Vulnerabilidad ambiental y vulnerabilidad climática

AutorJosé Francisco Alenza García
Páginas1-46
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. 10 Núm. 1 (2019)
- Monogràfic -
DOI: https://doi.org/10.17345/rcda2579
VULNERABILIDAD AMBIENTAL Y VULNERABILIDAD CLIMÁTICA1
ENVIRONMENTAL VULNERABILITY AND CLIMATIC VULNERABILITY
JOSÉ FRANCISCO ALENZA GARCÍA
Catedrático de Derecho Administrativo
Universidad Pública de Navarra
jose.f.alenza@unavarra.es
Fecha de recepción: 25 de abril de 2019 / Fecha de aceptación: 11 de junio de 2019
RESUMEN: La protección de la vulnerabilidad es consustancial al Derecho.
Muchos principios y reglas del Derecho tienen por objeto la protección del débil
o del vulnerable. En los últimos tiempos la legislación está haciendo un uso
muy intenso del término “vulnerabilidad” para aludir a sujetos y objetos muy
heterogéneos. En este trabajo se expone la normativa ambiental y climática
que se refiere a la vulnerabilidad, sin que sea posible, formular un concepto
jurídico unívoco de la vulnerabilidad ambiental o climática por el carácter
polisémico y omnicomprensivo con el que se utiliza. En segundo lugar, se
muestra una clasificación de las diferentes técnicas jurídicas empleadas para
gestionar, para reducir y para reparar la vulnerabilidad ambiental y climática.
Finalmente, se exponen unas conclusiones entre las que destaca la posible
emergencia de un principio de protección de la vulnerabilidad y la necesidad de
enfatizar la vulnerabilidad de las personas ante los riesgos ambientales y
1 El presente trabajo se realiza en el marco del Proyecto de Investigación titulado “Bioderecho
ambiental y protección de la vulnerabilidad: hacia un nuevo marco jurídico” (Referencia:
DER2017-85981-C2-1-R), Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (Convocatoria
2017 de Proyectos de I+D+i correspondientes al Programa estatal de Investigación, Desarrollo
e Innovación orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de
Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016), Investigadores principales: Dra.
Blanca Soro Mateo (Universidad de Murcia) y Dr. José Francisco Alenza García (Universidad
Pública de Navarra).
J. F. Alenza RCDA Vol. 10 Núm. 1 (2019)
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climáticos.
RESUM: La protecció de la vulnerabilitat és consubstancial al dret. Molts
principis i regles del dret tenen per objecte la protecció del feble o del
vulnerable. En els últims temps la legislació està fent un ús molt intens del
terme vulnerabilitat per al·ludir a subjectes i objectes molt heterogenis. En
aquest treball s'exposa la normativa ambiental i climàtica que es refereix a la
vulnerabilitat, sense que sigui possible formular un concepte jurídic unívoc de la
vulnerabilitat ambiental o climàtica pel caràcter polisèmic i omnicomprensiu
amb què s'utilitza. En segon lloc, es mostra una classificació de les diferents
tècniques jurídiques utilitzades per gestionar, reduir i reparar la vulnerabilitat
ambiental i climàtica. Finalment, s'exposen unes conclusions, entre les quals
destaca la possible emergència d'un principi de protecció de la vulnerabilitat i la
necessitat d'emfatitzar la vulnerabilitat de les persones davant els riscos
ambientals i climàtics.
ABSTRACT: The protection of vulnerability is inherent to the Law. Many
principles and rules of law are aimed at the protection of the weak or the
vulnerable. In recent times, the legislation is making a very intense use of the
term “vulnerability” to allude to very heterogeneous subjects and objects. This
paper show the environmental and climatic regulations that refer to vulnerability.
It is not possible to define a legal concept of environmental or climatic
vulnerability, due to its polysemic and omnicomprehensive character. Secondly,
the paper presents a classification of the different legal techniques used to
manage, to reduce and to repair environmental and climatic vulnerability is
shown. Finally, the conclusions are exposed. The main conclusions refer to the
possible emergence of a principle of vulnerability protection and the need to
emphasize the vulnerability of people to environmental and climatic risks.
PALABRAS CLAVE: Vulnerabilidad Vulnerabilidad ambiental Derecho
ambiental Cambio climático Vulnerabilidad climática
PARAULES CLAU: Vulnerabilitat Vulnerabilitat ambiental Dret ambiental
Canvi climàtic Vulnerabilitat climàtica
KEY WORDS: Vulnerability Environmental vulnerability Environmental
Law Climate change Climatic vulnerability
RCDA Vol. 10 Núm. 1 (2019) Vulnerabilidad ambiental
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SUMARIO: I. EL DERECHO COMO PROTECCIÓN DE LO VULNERABLE. 1. La vulnerabilidad
como esencia de lo jurídico. 2. La actual proliferación del término “vulnerabilidad” en la
legislación: diferentes tipos de vulnerabilidad. 3. La imposibilidad de formular un concepto
jurídico de la vulnerabilidad. II. LA VULNERABILIDAD EN EL DERECHO AMBIENTAL. 1. La
biodiversidad vulnerable. 2. La vulnerabilidad como objeto de la evaluación de impacto
ambiental. 3. La vulnerabilidad de la población a la contaminación. 4. Técnicas jurídicas
contra la vulnerabilidad ambiental. III. LA VULNERABILIDAD COMO CONCEPTO CLAVE
DEL DERECHO DEL CLIMA. 1. La vulnerabilidad como factor esencial de las estrategias
contra el cambio climático. 2. Técnicas jurídicas contra la vulnerabilidad climática. IV.
LA VULNERABILIDAD DE LAS PERSONAS A LA CONTAMINACIÓN Y AL CAMBIO
CLIMÁTICO. V. CONCLUSIONES.
I. EL DERECHO COMO PROTECCIÓN DE LO VULNERABLE.
1. La vulnerabilidad como esencia de lo jurídico.
Pertenece a la esencia del Derecho la protección y la tutela de la
vulnerabilidad. El Derecho se ha mostrado siempre proclive a la protección de
lo vulnerable, es decir, de aquello que aparece como débil, endeble, delicado,
frágil, inerme, indefenso, desvalido.
La justicia, y su emanación que debe ser el Derecho, exige la igualdad, la no
discriminación y la protección del débil y del vulnerable. Dar a cada uno lo suyo
lleva implícita la noción de igualdad y la necesidad de tener en cuenta las
diferencias: tratar de igual forma a los que son desiguales constituye una
flagrante injusticia2. No es de extrañar, por ello, que cuando se aprecia en
alguien o en algo digno de protección, una especial debilidad, fragilidad o
vulnerabilidad el Derecho proporcione herramientas específicas dirigidas a
2 El Derecho Romano instituyó esa equivalencia de la igualdad y de la justicia desde sus
orígenes. La Le y de las XII Tablas estableció dos principios jurídicos fundamentales: la
publicación de los preceptos jurídicos y el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la
ley (aequare legibus omnibus). Por eso, para R. VON IHJERING el Derecho Romano está
imbuido del espíritu de igualdad: “La igualdad ante la ley es la emanación de la idea de la
justicia: todo lo que por su naturaleza es igual, debe ser tratado igualmente por la ley”. (El
espíritu del Derecho Romano, ed. Comares, Granada, 1998, pp. 353 y ss. La idea de que lo
justo entraña siempre la protección del más débil ha sido también desarrollada por C. PÉREZ
DEL VALLE, “¿Derecho como protección de los más débiles?”, en Cayuela (coord.),
Vulnerables: pensar la fragilidad humana, 2005, pp. 111-125.

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