Contrato de transporte por carretera

AutorFernando Gascón - Alicia Real - Emilio Díaz - Carmen Otero
Páginas65-68

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Materias tratadas

— Competencia judicial internacional.

— Ley aplicable.

— Reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras.

— Responsabilidad del transportista.

— Riesgos.

— Transporte por carretera.

Supuesto de hecho

José López, fabricante de calzado afincado en Castellón de la Plana, mantuvo una serie de contactos con una empresa alemana titular de una cadena de zapaterías que condujeron a la firma de un contrato de compraventa dePage 665.000 pares de alpargatas en el mes de enero de 2008. Atendiendo a las obligaciones derivadas de este contrato firmó, a su vez, en el mes de febrero, un contrato de transporte con la empresa francesa ROULERCHEMINS S.L. para conducir por carretera la mercancía a su destino el 15 de abril. Con este fin se acordó la emisión de una carta de porte en la cual, entre otras menciones, se incluyó como lugar de carga el establecimiento del Sr. López en Castellón de la Plana y como lugar de destino una dirección en Munich.

Durante el trayecto, el conductor del vehículo que portaba la mercancía efectuó una parada en los alrededores de Berna (Suiza) al, según él, detectar ciertos fallos en el sistema de frenado. Estando el vehículo estacionado en el arcén de la carretera, sin más señal indicativa que los intermitentes de emergencia, un segundo vehículo colisionó con aquél, provocando de inmediato un incendio que destruyó toda la carga de alpargatas.

El señor López se plantea demandar judicialmente a ROULERCHEMINS S.L. por incumplimiento del contrato.

Cuestiones

1. ¿Qué posibilidades hay de que los tribunales españoles sean competentes para conocer de la demanda?

2. ¿Debería dirigir también la demanda frente al conductor del vehículo que portaba la mercancía?

3. ¿Es éste un contrato de transporte internacional incluido en el ámbito de aplicación del Convenio de Ginebra de 1956 (CMR)?

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4. En virtud del CMR, ¿es obligatoria la emisión de la carta de porte? Y ¿podría haber modificado el remitente el lugar de destino?

5. Con base en el régimen de responsabilidad que establece el CMR ¿sobre quién recae la responsabilidad de la destrucción de la mercancía?; ¿podría exonerarse de dicha responsabilidad? En tal caso ¿qué causa alegaría y pretendería probar?

6. Si el tribunal competente fuera el alemán, ¿qué trámites habría que realizar para obtener el reconocimiento y la ejecución de la...

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