La dación en pago en Derecho español y en Derecho Comparado

AutorRosana Pérez Gurrea
CargoAbogada
Páginas624-628

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El libro objeto de nuestra recensión es el resultado de la Tesis Doctoral realizada por la profesora Raquel Belinchón Romo en la que analiza la figura jurídica de la dación en pago. Como dice el prologuista de esta obra, el profesor Rams alBesa, la dación en pago es un «supuesto más del triunfo de la autonomía de la voluntad sobre el incumplimiento puro y simple y el empleo de procedimientos destinados al cumplimiento forzoso». Con ella, «un acreedor razonable conviene y acuerda con su deudor (que quiere preservar tanto su crédito como su calificación de solvente) que el pago liberatorio de una obligación (normalmente pecuniaria) se efectúe con la entrega de otro objeto útil al acreedor de manera que al hacer efectiva esa recepción se reconozca para esta valor de pago liberatorio; es decir, con el mismo efecto extintivo que si se hubiere pagado con la cosa inicialmente debida».

En los últimos tiempos la dación en pago ha adquirido una importancia hasta hace poco impensable, el aumento actual de la morosidad y de las ejecuciones hipotecarias ha suscitado un vivo debate en torno a una posible revisión del principio de la responsabilidad patrimonial universal del deudor y la posible imposición legal de la dación en pago con efectos liberatorios del importe total de la deuda. Por ello, es conveniente una previa revisión general del instituto, de su naturaleza jurídica y ámbito de aplicación, distinción de figuras afines, sus elementos configuradores y las consecuencias del incumplimiento de la dación, aspectos todos ellos que son analizados con precisión por la profesora Belinchón Romo.

El libro se estructura en cinco capítulos: en el capítulo I se estudia la naturaleza jurídica de la datio, primero alude a la dación en pago en Derecho español, para después analizar esta figura jurídica en la doctrina extranjera y el tratamiento que recibe en Derecho comparado y terminar la autora exponiendo su postura acerca de la naturaleza jurídica de la dación en pago.

En cuanto a la dación en pago en Derecho español, se analizan las distintas opiniones que la doctrina ha vertido respecto de esta institución. Así hay autores que le atribuyen la naturaleza propia del contrato de compraventa, otros entienden que participa de las características propias de la novación, existen otras posiciones que consideran la dación en pago como un contrato, ya que lo que se produce es un acto de naturaleza negocial en sí mismo en base a que el cambio de prestación en función del cumplimiento exige la concurrencia de voluntades de acreedor y deudor y la eficacia del acuerdo precisa la capacidad de ambas partes y la ausencia de vicios del consentimiento. Precisando la autora que la necesidad de que exista un acuerdo entre acreedor y deudor para atribuir a la

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nueva prestación pactada eficacia solutoria no constituye una base sólida para poder considerar la dación en pago como un contrato, ya que desde la perspectiva de los elementos esenciales de validez de los negocios jurídicos, se da el elemento subjetivo y el objetivo, pero falta el elemento causal, puesto que la dación en pago no tiene causa propia, sino que la que se le puede atribuir es la causa de la obligación que se trata de extinguir al realizar esa operación.

En el seno de nuestra doctrina hay también quien piensa que la naturaleza jurídica que se ha de atribuir a la dación en pago es la de ser una simple modalidad de pago, considerando que no es más que un modo de extinción de las obligaciones por sustitución en el cumplimiento. Las críticas que ha mere-cido esta posición doctrinal consisten básicamente en afirmar que no resuelve el problema de base...

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