Artículos doctrinales sobre Sustituciones hereditarias
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- Artículo 788
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Situación de pendencia
I. Situación y facultades del fiduciario durante la pendencia.-II. Derechos de los poseedores de una expectativa a heredar.-III. Comunidad hereditaria.-IV. Actos dispositivos sobre el caudal hereditario.
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Artículos 156 a 159 y 161.3
I. La sustitución pupilar. -II. Indicación histórica. -III. Fundamento. -IV. Naturaleza jurídica. -V. Clases. -VI. Requisitos. -VII. Efectos. -VIII. Extinción.
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Artículos 791 y 792
ARTICULO 791 Las condiciones impuestas a los herederos y legatarios, en lo que no esté prevenido en esta sección, se regirán por las reglas establecidas para las obligaciones condicionales (a) ARTICULO 792 (*) Las condiciones imposibles y las contrarias a las leyes o a las buenas costumbres se tendrán por no puestas y en nada perjudicarán al heredero o legatario, aun cuando el testador...
- Artículo 778
- La extinción de la sustitución fideicomisaria pura y condicional y del fideicomiso de residuo
- Cláusulas testamentarias de residuo
- Artículo 800
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Artículo 801
I. Condiciones a que alcanza.-II. La garantía que supone la puesta en administración de la herencia.-III. ¿Qué garantías aseguran el derecho de quien recibiría la herencia si se cumple la condición resolutoria puesta al heredero?
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Artículo 799
I. El sentido dado por la jurisprudencia al presente artículo.-II. Remisión al comentario al artículo 759.
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Artículos 160 y 161
I. La sustitución ejemplar o cuasi-pupilar. -II. Indicación histórica. -III. Fundamento. -IV. Naturaleza jurídica. -V. Clases. -VI. Requisitos. -VIL Efectos. -VIII. Extinción.
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Consideraciones sobre la sustitución fideicomisaria de acciones.
I Introducción- II Posición jurídica del fiduciario- III La sustitución fideicomisaria de acciones I Derechos y obligaciones del fiduciario 2 La sustitución fideicomisaria y el derecho de suscripción preferente Atribución de las acciones emitidas en las ampliaciones de capital-3 El gravamen de restitución y su incidencia sobre la posición del socio Enajenación de las acciones
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Renuncia a la legítima
I. Renuncia de herencia y pacto sucesorio.-II. Renuncia a la legítima.
- Del usufructo a la sustitución fideicomisaria
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Del usufructo a la sustitución fideicomisaria
12.-De la sustitución fideicomisaria al usufructo. S. 22 abril 1865. S. 13 febrero 1874. 13.-La sustitución fideicomisaria en la etapa codicificadora. 14.-La codificación del usufructo sucesivo propio. 15.-La doctrina legal sobre los límites del usufructo sucesivo propio. S. 8 mayo 1894. S. 11 diciembre 1899. R. 28 agosto 1907. S. 9 julio 1927. S. 23 junio 1940. 16.-La condición en la...
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Cónyuge fiduciario
I. Precedentes de la institución.-II. Limitación del nombramiento al cónyuge.-III. Extinción de la fiducia.-IV. Facultades del fiduciario.
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Artículo 141. Sustitución legal
I. La representación en la sucesión testada: su regulación en la Compilación aragonesa de 1967.--II. La reforma de la Ley regional de 21 mayo 1985.--III. Estructura y significado de la norma: 1. La sustitución legal aragonesa como institución de derecho voluntario. 2. La previsión en contrario del causante. 3. La previsión en contrario del causahabiente.
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Constitución
I. La casa aragonesa y su incidencia en la institución.-II. Libertad de elección de los fiduciarios.-III. Intervención del cónyuge viudo.-IV. Edad de los fiduciarios.
- La sustitución ejemplar
- Artículo 790
- Artículo 789
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De la institución de heredero y del legado condicional o a termino
I. Ojeada global al contenido de la presente sección.-II. Si la condición, el término o el gravamen dispuestos hay que entenderlos referidos únicamente al instituido bajo ellos, o también a quien, si él no sucede, corresponda su parte.-III. Si el evento se produjo o faltó antes de la muerte del causante.-IV. Sumisión a condición o término, no de disposiciones testamentarias, sino del vigor del...
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Subsistencia de la fiducia colectiva
I. Imposibilidad de la actuación como fiduciario del cónyuge viudo.-II. Suplencia en las vacantes de los demás fiduciarios.
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Acuerdos de la Junta de Parientes
I. Subordinación de la Junta de Parientes a la voluntad del causante.-II. Acuerdos tornados por los fiduciarios nominalmente designados,-III. Acuerdos tomados por fiduciarios no especialmente llamados.-IV, Soluciones en caso de disconformidad.
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Capítulo V
I. Las sustituciones en materia sucesoria. II. Clases.