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Comentario al Artículo 4 de la Ley Concursal, sobre la intervención del Ministerio Fiscal
Autor | Carlos Vázquez Iruzubieta |
Cargo del Autor | Abogado |
Es un cuerpo extraño este artículo dentro de la Ley Concursal. Me pregunto ¿qué tiene que hacer esta norma relativa a la actividad del Fiscal de lo penal dentro del articulado de una ley civil?
Lo más curioso es que se dan normas de actuación para que las ejecute en el proceso penal y no en el procedimiento concursal. Sólo por esto debiera pasar por alto todo comentario de este artículo; sin embargo, algo se dirá.
Lo primero es que la actividad preceptiva del Fiscal ha de estar basada en causas donde se esté investigando algunos de los delitos previstos en los arts. 234 al 304 CP (contra el patrimonio y socioeconómicos).
La comunicación prevista no se lleva a cabo después de una sentencia firme; basta la iniciación del procedimiento penal pues este art. 3 bis habla de indicios de estado de insolvencia de los presuntos responsables penales, por si el Juez competente o quien pudiera serlo porque tampoco es seguro que el Juez de Instrucción lo sepa, pudiera estar conociendo de un procedimiento concursal contra el o los imputados en sede penal (lo que en un alarde de cursilería, a los imputados ahora se les llama presuntos ). Esta diligencia cumplida por el Juez de Instrucción ante un Juez de lo Mercantil que pudiera estar conociendo de un concurso es poco ortodoxa ya que va más allá de lo que en buena lógica se puede admitir como compromiso de la Administración de...
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Solicita tu prueba- Título I. De la declaración de concurso
- Capítulo 1. De los presupuestos del concurso
- Comentario al Artículo 1 de la Ley Concursal, sobre presupuesto subjetivo
- Comentario al Artículo 2 de la Ley Concursal, sobre presupuesto objetivo
- Comentario al Artículo 3 de la Ley Concursal, sobre legitimación
- Comentario al Artículo 4 de la Ley Concursal, sobre la intervención del Ministerio Fiscal
- Comentario al Artículo 5 de la Ley Concursal, sobre el deber de solicitar la declaración de concurso
- Comentario al Artículo 6 de la Ley Concursal, sobre solicitud del deudor
- Comentario al Artículo 7 de la Ley Concursal, sobre solicitud del acreedor y de los demás legitimados
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