Comunidades autónomas de régimen común. Cantabria. Recursos

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Normas

1) Ley 6/2000, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2001 (BO Cantabria de 20-12-00).

(…)

Artículo 7. Reclamaciones Económico-Administrativas.

Se modifica el artículo tercero.3) de la Ley 7/1984, de 21 de diciembre, de Finanzas de la Diputación Regional de Cantabria, quedando redactado como sigue:

3. El conocimiento y resolución de las reclamaciones económico-administrativas corresponderá a los siguientes órganos:

a) El Consejero de Economía y Hacienda.

b) La Junta Económico-Administrativa.

La composición de la Junta Económico-Administrativa se determinará en función del número y la naturaleza de las reclamaciones y su funcionamiento se ajustará a los principios de legalidad, gratuidad, inmediación, rapidez y economía procesal.

Las resoluciones de la Junta Económico-Administrativa o del Consejero de Economía y Hacienda pondrán término a la vía administrativa y serán recurribles en vía contenciosa-administrativa

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