Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. (DOGC núm. 6551, de 30 de enero de 2014)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas77-80

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Temas Clave: Residuos; Aguas; Urbanismo; Ordenación ambiental; Espacios naturales; Protección del medio nocturno; Prevención y control ambiental de actividades; Medio forestal; Alimentación; Pesca; Fractura hidráulica; Tasas

Resumen:

El comentario de esta norma se ciñe a las cuestiones que de un modo u otro puedan tener relación con la materia jurídica ambiental.

Entre las medidas relativas a los tributos propios, el capítulo I del Título I de esta norma contiene, en primer lugar, las modificaciones introducidas en la Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos. Así, se actualizan, por una parte, los tipos de gravamen del canon sobre la disposición del desperdicio de los residuos municipales, y, por otra parte, se crea el canon que grava la destinación de los residuos industriales a depósito controlado.

En cuanto a las modificaciones de los elementos cuantitativos del canon del agua, que afectan, entre otros, a los usos ganaderos y los usos industriales de producción de energía eléctrica, es preciso señalar que estas modificaciones se insertan en el marco europeo de actuación de la política del agua, fundamentadas en el principio de recuperación de los costes de los servicios del ciclo del agua, que debe aplicarse de modo que incentive el uso eficiente del recurso y, por lo tanto, contribuya a los objetivos medioambientales perseguidos.

El título VI, que contiene cuatro capítulos, agrupa medidas en sectores estratégicos como el de la vivienda y el del urbanismo, y propone también modificaciones legislativas en ordenación ambiental y en materia de aguas. En materia de urbanismo, establece la suspensión de la eficacia temporal del artículo 114 del texto refundido de la Ley de urbanismo, en lo que concierne a la determinación del justiprecio en la expropiación forzosa, e incluye medidas que afectan a la ordenación ambiental, como la propuesta de un nuevo instrumento de delimitación definitiva de los límites de los espacios del Plan de espacios de interés natural (Modificación de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales); o la incorporación de nuevas tecnologías de iluminación (modificación de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno), como los diodos emisores de luz y otras lámparas de haluros cerámicos, a las medidas de protección del medio nocturno.

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También incluye medidas que hacen referencia a la prevención y el control ambiental de las actividades (modificación de la Ley 20/2009, del 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades), como la simplificación de los procedimientos administrativos, la evaluación ambiental de planes y programas, la regulación de los residuos (modificación del texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio) y la ordenación de aguas (modificación del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña...

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