momento por los Fondos Internos como instrumento para dar cumplimiento al pacto de pensiones entre trabajadores y empresa, vía Convenio Colectivo o acuerdo de rango similar.

    Este proceso, conocido popularmente como de «obligatoria exteriorización de los compromisos por pensiones de las empresa españolas», tiene su origen en la adaptación de España a la Directiva Comunitaria 80/987/CEE, relativa a la protección de los trabajadores asalariados ante la insolvencia del empresario13. Esta Directiva buscaba la consecución de dos objetivos principalmente. Por un lado, evitar que los fondos acumulados por la empresa y, si es el caso, el trabajador para previsión social puedan verse minorados o afectados por problemas económicos de la empresa. Por otro lado, extraer o exteriorizar del balance de la empresa las partidas destinadas a la previsión social de los trabajadores14.

    Este proceso se puso en marcha en España en 199515 con la obligación de instrumentar los compromisos por pensiones de las empresas –incluidas las ya causadas a esa fecha– desde el momento en que se inicie el devengo de su coste, bien mediante contratos de seguro, bien mediante Planes de Pensiones, o de ambos. Ahora bien, la falta de una regulación sobre una forma más concreta de llevarlo a cabo motivó que no fuera hasta 199916 cuando el proceso empezará tomar cuerpo, y por ende, importancia entre las empresas españolas.

    Con la publicación en 1995 de la Ley de Ordenación y Supervisión del Seguro Privado17 se introdujeron tres importantes novedades en lo relativo a la promoción de los PP de Empleo. Por un lado, se autorizó a las empresas con menos de 250 trabajadores a promover e instrumentar los compromisos susceptibles de ser cubiertos por esta institución18, a través de un Plan conjunto para varias empresas. De la misma forma, los compromisos por pensiones de empresas de un mismo grupo podrán instrumentarse en un solo Plan19. Todo esto se ha desarrollado en el Real Decreto 1589/199920, en el apartado número 921.

    Por todo ello, durante los últimos cinco años venimos observando un especial dinamismo en los Planes de Pensiones de Empleo. Los Planes de Pensiones de Empleo fueron el estímulo de los Planes y Fondos de Pensiones en España. Este hecho se pone de manifiesto en la especificidad y amplitud de la legislación en relación a otras modalidades de Planes de Pensiones. No obstante, consideramos que la evolución de los Planes de Pensiones de Empleo no ha sido la esperada. Esto es debido, probablemente, entre otras causas, a la particularidad de los aspectos económicos y financieros de los Planes de Pensiones de Empleo, así como a las imperfecciones que, en ese mismo aspecto, tienen lugar en la práctica. Estos temas constituyen precisamente el contenido de los siguientes epígrafes de este artículo, que finaliza con una relación de propuestas para superar las citadas ineficiencias.

  5. Aspectos económicos y financieros particulares de los Planes de Pensiones de Empleo

    La regulación de Planes y Fondos de Pensiones en España no evidencia a primera vista una especial atención hacia una modalidad de Plan en concreto. De hecho, es, tras un análisis detallado, cuando se percibe que los Planes de Pensiones de...

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