Un tratado del impuesto de derechos reales

AutorValeriano de Tena
Páginas655-663

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Bas y Ribas (Federico) : Impuestos de derechos reales y sobre transmisión de bienes. Prólogo de D. José Larraz. Vol. I. Editorial «Revista de Derecho Privado», 449 + XXVI páginas.

De todos los impuestos indirectos, es problablemente el conocido con la denominación de "derechos reales" el que, en su exacción, ofrece mayor diversidad de supuestos y cuya determinación cuantitativa ha de estar más atenta y asiduamente asistida por las normas del derecho positivo en todas sus ramas, ya que la naturaleza jurídica del acto o contrato sobre que recae es el fundamental principio que la informa. Porque -la gran masa de contribuyentes a quienes afecta, la sutileza de ingenio que frecuentemente se despliega para eludir- o atenuar, al menos, la onerosidad de esta carga fiscal; la complejidad con que a veces se presenta el negocio jurídico sujeto a imposición, demandan una técnica depurada que permita la exacción del impuesto sin quebranto, en lo posible, para los intereses del Tesoro público. De ahí que sean numerosos los trabajos publicados en Revistas sobre cuestiones concretas y determinadas unas veces, o abarcando otras un conjunto suficiente de ellas para formar un libro.

Los que de éstos se han dado a la Prensa hasta ahora, unos han tenido por finalidad exclusiva facilitar el estudio de algún programa de oposiciones, y otros la exposición metódica de los preceptos legales relativos al impuesto, y el comentario de las normas positivas que pudieran ofrecer dudas en su aplicación. Y todos, o la mayor parte de ellos, con breves e incompletas notas jurisprudenciales y referencia o inserción literal de algunas circulares de la Dirección General de lo Contencioso del Estado El libro del Sr. Bas es algo más que todo eso; es la exposición de la doctrina y legalidad en el orden estrictamente jurídico de cuantos actos y contratos -caen dentro del ámbito del impuesto ,de derechos reales y su proyección en la órbita fiscal del mismo impuesto. Por ello, este libró lo constituyen no solamente unos comentarios- siempre meditados y exactos -del derecho posi-Page 656tívo, sino, además, el tratado completo de una exacción tributaria de depurada técnica, elaborada sobre la experiencia de los dos meritísimos Cuerpos de funcionarios encargados de su gestión administrativa.

Precedido del texto de la ley vigente (el refundido de 7 de noviembre de 1947), con las oportunas referencias a su reglamento, sigue el autor el plan que este último le impone. Y como método de exposición, en cada uno de los preceptos reglamentarios que así lo requieren, examina la institución o negocio jurídico respectivos, con abundantes indicaciones bibliográficas que orienten al lector afanoso de ampliar el estudio que de aquéllos presenta el autor, para hacer después el comentario jurídico-fiscal adecuado; comentario que, en la generalidad de los casos, prevé cuantas posibilidades puedan surgir en la aplicación práctica de la legislación reguladora de este tributo. Y todo ello enriquecido con notas abundantísimas de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Económico Administrativo Central, tan abundantes y copiosas, que acaso no haya sentencia o resolución que no esté citada en alguna de esas notas. Es de resaltar que la cita de tal jurisprudencia va seguida de la referencia a la publicación correspondiente, en la que pueda hacerse el examen completo de la sentencia b resolución respectivas, particular, en muchos" casos, necesario y en tocios convenientísimo para conocer la verdadera doctrina jurisprudencial que ellas establezcan. Y cuando las necesidades o conveniencias de la interpretación lo exigen, para revestir de posible autoridad y de la máxima claridad el auténtico sentido del texto reglamentario, el autor acude a la génesis del precepto sometido a su examen, para deducir de él y de sus precedentes positivos el verdadero alcance del mismo o el propósito del legislador. Ofrece, además, el autor, según se infiere de algunas de sus indicaciones, que al final del libro se insertarán las circulares del Centro directivo que puedan tener aplicación actual.

¿Cómo desenvuelve el Sr. Bas este plan y método de su obra? Quienes no hayan tenido aún ocasión de examinarla, pueden formarse idea del modo y sistema seguidos por él con la lectura de dos trabajos que recientemente tiene publicados. Uno de ellos, en la REVISTA

Crítica de Derecho Inmobiliario -número 241, correspondiente al mes de junio del año actual-, referente a la cancelación de inscríp-Page 657ciones de hipoteca por causa de caducidad y a las informaciones de dominio y actas de notoriedad; otro en el número 374 de la "Revista de Derecho Privado" -mayo de este mismo año-, en el que comenta el artículo 66 del Reglamento del impuesto, relativo al usufructo. Con la única diferencia de que en ambos estudios se omiten las útilísimas notas que documentan el libro objeto de nuestra atención.

La mera enunciación de los temas más interesantes que comprende este libro ocuparía un espacio del que no es posible disponer aquí. Por eso hemos de limitar la indicación de ellos a unos cuantos, sin que la exclusión de otros les reste importancia para su estudio.

El primero que se nos ofrece es el dedicado a la repercusión del impuesto en el Derecho internacional y en el interregional. Con todo...

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