El Derecho a la propia imagen como bien o derecho de la personalidad

AutorVicente Herce de la Prada
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Abogado

CAPITULO I

ORIGEN HISTÓRICO. SENTIDO JURÍDICO Y SITUACIÓN DEL DERECHO A LA IMAGEN EN LA CLASIFICACIÓN DEL DERECHO A LA PERSONALIDAD

Número 1. Origen histórico del derecho a la imagen.

Las obras artísticas que pretenden reproducir el retrato humano mediante algunos de los procesos descubiertos por el ingenio como la pintura, fotografía, reproducción fotográfica en la publicidad, prensa, cinematografía y televisión dan ocasión a diversas y relevantes cuestiones que afectan a los derechos que puedan corresponder al retractado.

El problema de si los derechos de autor o del retrato deben prevalecer o ceder ante el derecho que el individuo tiene sobre su imagen no era desconocido, por completo, en los siglos pasados. Sin embargo, nadie se ocupaba de él porque era preciso reproducir los rasgos de una persona, ya partiendo del natural, ya de un retrato suyo, y ésto no era fácil y corriente. Pero con la aparición de la fotografía y de la reproducción fotográfica en la cinematrografa, el asunto ha adquirido extraordinaria importancia, aumentada todavía con el descubrimiento de la instantánea (a partir sobre todo en televisión que permite la difusión del retrato humano en extensísimas áreas geográficas).

Desde este descubrimiento en concreto, se ha sentido más acuciantemente la necesidad de salir del campo contractual para los retratos obtenidos sin la intervención directa e indirecta de la voluntad de la persona efigiada.

La realidad actual está caracterizada por una intensa introducción en la vida privada de la persona. La intimidad de ésta se ve lesionada en muchas ocasiones vgr. la multiforme propaganda industrial y comercial, la prensa periódica, la cinematografía, la televisión... De este fenómeno tan extendido no puede evadirse el derecho a la propia imagen. De lo expuesto, se infiere que no cabe hablar, ni puede hablarse de un derecho a la propia imagen tutelado jurídicamente, hasta la segunda mitad del siglo pasado, época en que empezaron a tener entidad los procedimientos de difusión empleados para reproducir la imagen humana.

El abuso de indiscreciones en torno a la intimidad de la persona humana hicieron intervenir al Estado, que imperiosamente trató de poner coto a dichas arbitrariedades, declarando como consecuencia el derecho exclusivo de todo ciudadano a la reproducción de su imagen por razón de los derechos a la propia persona, salvo las limitaciones impuestas por las leyes.

La lesión del derecho a la imagen puede abarcar desde el...

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