¿Los computadores son embargables?

AutorCarlos Ferreyros Soto
CargoDoctor en Derecho de la Informática e Informática Jurídica, de la Université de Montpellier; Master en Desarrollo y Proyectos; Abogado y Sociólogo graduado en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

¿Los computadores son embargables? (1)

He aquí una sugestiva pregunta de actualidad que plantea inmediatamente otras más Cuáles son los criterios para embargar o no los computadoras?. Cuántas formas de embargo pueden ser posibles?. Es necesaria una declaración jurada del embargado si la computadora contiene informaciones sensibles, privadas o íntimas? Debe el embargante realizar una pericia, sobre informaciones sensibles?.

Para los objetivos del presente artículo, esbozaremos algunas líneas de reflexión que plantea el Derecho y la Informática en lo relativo al 1. bien informático 1.1. material, hardware y al 1.2. elemento inmaterial, datos e informaciones, contenidas en la memoria(2) del computador. Luego 2. los procedimientos y formas posibles a tener en cuenta en el embargo, las 3. las sugerencias y perspectivas que nos plantea esta reflexión.

Las nuevas tecnologías de la información han transformado considerablemente la estructura productiva de bienes y servicios así como la forma y los agentes de producción en la ultima mitad de este siglo. La evolución y la adecuación del Derecho a estos nuevos desafíos ha devenido así ineluctable.

Hoy en día, la informática constituye para el jurista y el empresario una fuente de inquietud creciente no sólo en relación a los problemas que plantea respecto a la libertad, al Estado y a la empresa, sino también a la evolución y adaptación rápida de los sectores de punta. Ello resulta indispensable por la importancia de la informática en la estructura productiva, por las importantes inversiones que la informática requiere y genera como por la necesidad de crear un marco jurídico fiable y armónico que regule la relación entre unos y otros.

La legislación y el Derecho - en particular peruano - se han revelado tardíos y frecuentemente inadaptados a los retos de producción de bienes y servicios, y de modernización. Los sectores de bienes de producción mercantil han logrado adecuarse mejor que los sectores de servicios, particularmente de aquellos orientados al gran publico por el Estado justicia, educación. El problema principal ha sido, de un lado, el desfase en los ritmos de crecimiento, desarrollo como de adaptación, los que han generado la evidente perdida o desuso de las nociones jurídicas - subsistencia por ejemplo - que no se reportan mas con lo real, ni sociológica, ni antropológica, ni lingüísticamente. Esta tendencia debiera acelerarse en el futuro próximo. Como, de otro lado, han surgido nociones relacionadas con el objeto de la informática, inmaterialidad por ejemplo, que son de difícil aprehensión por los juristas; ni mucho menos, ha sido adaptados a las normas.

La institución embargo nos servirá de guía en este articulo para demostrar, de una parte, que la doble particularidad del bien informatico en su doble aspecto material como inmaterial, trastoca los criterios tradicionales en los cuales se basa y vuelve inoperante el propósito de la medida. De otra parte, pone en evidencia la urgencia de completar, actualizar y o adaptar un cierto numero de nociones y de normas de jerarquía diferente.

Si coincidimos en que las normas están interrelacionadas unas con otras, según una cierta jerarquía y especialidad, ello supone primero, regular los desfases de crecimiento, desarrollo, en la legislación de las tecnologías de punta, y acompasarlos frente al desuso o la falta de significación real de las nociones jurídicas. Segundo, llenar, actualizar o adaptar las nociones a la realidad. Tercero, crear, adaptar y o volver efectivas los procedimientos y las sanciones esperadas. Ello también significa contrario sensu reglas explícitas, fiables para el Estado, la empresa, la inversión y el desarrollo de las nuevas tecnologías como igualmente para el ejercicio del derecho y la protección de la libertad personales, teniendo como objetivo mayor las normas regulativas sobre las nuevas tecnologías, y el marco de una equilibrada propuesta sobre la Ley relativa a los datos, informaciones y ficheros.

1. Bien Informatico

Existe consenso entre los investigadores respecto al bien informatico en su doble aspecto material e inmaterial. Los elementos materiales están representados por el hardware y los equipos periféricos. El elemento...

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