Comunicación pública: deeplinking

AutorLaura Caballero Trenado
Páginas95-96
CASO XXXV
COMUNICACIÓN PÚBLICA: DEEPLINKING
Supuesto de hecho
1. En 2009, dos periodistas suecos redactan artículos de prensa que se
publican en el periódico en el que trabajan y en la página de Internet del
diario.
2. Un empresario de Suecia gestiona una página de Internet que facilita
a sus clientes, según sus necesidades, listas de enlaces de Internet sobre los
que se puede pulsar y que conducen a artículos publicados en otras páginas
de Internet. Si el cliente pulsa sobre uno de esos enlaces se redirige a otra
página de Internet para acceder a la obra que le interese.
3. Los periodistas demandan al empresario en primera instancia alegan-
do que el citado empresario había utilizado, sin su autorización, algunos de
sus artículos al ponerlos a disposición de sus clientes.
Cuestiones
1. Entre las conductas que pueden impactar en derechos de propiedad
intelectual de terceros se encuentran el linking y el deeplinking. Explique
brevemente en qué consisten
2. Analice los apartados 20-25 y 31 de la STJUE de 13 de febrero de 2014
(Asunto C-466/12. Svensson y otros contra Retriever Sverige AB) y razone, a
tenor de la argumentación del Alto Tribunal europeo, si los enlaces a conte-
nidos no autorizados por los titulares constituyen un acto de comunicación
pública
3. ¿Qué es el copyright secundario o ancillary copyright? ¿qué ha supues-
to para los periódicos cuyas noticias son enlazadas por otras webs? ¿y para
los titulares de derechos de autor?

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