Audiovisual

AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Condena al Estado por la normativa sobre televisión de acceso condicional

El TS ha condenado al Estado Español a indemnizar a Sogecable en una cuantía algo superior a 26 millones de euros, por los daños y perjuicios causados a dicha sociedad por aplicación del Real Decreto-Ley 1/1997, en lo referente al uso de descodificadores.

La sentencia, que tiene como precedente otra del propio TS que consideraba contrarios a las Directivas Comunitarias ciertos preceptos de la citada norma, entiende que concurren todos los requisitos establecidos por el TJCE para que sea exigible la responsabilidad patrimonial a un Estado por violación del Derecho comunitario.

Alcance de la concesión de televisión por cable

La AN, en una reciente sentencia de 13 de mayo, ha puesto fin al conflicto que mantenían, de una parte, la CMT y, de otra, los operadores de cable y el MCYT, sobre el alcance de la concesión del servicio de difusión de televisión por cable.

La CMT sostuvo, y la AN ha confirmado ese criterio, que el servicio de difusión de televisión por cable, amparado por la concesión administrativa, está caracterizado por dos notas básicas: la difusión de imágenes y sonido que constituyan una programación prefijada, y que esa programación se difunda en un solo sentido a varios puntos de recepción simultáneamente o vaya dirigida de manera simultánea a una multiplicidad de usuarios que no tienen posibilidad de interactuar sobre el servicio.

Con esta caracterización, quedan fuera del ámbito de la concesión administrativa, y se consideran como servicios de telecomunicaciones liberalizados, que pueden prestarse al amparo de los títulos habilitantes contemplados en la Ley General de Telecomunicaciones, algunos servicios audiovisuales en los que se da la nota de interactividad: el servicio de video a...

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