Se aprueba el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral y el Catálogo de Playas de la Comunitat Valenciana

AutorDr. Fernando López Pérez
CargoCentro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Páginas174-175
Recopilación mensual n. 80, Junio 2018
174
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de junio de 2018
Se aprueba el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral y el
Catálogo de Playas de la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: DOGV núm. 8293, de 11 de mayo de 2018
Temas Clave: Clasificación de suelos; Costas; Dominio público marítimo-terrestre;
Ordenación del litoral; Ordenación del territorio
Resumen:
A través del Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del Consell, se ha aprobado el Plan de Acción
Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral y el Catálogo de Playas de la Comunitat
Valenciana.
En lo concerniente al Plan de Acción Territorial (instrumento territorial que, de
conformidad con las legislaciones autonómicas, prevalece sobre los planeamientos
urbanísticos municipales que puedan verse afectados), el mismo atiende a la situación de
fragilidad del litoral de esta Comunidad Autónoma, pues como indica el preámbulo «la
mitad de los primeros 500 metros desde el límite interior de la ribera del mar es urbano o
urbanizable, el 44 % es protegido por la legislación ambiental y el restante 6 % es no
urbanizable del denominado régimen común. Esta presión por el uso del territorio se ha
incrementado más, si cabe, en los últimos decenios, ya que desde 1990 hasta el fin de la
burbuja inmobiliaria el crecimiento del suelo urbanizado del litoral creció a un ritmo
superior en más de tres veces al de la población, sellando gran cantidad de suelo estratégico
para su dedicación a la vivienda de segunda residencia, lo que ha originado un parque
sobredimensionado y con grandes problemas para ser absorbido por el mercado».
Es por esta razón por la que se formula este instrumento de ámbito supramunicipal que
identifica los suelos costeros de mayor valor ambiental, territorial, cultural y de protección
frente a riesgos naturales e inducidos, los ordena y establece una regulación de los usos y
actividades admisibles en los mismos con el fin de garantizar un uso racional y sostenible
de este espacio.
De este modo, el Anexo I del Decreto 58/2018 recoge la normativa, dividiendo el ámbito
de aplicación del plan en tres franjas de suelo, que contarán con una mayor permisividad de
usos a medida que nos alejamos de la ribera del mar. Estas franjas son, con carácter general,
las delimitadas por los 500, 1.000 y 2.000 metros medidos en proyección horizontal desde
el límite interior de la ribera del mar. Además en la normativa se incluye un capítulo
dedicado a la Vía del Litoral, que se define como «un itinerario apto para sistemas de
transporte no motorizado, que permite recorrer toda la franja costera de la Comunitat
Valenciana, desde Vinaròs hasta Pilar de la Horadada, el cual conecta todos los espacios
litorales de mayor valor ambiental, territorial y cultural de la costa pudiendo, a su vez,
ponerse en relación con otras rutas interiores». Siendo que «la planificación territorial y

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