La discriminación por razón de sexo en el orden de los apellidos

AutorSilvia Bueno Nuñez
Cargo del AutorProfesora colaboradora Dra. de Derecho civil. Universidad CEU-San Pablo
Páginas177-188
7. LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO EN EL
ORDEN DE LOS APELLIDOS
Silvia Bueno Núñez
Profesora colaboradora Dra. de Derecho civil. Universidad CEU-San Pablo
1. La discriminación por razón de sexo en el sistema español de imposición de
doble apellido
La designación por medio de un nombre ha cumplido la necesidad de singula-
rizar a la persona dentro de la sociedad. Pero el desarrollo del trá co jurídico exigió
una caracterización mayor: al inicial nombre se le adicionó otra denominación más
especí ca, el apellido. En nuestro derecho el nombre engloba tanto el nombre propio
como los dos apellidos, los cuales se rigieron por el derecho consuetudinario en una
suerte de decantación iniciada por los registros parroquiales. La inscripción del na-
cido conllevaba la identi cación de los progenitores y respectivos familiares de uno
y otro. La constancia de ambas líneas de  liación, la del varón y la mujer, propició
la particular imposición de un doble apellido al nacido: el primer apellido paterno
seguido del primer apellido materno. Esta práctica se convirtió en costumbre ge-
neralizada durante el siglo XVIII hasta el punto re ejarse en la Ley provisional de
Registro civil de 17 de julio de 18701, no obstante el régimen jurídico fue desarrollado
por la Ley de Registro civil de 1957 y su Reglamento de 19582.
1 La actual fisonomía de los apellidos son el resultado de una lenta evolución que se consagra
legalmente a finales del siglo XIX, en el año 1870, con la creación del Registro civil. Vid.: SÁNCHEZ
GONZÁLEZ, M. P., “El orden originario de los apellidos: Con especial referencia a la Ley 40/1999, de 5 de
noviembre, Aequalitas, 2002, enero-abril, núm. 9, p. 11; DE RAMÓN FORS, I., “Orden de los apellidos y
discriminación”, Diario La Ley, 3 de septiembre de 2009, núm. 7233, Año XXX, Ref. D-273, p. 2; LINACERO
DE LA FUENTE, M., “El principio de igualdad en el orden de transmisión de los apellidos: El art. 49 de la
nueva Ley del Registro civil, AC, septiembre, 2012, núm. 15-16, p. 1619; TORRELLES TORREA, E., “La
elección del orden de los apellidos por parte de los progenitores y los criterios de determinación a falta de
acuerdo en la Ley de Registro civil de 2011, RCDI, 2016, núm. 753, p. 188.
2 España. Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro civil, BOE, de 10 de junio de 1957,
núm. 151, pp. 372-379. España. Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el

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