Varia

AutorLa Redacción
Páginas267-272

Transformaciones del Derecho civil desde 1933 1.

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Siebert se plantea el problema de la existencia actual de un Derecho civil habida cuenta de las múltiples intervenciones estatales. Es difícil, a veces, distinguir cuáles de estas intervenciones deberse a las necesidades bélicas y cuáles a un cambio en la concepción del Derecho. Adelantemos el resultado de las investigaciones de Siebert: Hoy día ignoramos todavía el sentido, la razón de ser y el área del Derecho civil. Toda aparente claridad y certidumbre pecarían de superficiales. No obstante, podemos ya trazar las siluetas y contornos del porvenir.

El problema nuclear reside en la relación entre individuo y comunidad. Ni el individualismo ni el colectivismo nos brindan soluciones adecuadas. Por un lado, la comunidad es la que atribuye al ciudadano su situación jurídica y sus tareas; por otra vertiente, el individuo tiene la vocación-y ello con simultaneidad temporal y lógica-de colaborar activamente en la formación de la comunidad desarrollando su personalidad. La última faceta determina la órbita del Derecho civil. El Derecho civil no se enfrenta, por ende, con el Derecho público. Más bien existe entre ambos una concatenación. En lugar de la libertad primitiva coloca el Derecho civil moderno la colaboración responsable del ciudadano. Todos los conceptos se llenan de este modo con sentido positivo y se convierten en funciones sociales. Personalidad y responsabilidad son conceptos básicos necesarios de toda auténtica comunidad. Derecho civil moderno existe, por tanto, en cuanto nos encontramos con una colaboración responsable del ciudadano; y existe Derecho público moderno en cuanto nos hallamos con una actividad inmediata del poder soberano, abarcando hasta el caso concreto. Colaboración del ciuda-Page 268dano no es idéntica a autonomía de la voluntad. Por ejemplo: el contenido de un matrimonio no pertenece, por regla general, al ámbito de la autonomía de la voluntad; y, sin embargo, lo que cada cual hace de su matrimonio depende del desarrollo de su personalidad.

La inordinación del ciudadano en la comunidad limita y fortalece, a la par, el Derecho civil. Veamos en lo que sigue ambas funciones de la inordinación.

  1. Limitación del Derecho civil: El individualismo parte del concepto del derecho como base del Derecho privado. El comunismo suprime el derecho individual por completo, concibiendo al individuo meramente como funcionario de una colectividad. El nacionalsocialismo considera el derecho y el deber como dos entidades de igual originalidad. Derecho y deber, poder y responsabilidad van íntimamente fusionados. Este enfoque se enlaza al Derecho antiguo germánico y a su resurgimiento por medio de la obra de Otto von Gierke. He aquí las raíces de la prohibición del abuso del derecho. La excepción, dimanante del artículo 242 Código civil alemán, del...

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