Aproximación jurídica a la economía colaborativa: diferentes realidades

AutorRosalía Alfonso Sánchez
Páginas13-73

Page 17

I La economía colaborativa: sus diferentes realidades
1. Aproximación a la economía colaborativa

Con la expresión «economía colaborativa» se hace referencia, por regla general, a los nuevos sistemas de producción y consumo de bienes y servicios surgidos a principios de este siglo gracias a las posibilidades ofrecidas por los avances de la tecnología de la información para intercambiar y compartir dichos bienes y/o servicios, que permiten reducir las asimetrías informativas y los costes de transacción que afectan a dichas actividades1, a la vez que permiten incrementar la escala en que se llevan a cabo y realizarlas de forma diferente a la tradicional2.

Las realidades que encierra la economía colaborativa han recibido diversas denominaciones a lo largo de los años y todas ellas coexisten en la actualidad. El término originariamente empleado para describir el fenómeno fue el de «consumo colaborativo» (collaborative consumption)3, pero resultó insuficiente por ser la

Page 18

economía colaborativa algo más que consumo. También es frecuente el término «economía entre pares» (peer —P2P— economy)4, que se aplica a organizaciones surgidas en torno al modelo de negocio peer-to-peer, en el que las plataformas se usan para alquilar, vender, prestar o compartir bienes al margen de tiendas, bancos o agencias; pero tampoco esta realidad engloba toda la economía colaborativa, pues deja fuera otras fórmulas entre empresarios y consumidores, empresarios y empresarios o, incluso, entre consumidores y empresarios. La palabra «malla» (mesh)5, por su parte, alude al modo en que la tecnología digital se usa para proporcionar bienes y servicios de nuevas y variadas formas. «La malla» es una metáfora que describe una etapa totalmente nueva de servicios basados en la información y que se extiende a fenómenos como Facebook y Twitter. La expresión «economía de bolos» (gig economy)6 hace referencia al «crowdwork» y al «work-on-demand via apps», fórmulas en las que la oferta y demanda de trabajo se realiza online o a través de aplicaciones móviles, proporcionando oportunidades de trabajo y horarios flexibles a los sujetos (v. gr., plataformas como TaskRabbit o Lyft)7, pero que no deja de ser sólo una parcela —importante— de la economía colaborativa. La llamada «economía de acceso» (access economy)8 se centra en la cualidad básica de los modelos de negocio de la economía colaborativa, cual es que el acceso a los bienes es preferible a la propiedad de los mismos.

La expresión que ha adquirido mayor popularidad es la de «economía de uso compartido» o «economía del compartir» (sharing economy)9, basada en la idea

Page 19

de un ecosistema socioeconómico en el que compartir la creación, producción, distribución, comercio y consumo de bienes y servicios entre diferentes personas y organizaciones; pero el término compartir puede resultar engañoso, puesto que con frecuencia la economía colaborativa implica el pago y no un simple intercambio10. Hay autores que prefieren hablar de «capitalismo de base multitudinaria» (crowd-based capitalism), como un nuevo modo de organizar la actividad econó-mica capaz de suplantar al tradicional modelo centrado en las corporaciones («corporate-centered»)11; y quienes ponen su atención en el instrumento que permite la nueva realidad y utilizan, en consecuencia, la expresión «economía de plataforma» (platform economy)12.

En este trabajo utilizaremos la expresión «economía colaborativa» (collaborative economy) que, entendemos, engloba todas las anteriores y que es el que ha asumido la Unión Europea y nuestra Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, como veremos de inmediato13.

Page 20

En opinión de la generalidad de la doctrina, los rasgos distintivos de la economía colaborativa son los siguientes: a) el necesario uso de internet; b) la inter-conexión en red de personas y/o activos; c) el acceso al uso de activos tangibles e intangibles desaprovechados; d) el logro de interacciones significativas y la confianza; y e) el carácter abierto, inclusivo y global14.

2. Actividades básicas en la economía colaborativa

Atendiendo a cuál sea el propósito perseguido por las empresas de economía colaborativa, ciertos autores diferencian en ésta cuatro actividades básicas15.

