Curso de Derecho de Sociedades Anónimas de Jesús Rubio Garda-Mina

AutorS. de F.
Páginas761-763

Curso de Derecho de Sociedades Anónimas de Jesús Rubio Garda-Mina, Catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid. Editorial Derecho Financiero. Un tomo. 470 páginas.

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El Profesor Rubio y García-Mina estudia en este libro, de un modo completo, el Derecho de las Sociedades Anónimas, abordando en él los más latentes problemas.

El libro, en un solo tomo, está dividido en nueve capítulos, de los que vamos a señalar en esta recensión los aspectos más importantes.

El primer capítulo trata de la evolución histórica de la Sociedad, estudiando al final de la misma la gran influencia que los movimientos políticos de nuestro siglo han tenido sobre la Sociedad Anónima. Al final de este capítulo se refiere el autor al concepto legal, en donde es de destacar el acierto al señalar, junto a las notas que ordinariamente asigna la doctrina a este tipo de Sociedad, otras dos no deducidas del artículo primero de la Ley vigente y que son las de tratarse de una Sociedad de organismo de terceros y el de ser una Sociedad abierta.

El capítulo segundo, que trata de los conceptos fundamentales, analiza el capital, la acción y la responsabilidad limitada. Con respecto al capital precisa el autor, con gran claridad, su significado y la distinción capital-patrimonio. Con un criterio original y a su vez riguroso, en lo que al estudio del derecho positivo se refiere, analiza los medios de aumento y disminución de capital, así como las reservas.

Al tratar de la acción distingue sus tres aspectos fundamentales: como parte de capital, fundamento de la condición de socio y como título.

Creemos debe destacarse, la forma de tratar los derechos limitativos sobre la acción y su reflejo en los derechos del socio, y en especial el usufructo de acciones, pues el autor, después de un cuidadosoPage 762 estudio del artículo 41 de la Ley de Sociedades Anónimas y de los correspondientes del Código civil, llega a la conclusión de que el usufructuario puede reclamar del nudo propietario los dividendos correspondientes a las ganancias sociales en proporción a los días del ejercicio económico-o de los ejercicios económicos-que duró el usufructo, sin consideración a cuando estos dividendos se han repartido. Termina este apartado refiriéndose a la acción como título, no sin denunciar previamente los reparos doctrinales que surgen a la consideración de la acción como título-valor, estudiando con gran detenimiento las cláusulas restrictivas a la transmisión de...

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