Artículo 380

AutorMariano Alonso Pérez
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Civil

RESOLUCION de 12 de abril de 2002, de la Dirección del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de Zaragoza, por la que se convocan exámenes reglamentarios para la obtención de los carnés profesionales de Instalador en dos especialidades: Instalador Autorizado de Calefacción y Agua Caliente Sanitaria e Instalador Autorizado de Climatización.

1º.-Solicitudes. Las solicitudes, una por cada uno de los carnés deseados, junto con la documentación compulsada acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en el apartado 2º de esta convocatoria, se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón».

2º.-Derechos de examen:

Los derechos de examen para la obtención del carné de instalador se fijan en 21,76 euros (Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, publicada en el BOA nº 154 de 31 de diciembre) que deberá realizarse mediante autoliquidación según el modelo 414 de la Tasa 14 (Orden de 3 de enero de 2002 publicada en el BOA nº 7 de 16 de enero). Los impresos de autoliquidación se facilitarán en los Servicios Provinciales de Industria, Comercio y Desarrollo de la Diputación General de Aragón.

La liquidación de los derechos de examen deberá realizarse previamente a la presentación de la solicitud de admisión al examen, debiendo adjuntarse a la misma el ejemplar para la Administración del citado Modelo 414 cumplimentado el apartado IV, Ingresos, por una Entidad Colaboradora o la Caja de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

3º.-Requisitos de los candidatos.

Será necesario cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión como mínimo de un título de Ciclo Formativo Técnico Superior de Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso o título equivalente regulados en el R.D. 777/1998, de 30 de abril por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación profesional en el ámbito del sistema educativo o bien titulación equivalente.

Quienes no posean la titulación señalada en este apartado, deberán haber recibido y superado las pruebas de aptitud sobre un curso teórico-práctico impartido por alguna entidad reconocida por el Departamento de Industria Comercio y Desarrollo de la Diputación General de Aragón, relativo a conocimientos técnicos y cuyo temario y duración del curso sean los que figuran en el apéndice 11.1 de la Instrucción Técnica Complementaria ITE...

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