La primera de ellas es el consumo colaborativo (collaborative consumption), que proporciona el acceso a los bienes y/o servicios a través de los siguientes instrumentos jurídico-económicos: bartering, renting, lending, trading, leasing, exchanging, reselling y swapping. Incluye tanto los mercados de redistribución —redistribution markets—, donde se revenden o redistribuyen los bienes desde donde no se necesitan hacia donde sí se desean (v. gr., Furniture Re-use Network), como los sistemas de producto y servicio —product service systems—, en los que se paga por el acceso a los bienes en lugar de adquirirlos (v. gr., Zipcar, Airbnb, eBay, Uber) y los sistemas de vida colaborativa —collaborative lifestyles—, donde se comparten e intercambian activos intangibles, como tiempo, habilidades, tiempo y espacio (v.gr., Grub Club, Blablacar)16.

La segunda actividad viene referida a la producción colaborativa (collaborative production), en la que grupos, redes o particulares colaboran en el diseño, producción o distribución de bienes. Incluye el diseño colaborativo —collaborative design—, en el que se trabaja de forma conjunta en el diseño de un producto o servicio, surgiendo la iniciativa de una llamada abierta, un informe de diseño o un desafío (v. gr., Quirky), la elaboración colaborativa de productos o proyectos —collaborative making— (v. gr., OpenStreetMap), y la distribución colaborativa —collaborative distribution— en la que se organiza y realiza la distribución de bienes directamente entre particulares (v. gr., Nimber)17.

La tercera está constituida por el aprendizaje colaborativo (collaborative learning), esto es, experiencias de aprendizaje abiertas a cualquier sujeto y donde se comparten recursos y conocimientos para aprender de forma conjunta. Incluye el

Page 21

acceso libre y gratuito a cursos, lecturas y contenidos educacionales —open courses and courseware— (v. gr., FutureLearn, Moocs, Coursera), pero también el ofrecimiento a enseñar o compartir destrezas —skillsharing— (v. gr., Skilio), o la aportación pública de conocimientos o de resolución de problemas —crowd-sourced knowledge— (v. gr., Wikipedia)18.

Finalmente, la cuarta tiene que ver con las finanzas colaborativas (collaborative finance), o servicios de financiación, préstamo o inversión que se prestan al margen de las entidades financieras tradicionales. Es el caso del crowfunding o financiación directa y en masa de un concreto proyecto (v. gr., Space Hive, CrowdCube), o del peer-to-peer lending, que conecta a quienes desean invertir con aquellos que necesitan un préstamo (v. gr., Zopa), las complementary currencies o monedas alternativas a las de uso legal a las que determinados grupos les reconocen valor a ciertos efectos (v. gr., Economy of Hours, Bristol Pound), y las pólizas de seguros colectivas —collaborative insurance— (v. gr., Bought by Many)19.

Recientemente, se suele dar entrada a un quinto pilar [o quinta actividad] formado por la gobernanza colaborativa (collaborative governance), relativa a esos nuevos mecanismos de gobernanza horizontal y participativa que tienen lugar tanto en las ciudades como en las empresas. Por lo que se refiere a las ciudades, se trata de crear nuevas y sólidas relaciones entre ciudadanos, administración pública, particulares y tercer sector20.

3. Sobre los modelos de negocio en la economía colaborativa

Son diversas las clasificaciones que se pueden realizar sobre los modelos de negocio que tienen lugar en la economía colaborativa puesto que la realidad de ésta es muy variada.

A) Clasificación según modelos de prestación y participantes en la transacción

Una clasificación frecuente es la que tiene en cuenta tanto los modelos de prestación como a quienes participan en la transacción, distinguiéndose así el modelo B2C o Business-to-Consumer, en el que una empresa es titular o maneja directamente el servicio o la prestación; el B2B o Business-to-Business, donde la interacción

Page 22

se realiza entre empresas que poseen o manejan el servicio o la prestación; el P2P o Peer-to-Peer, en el que son los particulares los que a través de la plataforma interactúan y cambian o realizan las prestaciones o servicios; el C2B o Consumer-to-Business, en el que la empresa se beneficia y paga por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR