Procedimiento económico-administrativo- Liquidaciones tributarias

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas9-9

Page 9

La Inspección revisó, en este caso, el valor de mercado de unos alquileres efectuados por el sujeto pasivo, aplicando la normativa relativa a la determinación del valor normal de mercado en operaciones vinculadas. En la notificación de la correspondiente liquidación no se manifestó al sujeto pasivo su derecho a plantear tasación pericial contradictoria, aunque sí se le indicó su derecho a interponer el correspondiente recurso o reclamación contra la liquidación. Ello supone, a juicio del TEAC, que la liquidación no era completa y, por lo tanto, debe anularse.

En efecto, según el TEAC, esta falta de notificación privó al sujeto de la posibilidad de rebatir los valores comprobados, ocasionándole indefensión. En este sentido, añade el Tribunal que...

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