El concepto de dividendos en los convenios de doble imposición

AutorManuel Lucas Durán
Páginas375-376
Anuario Facultad de Derecho - Universidad de Alcalá X (2017) 363-366
ISSN: 1888-3214
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Recensiones 375
CASTRO ARANGO, JOSÉ MANUEL, EL CONCEPTO DE DI-
VIDENDOS EN LOS CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN,
Universidad Externado de Colombia, Bogotá, 2016, 575 págs.,
ISBN: 9789587724479
MANUEL LUCAS DURÁN
Universidad de Alcalá
La tributación de los dividendos internacionales depende, en gran medida, de la
aplicación del artículo pertinente recogido en los convenios para evitar la doble im-
posición firmados por cada país, tratados fiscales que siguen el modelo de convenio
de la OCDE. Particularmente, el art. 10 del referido modelo de convenio (en adelante
MCOCDE) recoge una serie de reglas para determinar cómo han de tributaria tales
rentas tanto en el país de la fuente de los mismos como en el país de residencia de su
perceptor.
Sin embargo, el apartado más importante del precepto referido (que es siste-
máticamente incorporado con pocas variaciones a los convenios para evitar la doble
imposición firmados por España) es, precisamente, el que se refiere a qué debe en-
tenderse a tales efectos como “dividendo”, lo cual condiciona lógicamente la apli-
cación de las reglas de tributación contenidas para tales rentas en los preceptos que
reflejen el art. 10 y el art. 23 (mecanismo de atenuación de la doble imposición) del
MCOCDE.
Pues bien, precisamente sobre el concepto de la figura de los dividendos en los
convenios para evitar la doble imposición versa el trabajo del Prof. Castro Arango
que ahora se presenta. Dicho estudio consta de tres capítulos bien diferenciados:
En el primero de ellos, el autor se refiere al ámbito de aplicación del precepto
de los tratados fiscales que recojan enl tenor del art. 10.3 MCOCDE, haciéndose una
alusión a las legislaciones internas y a la distribución del poder tributario entre el
Estado de la fuente y el de residencia.
El segundo capítulo se dedica a la definición de “dividendos”, realizándose un
recorrido histórico del concepto desde los primeros tratados fiscales de Europa cen-
tral en el siglo XIX, continuando con los trabajos de la sociedad de naciones y fina-
lizando en los proyectos de MCOCDE, con alguna referencia a las normas antiabuso
internas en cuanto que inciden en la definición del concepto analizado.
El capítulo tercero de la obra, el más extenso, versa sobre los elementos con-
figuradores del concepto de “dividendos” en los convenios para evitar la doble im-
posición, en el que se recogen multitud de ideas relevantes como serían el término
“sociedad distribuidora” y otros negocios jurídicos cercanos (cuentas en participa-
ción, conceptos de corte anglosajón como los trusts o las partnerships, instituciones
de inversión colectiva, etc.), el término “participaciones sociales” (con referencia a
las acciones y bonos de disfrute, participaciones mineras, partes de fundador, etc.)
esenciales para determinar sus frutos (que es la categoría de renta examinada), la
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