Contradicciones y paradojas del impuesto sobre la renta, de José Menéndez.

AutorL. R.
Páginas507-510

    MENÉNDEZ. JOSÉ: Contradicciones y paradojas del impuesto sobre la renta. Editoriales de Derecho Reunidas. Madrid. 1980.

Parece que estuviéramos en presencia de un libro dictado a fogonazos dispersos. El autor dispara su artillería crítica contra un blanco propicio: el texto desangelado de la Ley que regula este impuesto directo. JOSÉ Menéndez se para delante de cada uno de los artículos de la Ley y desmenuza el precepto con despiadada y objetiva lógica. El resultado es demoledor, y. sin embargo, según Narciso Amorós, prologuista de la obra, parece que estamos en presencia de un libro de humor, de un texto alegre, que rubrica un desenfadado desplante frente a una reforma fiscal chata y poco afortunada.

En una primera visita a este libro-denuncia, tal vez el camino más idóneo para trabar conocimiento con sus planteamientos sea el de detenernos a contemplar algunos de los juicios en él contenidos, para sugerir el talante de esta disección a una dogmática controvertida.

Casi en el inicio de sus comentarios, el autor se extraña de que del hecho imponible de este tributo se excluyan los premios lúdicos. Nos dice:

No podemos comprender que quien consigue un premio de 30 millones de pesetas de la lotería lo perciba incólume de gravamen fiscal

¿Es que para el legislador español merece menos respeto el trabajador, el profesional, la viuda y el ciudadano que revende su patrimonio que el que confía en los avatares de la suerte, que el que quiere progresar a golpe de azar, eludiendo el esfuerzo constructivo?

Los países industrializados no se muestran tan frivolos como nosotros a la hora de marcar el norte en la brújula de la presión fiscal. Con la denominación gráfica de «windfall profits» sujetan a tributo un cúmulo de Page 508 beneficios atípicos y excepcionales, con el propósito de contemplar globalmente el conjunto de las rentas del contribuyente. Así se someten a imposición los incrementos patrimoniales de muy variadas y no siempre ejemplares procedencias (las ganancias procedentes del juego, del tráfico, del ejercicio de la prostitución o de la especulación).

En Alemania regulan esta materia los parágrafos 21 y 22 del «Einkommensteurgesetz», que norman el variado mundo de las rentas diversas, dentro de las que se sitúan las utilidades no incluibles en ningún otro supuesto de rentas previamente tipificadas, así como las que provienen de negocios especulativos o de operaciones ocasionales.

Por su parte, el artículo 92 del C. G. T. francés establece un paralelo tributario entre las rentas de los profesionales liberales, los lucros de las mujeres galantes y los beneficios conseguidos por los jugadores de bridge.

No tiene buena presentación el eufemismo hipócrita de tutelar determinados juegos en los que está implicado el propio Estado y excomulgar otros, incluso por la vía del Código penal, como acontecía en España hasta hace poco tiempo. La libertad ciudadana postula que se tolere el juego. Pero no existe ningún principio, ni moral ni jurídico, que aconseje entregar los frutos de la...

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