La trata de seres humanos en Costa Rica: del concepto a las acciones de prevención y atención del fenómeno

AutorCynthia Mora Izaguirre, Gisella Segura Espinoza, Laura Solís Bastos, José Andrés Betanco Pérez y José Isaac Rodríguez González
Páginas109-125
LA TRATA DE SERES HUMANOS EN COSTA RICA:
DEL CONCEPTO A LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN Y
ATENCIÓN DEL FENÓMENO
LA TRATA DE SERES HUMANOS EN COSTA RICA: DEL CONCEPTO A LAS ACCIONES DE...
CYNTHIA MORA IZAGUIRRE, GISELLA SEGURA ESPINOZA, LAURA SOLÍS BASTO S, JOSÉ
ANDRÉS BETANCO PÉREZ Y JOSÉ ISAAC RODRÍGUEZ GONZÁLEZ1
CYNTHIA MORA, GISELLA SEGURA, LAURA SOLÍS, JOSÉ A. BETANCO Y JOSÉ I. RODRÍGUEZ
1. INTRODUCCIÓN
El delito de la trata de personas y el tráfico de migrantes es una realidad que
mueve millones de dólares, es el más lucrativo después del tráfico de armas y el
narcotráfico, pero sus transacciones no giran en torno a calibres o gramos, sino
a la objetivización de las personas, las cuales se les asigna un valor económico
según variables como: edad, género, aspecto físico, etnia, entre otras.
Este flagelo a pesar de ser una violación de los derechos humanos, para redes
de tratantes es vista como una transacción comercial en la que el ser humano
es una mercancía valiosa y que como objeto del mercado tiene gran capacidad
lucrativa. En zonas como Centroamérica donde la movilidad de las personas es
muy activa debido a factores como pobreza, violencia y búsqueda de mejores
condiciones de vida, el área se ha transformado en un espacio fértil para estos
delitos. Estos condicionantes y características deberían de poner en alerta a los
Estados para la detección y lucha contra estos flagelos, así como también en
estrategias de prevención, acompañamiento a las víctimas y sus dependientes
para reconstruir sus vidas.
Desde una perspectiva regional, el aumento del número de víctimas
detectadas ha sido más pronunciado en América y Asia. Estos aumentos
pueden ser el resultado de una mayor capacidad nacional para detectar,
registrar y reportar datos sobre las víctimas de la trata, o de un aumento de la
incidencia de la trata, es decir, del aumento del número de víctimas de la trata.
(UNODC, 2018)
1 Integrantes del Instituto de Estudios Sociales en Población (IDESPO) de la Universidad Nacional de
Costa Rica.
CYNTHIA MORA, GISELLA SEGURA, LAURA SOLÍS, JOSÉ A. BETANCO Y JOSÉ I. RODRÍGUEZ
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Costa Rica al tener como característica el ser un país de tránsito, destino y
salida de migrantes, ha propiciado que este delito sea visto como una práctica
asociada a las dinámicas migratorias, a las cuales las autoridades han prestado
atención por medio de políticas, leyes y presupuestos destinados a combatir este
flagelo. A continuación se presenta de manera resumida una descripción de las
acciones que el Estado ha llevado a cabo en este tópico, bajo la coordinación de
la Gestión de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes que funge como
Secretaría Técnica, y que es parte de la Dirección General de Migración y Extran-
jería (DGME) adscrita al Ministerio de Gobernación y Policía.
2. LA TRATA DE SERES HUMANOS EN COSTA RICA DESDE LA
CONCEPTUALIZACIÓN JURÍDICA
En el año 2012, se aprobó la Ley N°9095 contra la Trata de Personas y crea-
ción de la Coalición Nacional Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de
Personas (CONATT), Ley publicada en el Alcance Digital de la Gaceta, el viernes
8 de febrero de 2013. En el marco de esta ley en específico se conceptualizó en
el Art. 5, la trata de personas como un delito tipificado en el país, el cual se com-
prende de la siguiente forma:
Por trata de personas se entenderá el promover, facilitar o favorecer la
entrada o salida del país o el desplazamiento, dentro del territorio nacional,
de personas de cualquier sexo para realizar uno o varios actos de prostitución
o someterlas a explotación o servidumbre, ya sea sexual o laboral, esclavitud
o prácticas análogas a la esclavitud, trabajos o servicios forzados, matrimonio
servil, mendicidad forzada, extracción ilícita de órganos o adopción irregular.
(Ley N°9095, 2013).
Bajo este concepto, se logra delimitar los actos que son contemplados en el
marco jurídico costarricense, como formas específicas de trata de personas; la
aprobación de la Ley N°9095 ha demarcado la posibilidad de identificar de forma
más clara cuando hechos concretos se consideran como un tipo de trata de per-
sonas; en tanto son conocidas las dificultades para determinar estos casos como
tal, y acreditar a las personas víctimas; para la consecuente toma de decisiones, y
desarrollar acciones de atención del fenómeno. Por lo anterior, en dicha ley, en el
Art. 6 se amplía esta conceptualización a un listado de actividades conexas que han
sido definidas a partir de su derivación de las generalidades del delito como tal.

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