Dosier legislativo de la Ley 9/2020, de 31 de julio, de modificación del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia, y de la Ley 15/2009, de mediación en el ámbito del derecho privado

El pasado 15 de agosto se publicaba en el BOE la Ley 9/2020, de 31 de julio, de modificación del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia, y de la Ley 15/2009, de mediación en el ámbito del derecho privado, con entrada en vigor el 4 de noviembre de 2020.

La norma establece modificaciones en el libro segundo del Código civil de Cataluña, en materia de tutela, potestad parental y nulidad del matrimonio. También introduce modificaciones y añade disposiciones en la Ley 15/2009, de 22 de julio, en materia de mediación previa en el ámbito del derecho privado en Cataluña.

Objetivos de la norma

El objetivo de la Ley 9/2020, de 31 de julio, es modificar el Código civil de Cataluña y la Ley 15/2009, para fomentar así la mediación y evitar que la falta de información y el desconocimiento de este medio de resolución alternativo de conflictos incline preferentemente a las partes y a los profesionales a recurrir a la vía litigiosa. Se pretende fomentar la mediación como método alternativo de resolución de conflictos que tiene ventajas acreditadas. Más concretamente, se pretende potenciar la mediación en el ámbito de los conflictos familiares, especialmente en aquellos que afectan a los menores de edad, atendiendo a su interés superior, estableciendo la obligatoriedad de la sesión previa sobre mediación, salvo, lógicamente, los supuestos en los que el recurso a la mediación esté legalmente excluido.

En esta sesión previa se informa a las partes del funcionamiento, las características y los beneficios de la mediación, para que, libremente y de forma fundamentada, puedan analizar y decidir si desean iniciar el proceso de mediación. Asimismo, se prevé la posibilidad de que la sesión previa pueda continuar con una exploración del conflicto, si así lo acuerdan las partes, a las que hay que escuchar, opción que puede favorecer el ahorro de tiempo y trámites y acercar aún más a las personas afectadas a la mediación.

De forma particular, la iniciativa también pretende proteger a los niños afectados por el conflicto, el interés superior que les es...

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